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Así quedan las pensiones mínimas durante 2019

Se aplica una revalorización a las pensiones del 1,6%, mientras que las pensiones mínimas se incrementan un 3%.

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Así quedan las pensiones mínimas durante 2019

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Actualización 2020

Como estaba previsto, en 2019 se aplicará una revalorización del 1,6% en las pensiones, mismo incremento que experimentaron en 2018 tras suspenderse la aplicación del Índice de Revalorización de las Pensiones, que hubiera supuesto un alza de solo el 0,25%. La intención del Gobierno es terminar definitivamente con el uso de esa fórmula y mantener el IPC como referencia, como ocurría con anterioridad a la entrada en vigor de la reforma de 2013.

El 1,6% aplicable en 2019 es el IPC promedio de los meses comprendidos entre diciembre de 2017 y noviembre de 2018, en lugar del IPC del mes de noviembre, como se barajó. Ésta podría ser la fórmula aplicable para años sucesivos.

En cuanto a las pensiones mínimas, éstas se ven incrementadas en 2019 un 3%, misma cuantía que en el año 2018. Así quedan las cuantías mínimas en función del tipo de pensión.

Pensiones mínimas en 2019 (cuantías mensuales)

Jubilación

Titular con 65 años o más: En modalidad con cónyuge a cargo, 835,80 euros. Sin cónyuge, 677,40 euros. Con cónyuge no a cargo 642,90 euros.

Titular menor de 65 años: En modalidad con cónyuge a cargo, 783,60 euros. Sin cónyuge, 633,70 euros. Con cónyuge no a cargo 599 euros.

Titular con 65 años procedente de gran invalidez: En modalidad con cónyuge a cargo, 1.253,61 euros. Sin cónyuge, 1.015,99 euros. Con cónyuge no a cargo 964,29 euros.

Incapacidad permanente

Gran invalidez: En modalidad con cónyuge a cargo, 1.253,70 euros. Sin cónyuge, 1.016,10 euros. Con cónyuge no a cargo 964,40 euros.

Absoluta: En modalidad con cónyuge a cargo, 835,80 euros. Sin cónyuge, 677,40. Con cónyuge no a cargo 642,90 euros.

Total, titular con 65 años: En modalidad con cónyuge a cargo, 835,80 euros. Sin cónyuge, 677,40. Con cónyuge no a cargo 642,90 euros.

Total, titular con edad entre 60 y 64 años: En modalidad con cónyuge a cargo, 783,60 euros. Sin cónyuge, 633,70. Con cónyuge no a cargo 599 euros.

Total, derivada de enfermedad común, menos de 60 años: En modalidad con cónyuge a cargo, 499,40 euros. Sin cónyuge, 499,40. Con cónyuge no a cargo 495 euros.

Parcial, régimen de accidentes de trabajo, titular con 65 años: En modalidad con cónyuge a cargo, 835,80 euros. Sin cónyuge, 677,40. Con cónyuge no a cargo 642,90 euros.

Viudedad

Titular con cargas familiares: 783,60 euros.

Titular con 65 años o con discapacidad en grado igual o superior al 65%: 677,40 euros.

Titular con edad entre 60 y 64 años: 633,70 euros.

Titular con menos de 60 años: 513,10 euros.

Orfandad

Por beneficiario: 207 euros.

Por beneficiario menor de 18 años y discapacidad en grado igual o superior al 65%: 407,30 euros.

Pensión en favor de familiares

Por beneficiario: 207 euros.

Si no existe viudo ni huérfano pensionistas:

Un solo beneficiario con 65 años: 500,20 euros.

Un solo beneficiario menos de 65 años: 471,5 euros.

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Comentarios

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conrado 13 de marzo de 2019 | 18:41
hola muy buenas me a venido la carta hoy y me lan denegado no lo entiendo si tengo el 68% tengo enfermedad comun pierdo vista en el ojo izquierdo y me duelen las manos de me cain las cosas digame que puedo hacer muchas gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 14 de marzo de 2019 | 10:30

Estimado Conrado,

entendemos que le haqn denegado una incapacidad permanente. En ese caso, puede recurrir a los tribunales. Deberá recopilar todos los informes médicos que puedan avalar su postura en cuanto a la incapacidad laboral.

Reciba un cordial saludo.

Anita 13 de marzo de 2019 | 12:32
Hola, tengo inapacidad permanente total con 68 de minusvalía, cobro 500€ x años cotizados,.me suben algo? Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 13 de marzo de 2019 | 12:48

Estimada Anita,

consulte en el INSS si se está aplicando la regla de que la pensión de IPT no puede ser inferior al 55% de la base mínima. En ese caso, posiblemente pudiera solicitar el incremento hasta la cuantía mínima.

Reciba un cordial saludo.

Maria 08 de marzo de 2019 | 08:03
Hola, LLevo muchos años tener pension por tener incapacidad no contributiva, pero me cobra 392 euros, he leido que el precio es 642 euros, que debo hacer? muchas gracias Un saludo
Instituto BBVA de PENSIONES 08 de marzo de 2019 | 09:41

Estimada María,

el importe máximo de la PNC de invalidez es el que percibe. El otro importe es la cuantía mínima de la pensión contributiva de incapacidad.

Reciba un cordial saludo.

