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Cómo rescatar tus planes de pensiones para aplicar la reducción del 40%

Si estás pensando en rescatar tus aportaciones anteriores a 31/12/2006, debes tener en cuenta estas indicaciones

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Cómo rescatar tus planes de pensiones para aplicar la reducción del 40%

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Los partícipes de planes de pensiones pueden, de manera transitoria y con un generoso plazo para acogerse a la medida, seguir reduciéndose el 40% de los derechos consolidados de sus planes de pensiones que se rescaten y que provengan de aportaciones anteriores a 31/12/2006.

Aplicación del régimen transitorio

El plazo máximo para realizar esta reducción dependerá de la fecha en la que se produzca el hecho causante:

  • En caso de hechos causantes acaecidos en el año 2010 o en años anteriores, el plazo expiró el 31 de diciembre de 2018.
  • Para hechos causantes que se produzcan entre 2011 y 2014, el plazo para realizar la reducción será de 8 años a partir del año en que acaeció la contingencia que permite el rescate.
  • En el supuesto de hechos causantes que tengan lugar en el año 2015 y años sucesivos, se dispondrá de un plazo máximo de dos años para beneficiarse de la reducción.

Qué se considera un rescate en forma de capital

La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones define el rescate en forma de capital como el cobro que se produce de la siguiente manera: “El beneficiario percibe el importe total o parcial del plan en un cobro único. Puede ser de cobro inmediato (al producirse la contingencia), o diferido a una fecha posterior señalada por el beneficiario.

Es decir, a diferencia del rescate en forma de renta, en el que se percibe el importe en pagos periódicos y recurrentes, la consideración de rescate en forma de capital se otorgará exclusivamente al primer cobro no periódico, puesto que se trata de un pago único.

Se considerará por tanto que de cada plan de pensiones solo se puede percibir un capital (definido como pago único), bien por la totalidad de los derechos consolidados o bien combinado con un pago en forma de rentas (lo que se conoce como forma de rescate mixta del plan de pensiones).

Por tanto, cuando solo existe un plan de pensiones, la reducción del 40% solo podría aplicarse a un pago, pero no a varios pagos percibidos a lo largo del año.

¿Y en el caso de ser titular de varios planes de pensiones?

Si un partícipe es titular de varios planes de pensiones, aplicará el mismo criterio: sólo se podrá aplicar la reducción del 40% a un único pago, y además deberá realizar el rescate en forma de capital de los derechos consolidados con derecho a reducción de todos sus planes en el mismo ejercicio fiscal.

Más Información: ¿Es posible aplicar la reducción del 40% en planes de pensiones ante dos contingencias distintas?

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Comentarios

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Pablo Segovia Manso 09 de mayo de 2018 | 18:18
Me jubile en Agosto de 2016, Hasta cuando tengo plazo para retirar mi parte del plan de pensiones de las apaortaciones anteriores a 2016 ? Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 09 de mayo de 2018 | 19:15

Estimado Pablo,

dispone hasta final del ejercicio fiscal 2018 para realizar el rescate en forma de capital de aportaciones anteriores a 31/12/2006 que dé derecho a la reducción del 40%.

Reciba un cordial saludo.

Carmen 08 de mayo de 2018 | 12:13
Mi situación es desempleada con 59 años, y tengo un P.P. por importe de 35.000 euros de los cuales 9.200 son derechos hasta 2006, puesto que ya no tengo ingresos, durante 2018 podría rescatar el importe con derecho a reducción del 40% y me devolverian el importe de retenciones practicadas en el rescate, y así en sucesivos ejercicios sin reduccion rescatando a razón de 10.000 euros/anuales.
Instituto BBVA de PENSIONES 08 de mayo de 2018 | 15:08

Estimada Carmen,

sí, podrá realizar ese rescate. Deberá estar inscrita como demandante de empleo. La reducció aplicaría en un único rescate en forma de capital. Por los importes que describe, no se aplicaría retención de IRPF.

Reciba un cordial saludo.

RICARDO 03 de mayo de 2018 | 14:45
Hola, buenas tardes: Me jubilaré en septiembre, anticipadamente, con 61 años. Tengo un plan de pensiones anterior al año 2006 que pretendo rescatar antes de que finalice el presente año. ¿No habré perdido la reducción del 40% en IRPF sobre los derechos consolidados a 31/12/2006?. Un saludo y gracias.
Instituto BBVA de PENSIONES 03 de mayo de 2018 | 15:27

Estimado Ricardo,

si se jubila en 2018 dispone hasta final de 2020 para realizar el rescate que genere el derecho a la reducción.

Reciba un cordial saludo.

LUIS 01 de mayo de 2018 | 01:22
Hola. Una pregunta sobre la bonificación del 40% al rescatar los planes de pensiones: Actualmente tengo 51 años y vivo en Gipuzkoa. Tengo 1 plan de pensiones en Itzarri EPSV que inicié con las aportaciones en agosto del año 2008 y otro plan de pensiones en una entidad financiera cuyas aportaciones las comencé en mayo de 2010. La EPSV de Itzarri la sigo manteniendo y el plan de pensiones también aunque lo he ido traspasando en varias entidades según creía que me convenia. Mi pregunta es si cuando me jubile y rescate ambos planes simultáneamente por la totalidad que en ese momento haya y en un único pago si podré beneficiarme de la bonificación del 40%. Lo digo especialmente por las fechas en las que comencé a realizar aportaciones, EPSV de Itzarri en el año 2008 y el otro plan de Pensiones iniciado en el año 2010. Muchas gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 01 de mayo de 2018 | 11:10

Estimado Luis,

para aplicar la reducción del 40% se exige que hayan pasado más de dos años desde la primera aportación. Por tanto, según describe, se cumple en ambos casos.

