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Aporté al plan de pensiones de mi cónyuge: ¿debo incluirlo en la declaración de la renta?

Hasta 31/12/2020 ha sido posible aportar hasta un máximo de 2.500 euros anuales al plan de pensiones del cónyuge si éste carece de rentas o no exceden los 8.000 euros anuales. A partir de enero de 2021 el límite ha sido reducido a 1.000 euros anuales.

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Aporté al plan de pensiones de mi cónyuge: ¿debo incluirlo en la declaración de la renta?

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En la tarea anual de realizar la declaración de IRPF deberemos repasar todas las rentas y rendimientos obtenidos a lo largo del ejercicio sobre el que rendimos cuentas. Por ello tendremos que tributar, algo que ya habremos hecho parcialmente con anterioridad a través de las retenciones ya realizadas. Otro ejercicio importante que no debemos pasar por alto es incluir conceptos que aligeren la factura final o incluso incrementen el importe a devolver por parte de Hacienda a nuestro favor.

Una de las acciones que contribuirán a aligerar la obligación fiscal son las aportaciones a planes de pensiones y otros productos equivalentes, como los planes de previsión asegurados. Estas aportaciones, hasta un máximo de 8.000 euros anuales hasta el ejercicio fiscal 2020 y hasta un máximo de 2.000 euros a partir del ejercicio fiscal 2021, reducirán la base imponible de nuestra declaración y generarán un ahorro que en última instancia dependerá del tipo marginal en el que nos situemos.

Muchos españoles optan por los planes de pensiones como vía para canalizar el ahorro para su jubilación, hasta el punto de ser el vehículo más popular a gran distancia de otros, como arrojan los resultados de la VII encuesta BBVA sobre las pensiones y los hábitos de ahorro en España .

Una de los principales incentivos de estos vehículos es la posibilidad de desgravar las aportaciones como anteriormente se describe. Sin embargo, esto los convierte en productos idóneos para aquellos que perciben rentas del trabajo o de actividades económicas, ya que de otro modo no será posible beneficiarse de estas desgravaciones por las aportaciones que se realicen y que en todo caso sí tributarán en el momento de percibirlas, precisamente en concepto de rentas del trabajo.

Aportar a favor del cónyuge

¿Esto hace de los planes de pensiones productos sin interés para, por ejemplo, aquellos que no trabajan? No, puesto que existe el régimen de aportaciones a favor del cónyuge, por el cual el partícipe del plan de pensiones puede ir generando un ahorro para su jubilación, aunque carezca de rentas y por tanto sin posibilidad de desgravarse, ya que será su cónyuge quien pueda imputarse esas aportaciones en su declaración de la renta y contribuir adicionalmente a reducir su factura fiscal.

Esto será posible siempre que el cónyuge a favor de quien se realizan las aportaciones no tenga rentas del trabajo y/o actividades económicas o éstas no excedan la cuantía de 8.000 euros anuales. El límite de aportación será el siguiente:

  • 2.500 euros anuales en territorio común para el ejercico fiscal 2020 ( es decir, a presentar en campaña de Renta a partir de abril 2021). 1.000 euros anuales a partir del ejercicio fiscal 2021 ( a partir de enero de 2021).
  • 2.000 euros anuales en Navarra.
  • 2.400 euros anuales en el País Vasco.

Estos límites son adicionales a los límites que aplican al cónyuge que realiza las aportaciones por ser perceptor de rentas del trabajo o de actividades económicas. Por tanto, un partícipe de planes de pensiones en territorio común podría aportar y desgravar, a partir de 2021, hasta 3.000 euros anuales.

Recuerda a la hora de realizar la declaración de la renta incluir las aportaciones al plan de pensiones de tu cónyuge si es que las realizaste. En caso contrario, ten presente esta posibilidad para poder lograr un ahorro fiscal adicional en la renta a presentar el próximo año.  

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Comentarios

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Angel 23 de mayo de 2020 | 20:49
Buenas tardes, tengo intención de hacerme un plan de pensiones. Hasta que cantidad tope puedo realizar aportaciones para desgravarme en la declaracion de la Renta, para no pasarme y perder desgravacion. El salario esta en 18000 euros anuales.Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 26 de mayo de 2020 | 13:45

Estimado Angel:

 La menor de las dos cantidades siguientes:

8.000 euros o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y o actividades económicas.


https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/Manuales__Folletos_y_Videos/Manuales_de_ayuda_a_la_presentacion/Ejercicio_2018/_Ayuda_Modelo_100/8__Cumplimentacion_IRPF__II_/8_4__Base_liquidable_general_y_base_liquidable_del_ahorro/8_4_2__Reducciones_por_aportaciones_prevision_social/8_4_2_6__Aportaciones_anuales_maximas_y_limite_de_reduccion/8_4_2_6__Aportaciones_anuales_maximas_y_limite_de_reduccion.html


Tambié puede aportar hasta 2500 euros adicionales en el plan de pensiones de su cónyuge,  si éste tiene ingresos inferiores a 8.000 euros por año.