María 27 de febrero de 2019 | 23:24
Buenas tardes de nuevo. Soy María, la señora del último comentario, que les escribía la semana pasada. En la resolución de la pensión el importe mensual que me corresponde según el INSS es el que comentaba en el anterior mensaje, 622,40€, a pesar de, efectivamente, carecer de rentas y residir en España. En la resolución se me indica que el complemento a mínimos ha sido limitado para no superar la cuantía establecida para las pensiones de jubilación en su modalidad no contributiva. ¿Por qué es esto así si el resultado final es una cuantía inferior a la mínima que mencionábamos de 642,90€? Gracias una vez más y un saludo.
Instituto BBVA de PENSIONES 28 de febrero de 2019 | 08:30

Estimada María,

es correcto lo que le han explicado. Para pensiones causadas a partir de 1 de enero de 2013, el importe de dichos complementos en ningún caso podrá superar la cuantía establecida en cada ejercicio para las pensiones de jubilación e invalidez en su modalidad no contributiva.

Reciba un cordial saludo.

María 21 de febrero de 2019 | 20:22
Buenas tardes. Acabo de jubilarme este mes con 66 años, cotizados 16 años, incluidos los dos últimos, pero he recibido en el primer pago una cuantía inferior a los 642,90€ que me habían comentado en la Seguridad Social al tramitar la jubilación (622,40€). ¿A qué se debe esto? Muchas gracias de antemano y un cordial saludo.
Instituto BBVA de PENSIONES 22 de febrero de 2019 | 08:50

Estimada María,

desconocemos la causa. Deberá aclararlo en el INSS. Consulte no obstante la resolución de su pensión, donde tendrá que figurar el importe mensual que le corresponde. Si la cuantía es inferior a la mínima, acredita carencia de rentas y reside en España, debería cobrar dicha pensión mínima.

Reciba un cordial saludo.

Ruth 20 de febrero de 2019 | 17:35
Buenas tardes una pregunta por favor, soy viuda hace 1 año y medio lo que me pagaban es 310 euros mensuales de pension, ahora me a llegado con aumento 314 euros, esa es la subida? Siendo mi pension tan chica? La subida solo 4 euros?, gracias buenas tardes.
Instituto BBVA de PENSIONES 20 de febrero de 2019 | 17:41

Estimada Ruth,

le han aplicado una revalorización del 1,6%, que es el incremento aprobado para 2019. En todo caso, si tiene dudas consulte en el INSS.

Reciba un cordial saludo.

Manuel 18 de febrero de 2019 | 22:50
Hola una pregunta soy viudo y con 2 menores a mi cargo tambien trabajo y cobro de viuded 540 euros y e leido que la minima son 783 creo? No lo entiendo podria explicar gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 19 de febrero de 2019 | 09:05

Estimado Manuel,

ese importe no es correcto. El mínimo, en caso de menores de 60 años, es de 513,10 euros.En caso de beneficiarios entre 60 y 64 años, de 633,70 euros.

Reciba un cordial saludo.

Angela 16 de febrero de 2019 | 08:44
Hola tengo un hijo con autizmo de 12 años y un discapacidad de 65% que pension va tener?gracias?
Instituto BBVA de PENSIONES 17 de febrero de 2019 | 11:23

Estimada Ángela,

en la situación que describe, no corresponde pensión. ¿Se refiere quizá a una situación de orfandad? Le recorcamos que nos referimos exclusivamente a la legislación española.

Reciba un cordial saludo.

Eduardo Pérez Mena 14 de febrero de 2019 | 10:37
Hola,tengo 66 años y 3 meses y digo en activo.Tengo 24 años y medio cotizados puesto que aparte he trabajado en profesiones liberales (Sindicato del Espectáculo ) pero sin cotizar.Los últimos 16 años los llevo trabajados en la actual empresa.Mi base de cotización actúa es de 1.550 euros.Tengo cónyuge a cargo.Mi fecha de jubilación tendría que haber sido el 25-5-2.018 a los 65 años y 6 meses.Cual sería la cuantía de mi pensión actualmente?Me bonifica el llevar trabajando casi un año más de la fecha en que debería haberlo hecho?.Hice el Servicio Militar en la Legión cobrando un sueldo.Se puede aportar ese período como cotización. Cuáles son los requisitos para cobrar la pensión mínima contributiva con cónyuge a cargo que creo que está por los 840 euros.Perdón por extenderme.Muchas gracias y un saludo.
Instituto BBVA de PENSIONES 14 de febrero de 2019 | 12:02

Estimado Luis,

la bonificación se aplica pro cada año completo cotizado más allá de la edad ordinaria. En su caso sería un 2% por cada año. El servicio militar solo le computaría si cotizó por él a Clases Pasivas.

Para cobrar la pensión mínima es necesario que las rentas del solicitante, si tiene cónyuge a cargo, no excedan los 8.829,00 euros anuales.

Puede estimar la cuantía de su pensión a través de la siguiente herramienta de la Seguridad Social:

Autocálculo

Reciba un cordial saludo.

Pedro 13 de febrero de 2019 | 21:03
Buenas tardes, El gobierno había anunciado que mejoraría la pension por incapacidad permanente total otra vez al 55% de la base mínima de cotización, pero que lo había puesto como enmienda en los presupuestos generales del Estado. Como esos presupuestos no salieron adelante, las pensiones ya no se modifican?? Muchas gracias por su atención
Instituto BBVA de PENSIONES 17 de febrero de 2019 | 12:29

Estimado Pedro,

tenemos que analizar cómo queda esta medida. Lo trataremos en el blog a la mayor brevedad posible.

Reciba un cordial saludo.