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¿Qué impacto tiene en tu pensión la jubilación anticipada cuando accedes por causas ajenas a tu voluntad?

La opción por la jubilación anticipada en supuestos de expulsión del mercado laboral, tiene importante efectos en la cuantía de la pensión.

Tiempo de lectura: 3 minutos

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¿Qué impacto tiene en tu pensión la jubilación anticipada cuando accedes por causas ajenas a tu voluntad?

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El acceso a la jubilación anticipada, en muchas ocasiones, no es una opción elegida por el trabajador, sino que decide acceder a la pensión empujado por las circunstancias del mercado laboral.

Causas que permiten el acceso a la jubilación anticipada

Se establecen normas de acceso especiales a la jubilación anticipada para aquellos trabajadores que  cesan en su puesto de trabajo debido a una situación de reestructuración empresarial que impide la continuación de su relación laboral.

En concreto, cuando la relación laboral finaliza debido a motivaciones relacionadas con la condiciones de la empresa como la existencia de causas económicas, técnicas, organizativas o de producción que dan lugar a un despido colectivo o a un despido objetivo; la resolución judicial, que pone fin a un procedimiento concursal; muerte, jubilación o incapacidad del empresario individual o extinción de la personalidad jurídica de la empresa; o existencia de fuerza mayor.

Posibilidades de protección del sujeto que finaliza la relación laboral

El trabajador que extingue su relación laboral en algunas de estas circunstancias, se encuentra en situación legal de desempleo, con lo que si cumplen los requisitos para acceder a la prestación (haber cotizado 360 días en los últimos 6 años) disfrutarán de este beneficio como máximo 720 días.

Pasado este período, cuando los trabajadores tienen cierta edad, dado que es complicado que puedan volver a insertarse en el mercado laboral, la única opción suele ser el acceso al subsidio de desempleo para mayores de 52 años.

El importe de este subsidio no es suficiente para mantener un nivel básico de vida, y como en general es más beneficioso el importe de la pensión de jubilación a la que se pueda acceder, los sujetos prefieren esta última protección.

Reglas de cálculo que buscan compensar la entrada en la jubilación de forma anticipada

Se aplican ciertas reglas que tratan de colaborar en el mantenimiento del nivel de tasa de sustitución de la pensión de jubilación respecto a los salarios previamente percibidos.

De esta forma, a la hora de establecer la base reguladora de la prestación puede optarse por dos fórmulas de cálculo.

La primera es la general, que a partir de 2022 se haya de acuerdo con la media de las bases de cotización de los últimos 25  años. La segunda permite tener en cuenta un período de cotización más amplio cuando el trabajador vio reducidas sus bases de cotización en los últimos años debido a situaciones de desempleo posteriores a la finalización del disfrute de la prestación contributiva de desempleo. En concreto, durante 2019, 2020 y 2021 los últimos 25 años.

El efecto pernicioso: la aplicación de coeficientes reductores en la cuantía

Sin embargo, el acceso a la jubilación anticipada en estas condiciones tiene un fuerte impacto en la cuantía del pensionista.

No hay que olvidar que estos efectos no duran solo durante el tiempo de anticipación, sino que se extienden al todo el tiempo de cobro de la pensión.

Una vez aplicada las normas generales y establecida la cuantía a la que tiene derecho el pensionista, que depende directamente de la media de sus salarios y de los años cotizados, este importe será objeto de reducción.

La reducción se aplicará por cada mes que, en el momento de la jubilación, le falte al trabajador para cumplir la edad legal de jubilación de acuerdo con los siguientes coeficientes que se muestran en este articulo vinculado, en función del número de años de cotización acreditados.


Una vez aplicada esta regla, se puede volver a reducir el importe de la cuantía de la pensión, siempre que la cuantía  sea superior al 0,50 por 100 por cada trimestre o fracción de trimestre de anticipación en relación con la pensión máxima establecida en cada momento. 

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Comentarios

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Eduardo Martinez 17 de julio de 2020 | 17:45
Me he quedado con ganas de algunos ejemplos, algún calculo real. Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 20 de julio de 2020 | 08:52

Estimado Eduardo:

Pasamos nota de su petición.

Un cordial saludo 

29 de marzo de 2022

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