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Ahorro para la jubilación: Cómo aprovechar los límites fiscales

Existen límites a las aportaciones en determinados productos de ahorro para la jubilación. Pero también existen interesantes alternativas para que no sean un inconveniente

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Ahorro para la jubilación: Cómo aprovechar los límites fiscales

© Ambrozinio - www.shutterstock.com/es

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En el ahorro para la jubilación existen una serie de particularidades, más allá de la especial importancia del mismo o del amplio horizonte temporal en el que se lleva a cabo (en el entorno de las cuatro décadas si se empieza cuando es recomendable, es decir, al inicio de la vida laboral).

Una de estas peculiaridades consiste en que algunos de los productos en los que los ahorradores suelen apoyarse para conformar el ahorro para su jubilación tienen límites en las aportaciones que anualmente se pueden realizar, generalmente en base a las ventajas fiscales que ofrecen.

Por tanto, es importante tener en cuenta cómo podemos distribuir nuestras aportaciones en función de estos límites y qué productos pueden ser buenos sustitutivos de otros en el caso de agotar los límites de aportaciones. Vamos a analizar estas situaciones.

Planes de pensiones (PP) y planes de previsión asegurados (PPA)

Son productos muy similares, con la principal diferencia de que mientras los planes de pensiones se instrumentalizan en fondos de pensiones, los planes de previsión asegurados lo hacen en una póliza de seguro.

En ambos casos los límites de aportación anuales son los mismos, y de hecho el límite aplican de manera conjunta para ambos productos.

Territorio Común

Un ahorrador podrá aportar anualmente hasta 8.000 euros y deducirse la menor de las siguientes cantidades:

  • 8.000 euros.
  • El 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas.

Además, será posible realizar aportaciones a favor del cónyuge cuyos rendimientos netos del trabajo y actividades económicas no excedan anualmente los 8.000 euros. El límite para estas aportaciones a favor del cónyuge es de 2.500 euros anuales.

País Vasco

El límite de deducción para aportaciones individuales es de 5.000 euros anuales, para las aportaciones del promotor es 8.000 euros anuales, y el límite conjunto son 12.000 euros anuales, independientemente de la edad del partícipe en los tres casos.  La aportación a favor del cónyuge queda limitada a 2.400 euros anuales.

Navarra

Los límites de deducción son: hasta 50 años, el menor de 3.500 euros o el 30% de la suma de rendimientos del trabajo y actividades económicas. Desde 50 años, el menor de 6.000 euros o el 50% de la suma de rendimientos del trabajo y actividades económicas. Se puede aportar a favor del cónyuge hasta 2.000 euros anuales.

Es importante tener muy presente estos límites, ya que en caso de que sean excedidos, podría haber sanciones económicas. En estos casos, la ley establece como límite junio del año siguiente al que se produce el exceso para retirar las aportaciones que superan el límite. Si se sobrepasa este límite, se aplicaría una multa equivalente al 50% del importe que haya excedido el límite.

Plan individual de ahorro sistemático (PIAS)

El PIAS es una interesante alternativa de ahorro para la jubilación. A diferencia del plan de pensiones o el plan de previsión asegurado, sus aportaciones no están fiscalmente incentivadas. Sin embargo, están fiscalmente muy favorecidos en el momento del rescate siempre que hayan pasado al menos 5 años desde la primera aportación, que pueden alcanzar una reducción del 92% en el importe sometido a tributación.

Puede por tanto ser una buena alternativa para aquellos que alcancen el límite de aportación (y desgravación) de planes de pensiones o planes de previsión asegurados y quieran contribuir adicionalmente al ahorro para su jubilación.

Los PIAS también tienen límites a la aportación, en este caso no solo anuales sino también a la aportación global que se puede realizar al producto. No se podrán exceder los 8.000 euros anuales de aportación ni los 240.000 euros de manera global en el producto.

Fondos de inversión

Los fondos de inversión no son productos específicamente diseñados para el ahorro previsional. Sin embargo, son un muy buen complemento a los mismos y un buen destino del ahorro excedente derivado de la aplicación de los límites en otros productos.

En los fondos de inversión encontramos productos con una filosofía muy similar a los planes de pensiones en cuanto a la forma de ahorrar, al ser productos de ahorro colectivo con una amplia gama de opciones para todo tipo de ahorradores. Gozan además de otras ventajas, como:

  • Las aportaciones no están topadas como en el caso de los productos anteriormente descritos y podrán realizarse con total flexibilidad, de forma puntual o periódica.
  • Son productos con amplia liquidez. En caso de necesidad, el dinero está disponible en un plazo muy breve.
  • Los traspasos entre fondos no tienen implicaciones fiscales. Solo se tributa por el importe efectivamente reembolsado.

Recuerda tener presente los límites de aportación y no olvides que existe una amplia gama de alternativas si tus aportaciones exceden estos topes. En caso de duda, consulta siempre con tu asesor u oficina de referencia.  

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