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¿Cómo han evolucionado los límites mínimos y máximos de las bases de cotización?

Los límites máximos y mínimos se han ido distanciando durante los últimos años. La base máxima ha ido aumentando pero la mínima no varía desde 2011.

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¿Cómo han evolucionado los límites mínimos y máximos de las bases de cotización?

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Las bases de cotización de los trabajadores tienen un límite máximo y mínimo. Pero ¿cómo han evolucionado esos límites a lo largo de los últimos años y dependiendo del tipo de trabajador? El último boletín del Foro de Expertos, correspondiente al mes de diciembre (Boletín del Foro de Expertos diciembre 2014: ¿Cómo es el sistema público de pensiones en España?) lo analiza.

El límite máximo es único para todas las actividades, categorías profesionales y contingencias comprendidas en el Régimen de que se trate y se aplica con independencia del número de horas trabajadas, incluidos los supuestos de pluriempleo.

Las bases de cotización tienen como límite mínimo, salvo excepciones, la cuantía íntegra del Salario Mínimo Interprofesional vigente, incrementado en un sexto. En este caso, existen límites diferentes en base a la categoría profesional del trabajador, que se clasifica en función de los grupos presentados en el siguiente cuadro:

grupos profesionales

La evolución

Evolución de las bases de cotización, gráfico y tabla

Los resultados muestran cómo los límites máximos y mínimos se han ido distanciando durante los últimos años. La base máxima ha ido aumentando progresivamente entre un 1% (en los años 2010 a 2012) a más de un 5% (en los años 2013 y 2014). Las bases mínimas crecieron más durante los años 2006 y 2007, por encima del 5%. Sin embargo, desde 2010 no han vuelto a crecer por encima del 2%, y no se han producido variaciones entre 2011 y 2012, así como entre 2013 y 2014.

Las cifras para los trabajadores con contrato a tiempo parcial varían en función de las horas trabajadas, considerando que una jornada de trabajo completa está formada por ocho horas y que un mes tiene 30 días.

Los topes de cotización por otros motivos, como los casos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, están directamente relacionados con las cifras más altas y más bajas que se ofrecen en el gráfico y la tabla. Así, en el caso del año 2014, el mínimo es 753 euros al mes y el máximo es 3.597 euros al mes.

¿Casos especiales?

Los casos especiales en 2014 se basan en cierto modo en los límites máximos y mínimos establecidos. A la contratación parcial también se le añaden otras opciones particulares, como son los contratos de aprendizaje y formación, los becarios e investigadores, así como las programas de formación y prácticas no laborales.

El resto de regímenes de la Seguridad Social, como el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, para Empleados del Hogar, así como los regímenes de trabajadores agrarios y del mar, también se encuentran en mayor o menor medida condicionados por estos límites, aunque cada uno de ellos presenta peculiaridades propias.

DESCARGA el BOLETÍN COMPLETO del mes de diciembre de 2014 del Foro de Expertos (0,3 Mb)

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07 de enero de 2019

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