Un cordial saludo 

ABELEDOS 20 de mayo de 2020 | 20:45
Mi mujer va a tener ingresos por Pensión inferior a 8.000 Euros anuales. Es necesario justificar que las aportaciones las hago yo para el plan de ella y como se puede hacer esta justificación? Es conveniente que la aportación no se haga cargando en la misma cuenta en donde recibe la pensión? Muchas gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 26 de mayo de 2020 | 13:39

Estimado Abeledos:


La prueba de ingresos inferiores a 8.000 euros para su cónyuge es simple. En la medida en que el borrador de ingresos del IRPF correspondiente a su mujer no marque rendimientos del trabajo y /o actividades económicas que superen esa cifra, ya tiene Ud. la prueba. La cuenta desde la que se hace la aportación al plan no tiene ninguna implicación. 

Un cordial saludo 

Antonio Martínez Cruz 05 de mayo de 2020 | 12:13
Buenos dias mi mujer no trabaja y hicimos un plan de pensiones para ella con una aportación de 1000 euros anuales pero no me deja desgravar me me lo va dejando para futuras declaraciones desde 2015 y no entiendo porque la hacemos conjunta Puedo aplicar la reducción igualmente por ser declaración conjunta y tener ella 0€ de rentas o no? Muchas gracias y saludos.
Instituto BBVA de PENSIONES 14 de mayo de 2020 | 19:00

Estimado Antonio,

Tiene Ud que practicar esta "reducción por aportación a planes en favor del cónyuge sin ingresos" en su propia declaración (y quitarla de la de su mujer). Posteriormente, seleccionaría declaración conjunta y se aplicaría en esta modalidad también.

 Un saludo

Daniel 07 de abril de 2020 | 15:44
Hola, mi cónyuge no tiene rentas de ningún tipo desde hace 9 años, desde hace 3 tiene un plan de pensiones al que hacemos una aportación mensual de 120€ y al hacer la declaración (conjunta) me he dado cuenta que le están "aplicando" la reducción a ella que tiene 0€ de ingresos. He cambiado el importe de 2019 a mi casilla 469 y he añadido del importe no reducido de años anteriores la cantidad que faltaba hasta llegar a 2500€. Mi duda es ¿debo dejar el resto de importe no reducido en las casillas de mi pareja (casilla 1295 y 1298)? Mi otra duda es que en la casilla 1284 pone "contribuyente con derecho a reducción: cónyuge", es decir, mi esposa.¿Puedo aplicar la reducción igualmente por ser declaración conjunta y tener ella 0€ de rentas no? Muchas gracias y saludos.
Instituto BBVA de PENSIONES 24 de abril de 2020 | 05:22

Estimado Daniel.

 ¿La aportación la hace directamente ella a su plan o es Ud. el que la ordena en su favor? Si la hace directamente ella, debería salirle a ella en su borrador/declaración, y si la hace Ud. en beneficio del plan de su cónyuge , tiene que aparecerle a Ud.. Si la aportación la hace ella y tiene ingresos cero, no hay posibilidad de reducción, ni en individual, ni en conjunta. Si la hace Ud. en favor de ella, se reduciría Ud.. en  la suya. Posteriormente, si dcide hacer declaración conjunta aparecería todo adicionado y se aplicaría reducción a la base imponible conjunta. Es importante saber quién hace la aportación, ya que es lo que tiene en cuenta Hacienda en borrador fiscal y declaración de la Renta.

Un cordial saludo. 

Rafael Angel Carcamo Ruiz 07 de abril de 2020 | 15:01
En referencia a la respuesta amable de vds, del 7 de Abril 2020. Decirles que he cumplimentado la casilla 0469 en mi declaración individual ya que en la conjunta no dejaba modificar nada y me ha reducido la declaración de las dos formas, pero lo que tengo duda es que nuevamente en la casilla 1299 sigue saliendo los 2500 euros y es una casilla que no puede modificarse ya que viene de lo puesto en la 0469 ¿ es asi como tiene que quedar definitivamente? o habria que hacer otra modificación en otra casilla.
Instituto BBVA de PENSIONES 24 de abril de 2020 | 05:21

Estimado Rafael.

Lo importante es que Ud. haya consignado la aportación en la casilla 0469 y es normal que esa cifra salga en la 1299.

Un cordial saludo. 

Rafael Angel 03 de abril de 2020 | 14:00
Buenos dias, En diciembre 2019 realice una aportacion de 2500 euros a un plan de pensiones que tiene mi conyuge que no tiene rentas de ningun tipo desde el año 2003. Ahora al realizar el borrador me parece ver que no se me ha desgravado ningun porcentaje de la aportación y concretamente en el apartado 0465 de la declaración viene la aportación pero en la casilla 0468 como total con derecho a reduccion viene 0, y como informacion adicional al final exceso no reducido aportaciones... y en la casilla 1284 contribuyente con derecho viene Conyuge y en la casilla 1299 Ejercicio 2019 pendiente de aplicacion ejercicios futuros 2500 euros Tras este planteamiento que les hago ¿que significa que no me he desgravado nada en este año? ¿porque? y en este caso si fuese asi puedo reclamar antes de junio de este año 2020 dicha cantidad aportada. Realmente no consigo entender la no desgravación ¿pudiera ser a lo mejor digo el haber rescatado yo mio un plan de pensiones en el mes de noviembre de 2019 con antiguedad desde 1999. gracias y un saludo
Instituto BBVA de PENSIONES 07 de abril de 2020 | 00:28

Estimado Rafael.