Reciba un cordial saludo.

LUIS ALVAREZ ASTABURUAGA 30 de abril de 2018 | 17:03
Buenas tardes. Pero en Gipuzkoa, al rescarta el plan de pensiones en modo "capital" la bonificación del 40% es de la cuantía total del plan de pensiones en el momento del rescate (aportaciones más posibles rendimientos) (hayan sido realizadas las aportaciones antes o despues del 2006 o hay alguna limitación de fechas en este sentido ?.... en el sentido de que sólo se bonificaría lo aportado con fecha anterior a 1/1/2007 ?
Instituto BBVA de PENSIONES 30 de abril de 2018 | 17:17

Estimado Luis,

en el País Vasco sigue vigente esa reducción. Por tanto, aplica en aportaciones anteriores y posteriores a 31/12/2006 siempre que hayan pasado al nenos 2 años desde la primera aportación y con el límite de 300.000 euros.

Reciba un cordial saludo.

luis 30 de abril de 2018 | 14:11
Buenos días: Tengo una duda. A fecha de hoy 30-4-2018 en Gipuzkoa continua en vigor la bonificación del 40% al rescate del plan de pensiones en forma de capital ?. Esta bonificación -de existir- sólo es para las cantidades aportadas en el plan o planes antes del 31-12-2006. ¿Qué ocurre con las cantidades aportadas con posterioridad a dicha fecha y con la contratación de planes de pensiones hoy en día ? ¿ya no tienen acceso a dicha bonificación ? Muchas gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 30 de abril de 2018 | 15:13

Estimado Luis,

la reducción del 40% sigue vigente en el País Vasco. Se aplicará en la primera prestación por cada una de las distintas contingencias, siempre que hubieran trascurrido más de 2 años desde la primera aportación. Este plazo no se exige en invalidez o dependencia. El importe máximo es de 300.000 euros.

Reciba un cordial saludo.

weter 26 de abril de 2018 | 16:57
Hola y gracias por la oportunidad que se nos ofrece de consultar. Tengo un Plan de Pensiones desde el año 1995. Me jubilé el pasado año 2017. Entiendo que podré disponer de la TOTALIDAD del Plan de Pensiones beneficiándome en la liquidación del 40% dentro de los 2 años siguientes a la fecha de la jubilación. La duda que me queda es si esa deducción del 40% se aplica a la totalidad del Plan Pensiones o solamente al saldo de los derechos consolidados desde el inicio del mismo hasta 31-12-2006. Creo que solo podré calcular el 40% sobre los derechos consolidados desde inicio hasta 31-12-2006 ¿Estoy en lo cierto? Saludos y de nuevo gracias. weter.
Instituto BBVA de PENSIONES 26 de abril de 2018 | 17:11

Buenas tardes Weter,

la reducción del 40% solo aplicará sobre participaciones anteriores a 31/12/2006 que rescate en un solo cobro en forma de capital y antes de 31/12/2019. En ese rescate puede incluir todas o parte de las participaciones anteriores a 31/12/2006.

Reciba un cordial saludo.

pedro antonio 25 de abril de 2018 | 18:27
buenas tardes:tengo un plan de ahorro flexible desde 1993 cuando lo rescate en 2023 podre beneficiarme del 40%de deescuento para pagar a hacienda gracias por adelantado por su respuesta
Instituto BBVA de PENSIONES 25 de abril de 2018 | 20:50

Estimado Pedro Antonio,

no sabemos qué producto es el que menciona. La reducción a la que se refiere aplica a planes de pensiones. Si es un plan de pensiones, podrá aplicar la reducción siempre que el rescate en forma de capital lo realice dentro del plazo de dos ejercicios fiscales desde aquel en el que se jubile.

Reciba un cordial saludo.

Jose Luis 25 de abril de 2018 | 17:53
Buenas tardes, me jubilé el 14 de abril de 2016 (con 63 años). Mi pregunta es, ¿qué tiempo máximo tengo para rescatar dicho plan para beneficiarme con el 40 por ciento de las aportaciones realizadas hasta el 31 de diciembre de 2006? Muchas gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 25 de abril de 2018 | 18:12

Estimado José Luis,

el plazo sería de dos ejercicios fiscales completos a contar desde aquel en el que accedió a la jubilación. En su caso, por tanto, hasta final del año 2018.

Reciba un cordial saludo.

JUAN ROMAN 21 de abril de 2018 | 21:59
Acabo de jubilarme a los 61 años y tengo un PP por importe de 203.000 € de los cuales 146.107 € son anteriores al 31.12.2016. Si de momento no deseo rescatar nada y mantengo el PP ¿hay alguna fecha máxima para NO perder el derecho de la exención del 40% ? muchas gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 22 de abril de 2018 | 15:05

Estimado Juan,

entendemos que ha accedido a la jubilación definitiva de forma anticipada. En este caso dispone de dos ejercicios fiscales completos a contar desde la fecha de jubilación para aplicar esta reducción.

Si se ha jubilado en 2018, dispondrá hasta 31/12/2020 como plazo para aplicar la reducción.

Reciba un cordial saludo.