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Acerca de la influencia de las interrupciones en el empleo sobre las prestaciones por jubilación

Jorge Bravo y José Antonio Herce analizan el impacto de los periodos de desempleo en la futura prestación por jubilación en el caso de trabajadores españoles y portugueses

Tiempo de lectura: 3 minutos

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Acerca de la influencia de las interrupciones en el empleo sobre las prestaciones por jubilación

© Joshua Newton - www.unsplash.com

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  Informe: "Acerca de la influencia de las interrupciones en el empleo sobre las prestaciones por jubilación"

A lo largo de sus vidas laborales, los trabajadores pueden atravesar periodos de desempleo de diversas duraciones. Esto tiene repercusiones muy importantes en lo que respecta a sus ingresos durante dichos periodos de desempleo. Se trata de algo que es bien conocido. Menos conocidas son las consecuencias de los periodos de desempleo en relación con la adquisición de derechos de pensión y, en consecuencia, en lo que respecta a las pensiones iniciales futuras. No obstante, las pruebas circunstanciales demuestran de manera abrumadora que los periodos de desempleo pueden mermar o limitar en gran medida los derechos de pensión futuros de los trabajadores dependiendo del plan de pensiones y/o del país en el que los trabajadores generen sus pensiones de jubilación.

En este artículo se presentan simulaciones que muestran el impacto de los periodos de desempleo sobre las pensiones futuras iniciales en Portugal y España. Dadas las diferencias y las similitudes que existen en los regímenes de la Seguridad Social de ambos países y las clases de trabajadores e interrupciones que se consideran, podemos demostrar que algunos trabajadores pueden experimentar dificultades de forma desproporcionada por causa de las interrupciones en el empleo mientras que otros difícilmente tendrán impactos en sus respectivas pensiones. 

El impacto dependerá del tipo de interrupción laboral

La mayor parte de los países tienen sistemas de protección contra el desempleo que reemplazan en cierta medida la pérdida de ingresos laborales por interrupciones de duración promedio. Sin embargo, esto no tiene necesariamente que paliar la posible penalización sobre los derechos respecto a futuras prestaciones por jubilación. 

En el caso de trabajadores al comienzo de su vida laboral, el impacto no es muy significativo si éstos son capaces de encontrar un nuevo trabajo manteniendo su salario relativo. Más notable es el impacto en el caso de trabajadores que sufren una única interrupción en el empleo pero su reincorporación se produce con salarios menores a los anteriores al cese. El impacto será más acusado cuanto mayor sea la duración de los periodos de desempleo. 

Para los perceptores de salarios mínimos base las interrupciones laborales tienen un escaso efecto marginal sobre los derechos a percibir pensión bruta independientemente de la magnitud de los efectos perjudiciales.Esto se debe tanto a la legislación del salario mínimo, como a los mecanismos de subsidio a las pensiones y la forma en que se computan las prestaciones de seguro de desempleo.

Las interrupciones por desempleo únicas de distinta duración que se producen en las edades previas a la jubilación tienen un impacto mayor sobre las prestaciones por jubilación cuando se comparan con las que se producen tempranamente o en la mitad de la carrera contributiva.

Te recomendamos leer en profundidad el informe "Acerca de la influencia de las interrupciones en el empleo sobre las prestaciones por jubilación" PDF (0,3 Mb)   

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Juan Jose 16 de septiembre de 2017 | 16:54
DUDA SOBRE LOS 25 AÑOS DE COTIZACION Hola, sobre el periodo de 25 años que se usara para calcular la pension, mi pregunta es la siguiente: El periodo de calculo es de los últimos 25 años naturales todos seguidos ( por ejemplo alguien que se jubile en el año 2030, el periodo seria del año 2005 a 2030)? o el periodo a calcular son de los últimos 25 años cotizados independientemente de en que tiempo se cotizo,? Me explico mejor: si en los últimos 25 años de cotización (por ejemplo de 2005 a 2030) hay por ejemplo un periodo de 2 años seguidos sin cotizar nada, de 2015 al 2017 se usan para calcular la futura pension? Es decir 23 cotizados + 2 sin cotizar o por el contrario no entran esos 2 años en el calculo y se cogerían en este ejemplo las cotizaciones del año 2003 y 2004? con lo que se podrían formar dos periodos de años cotizados que juntos sumarian 25 (ejemplo 2003 a 2015 + 2017 a 2030 = 25 años) muchas gracias.
Instituto BBVA de PENSIONES 17 de septiembre de 2017 | 21:01

Estimado Juan Jose,

bienvenido al foro.

La base reguladora se calculará a partir de los últimos años naturales. En 2017 se toman los últimos 20 (de 1997 a 2017). Desde 2027 serán los últimos 25.

Reciba un cordial saludo.