Tiene Ud. que cumplimentar la casilla 0469, sino en la 1299 le sale como importe pendiente de aplicación en ejercicios futuros esos 2.500 euros.

Un cordial saludo. 

Manuel Blazquez 13 de diciembre de 2019 | 18:31
Buenos días. El año pasado hice una aportación a mi plan de pensiones de 8.000€, y a la vez una aportación de 2.500€ al plan de mi cónyuge, quién no obtiene rendimientos netos del trabajo ni de actividades económicas. Este año, en el momento de hacer la declaración del IRPF, creo que por error mio a la hora de seleccionar la casilla correcta para reflejar esos 2.500€, solo tienen en cuenta los 8.000€ como límite máximo. Mi pregunta es, si podré incluir esos 2500 en el la próxima declaración del IRPF? Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 10 de enero de 2020 | 09:01

Estimado Manuel.

 Si Ud. a la hora de hacer la aportación al plan consignó que esos 2500 euros eran para su cónyuge, en la declaración de este año podrá deducirse de ambos importes. Caso de que no, es posible que la Gestora lo considere un exceso por encima del límite de los 8.000 euros y le devuelvan los 2.500 euros restantes. Consulte con su entidad gestora si consta que esos 2.500 euros tienen anotada esta aportación para cónyuge sin ingresos

Un cordial saludo. 

Juan 07 de noviembre de 2019 | 11:54
Buenos días. Quisisera hacer una aportación a mi esposa a un plan de pensiones. Ella no tiene contratado ninguno ya que no trabaja. Si no tiene ningún plan suscrito supongo que la primera aportación no está sujeta a la condición previa de tener un plan de pensiones abierto. Me imagino que es una pregunta de perogrullo pero me surjen algunas dudas al leer las distintas publicaciones al respecto. Muchas gracias de antemano. Un saludo.
Instituto BBVA de PENSIONES 12 de noviembre de 2019 | 15:26

 Estimado Juan, antes de nada, no se corte a la hora de plantearnos cuantas dudas necesite aclarar.

Dicho lo anterior, es requisito indispensable que su esposa tenga un plan de pensiones donde recibir las aportaciones por su parte si cumple con los requisitos de obtener rendimientos netos del trabajo ni de actividades económicas en una cuantía inferior a 8.000 euros.

Un cordial saludo. 

Juan 03 de abril de 2019 | 13:08
Buenos días. Felicidades por el artículo, creo que es de gran ayuda. Mi cónyuge no ha tenido ingresos durante los últimos años, por lo que no ha presentado declaración al no llegar a los mínimos establecidos. A partir del ejercicio 2017 comenzamos a realizar declaración conjunta al contraer matrimonio. Hemos realizado aportaciones a su plan de pensiones incluso antes de estar casados, pero las reducciones lógicamente no se han aplicado. En el ejercicio 2017, incluso al hacer la declaración conjunta no hubo reducción (tendría que haber indicado que la aportación la hice yo a favor de mi cónyuge, cosa que no sabía que se podía hacer hasta leer este artículo). En sus datos fiscales indican excesos pendientes de reducción de años anteriores, pero sólo del último ejercicio, que fue en el que presentó declaración. Nuestra duda es si las reducciones no realizadas desde el año 2013 al 2017 se pueden aplicar en este ejercicio, ya que en los datos fiscales no aparecen. Por otro lado, por otras cuestiones, debo realizar una declaración complementaria, ¿podría aprovechar para cambiar las aportaciones al plan de pensiones, como si las hubiera realizado yo? Muchas gracias.
Instituto BBVA de PENSIONES 16 de abril de 2019 | 19:03

Buenas tardes Juan,

El hecho de que estas aportaciones no aparezcan en los datos fiscales de Hacienda, no impide que Ud las consigne en las declaraciones de IRPF (siempre que Ud pueda probarlo con certificado de aportaciones al plan de pensiones de su entidad gestora). La declaración complementaria que comenta es un buen momento para incluirlas como aportaciones a favor del cónyuge con bajos ingresos.

Muchas gracias por su interés en BBVA Mi jubilación 

mercedes 02 de abril de 2019 | 11:24
Hola, ya hace años que no trabajo,no tengo ingresos de ningún tipo. Tanto mi marido como yo tenemos un plan de pensiones. (721,20 € al año cada uno), representa que las aportaciones mensuales que hacemos al plan de pensiones de cada uno vienen de su salario. Se puede desgravar él , los 721€ mios,
Instituto BBVA de PENSIONES 10 de abril de 2019 | 20:31

Estimada Mercedes,

Su marido puede desgravarse las aportaciones que le hace a su plan de pensiones, puede obtener más información en nuestro post sobre ese tema. 

Un cordial saludo