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Cómo rescatar tus planes de pensiones para aplicar la reducción del 40%

Si estás pensando en rescatar tus aportaciones anteriores a 31/12/2006, debes tener en cuenta estas indicaciones

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Cómo rescatar tus planes de pensiones para aplicar la reducción del 40%

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Los partícipes de planes de pensiones pueden, de manera transitoria y con un generoso plazo para acogerse a la medida, seguir reduciéndose el 40% de los derechos consolidados de sus planes de pensiones que se rescaten y que provengan de aportaciones anteriores a 31/12/2006.

Aplicación del régimen transitorio

El plazo máximo para realizar esta reducción dependerá de la fecha en la que se produzca el hecho causante:

  • En caso de hechos causantes acaecidos en el año 2010 o en años anteriores, el plazo expiró el 31 de diciembre de 2018.
  • Para hechos causantes que se produzcan entre 2011 y 2014, el plazo para realizar la reducción será de 8 años a partir del año en que acaeció la contingencia que permite el rescate.
  • En el supuesto de hechos causantes que tengan lugar en el año 2015 y años sucesivos, se dispondrá de un plazo máximo de dos años para beneficiarse de la reducción.

Qué se considera un rescate en forma de capital

La Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones define el rescate en forma de capital como el cobro que se produce de la siguiente manera: “El beneficiario percibe el importe total o parcial del plan en un cobro único. Puede ser de cobro inmediato (al producirse la contingencia), o diferido a una fecha posterior señalada por el beneficiario.

Es decir, a diferencia del rescate en forma de renta, en el que se percibe el importe en pagos periódicos y recurrentes, la consideración de rescate en forma de capital se otorgará exclusivamente al primer cobro no periódico, puesto que se trata de un pago único.

Se considerará por tanto que de cada plan de pensiones solo se puede percibir un capital (definido como pago único), bien por la totalidad de los derechos consolidados o bien combinado con un pago en forma de rentas (lo que se conoce como forma de rescate mixta del plan de pensiones).

Por tanto, cuando solo existe un plan de pensiones, la reducción del 40% solo podría aplicarse a un pago, pero no a varios pagos percibidos a lo largo del año.

¿Y en el caso de ser titular de varios planes de pensiones?

Si un partícipe es titular de varios planes de pensiones, aplicará el mismo criterio: sólo se podrá aplicar la reducción del 40% a un único pago, y además deberá realizar el rescate en forma de capital de los derechos consolidados con derecho a reducción de todos sus planes en el mismo ejercicio fiscal.

Más Información: ¿Es posible aplicar la reducción del 40% en planes de pensiones ante dos contingencias distintas?

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Comentarios

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ANA 12 de febrero de 2018 | 17:32
Tengo un PPA que me vence el 25.03.2018. Me jubilé en 2014 1.- Estoy obligada a rescatarlo? 2.- Tengo la exención del 40% si rescato lo aportado hasta 2007?
Instituto BBVA de PENSIONES 12 de febrero de 2018 | 18:41

Estimada Ana,

no tiene por qué rescatarlo. A vencimiento puede solicitar la movilización de sus derechos a otro PPA o plan de pensiones.

Puede aplicar la reducción del 40%. El plazo para ello expira a cierre del año 2022.

Reciba un cordial saludo.

María 11 de febrero de 2018 | 23:04
Hola. Soy beneficiaria junto con mis hermanos de un plan por fallecimiento del participe. Casi todo el capital aportado es anterior al 2006. Mi pregunta es... El IRPF que aplicará el BBVA a los beneficiarios al rescatarlo en capital ¿Se hace también sobre este 40% o el banco solo lo hace sobre el 60% restante? la retención de IRPF que realiza el BBVA a cada beneficiario al capitalizar el rescate es individualizada y ajustada a los rendimientos de cada uno de ellos o retiene un tipo que cada persona física ajusta en su declaración anual de la renta? Muchísimas gracias de antemano y felicitarlos por lo útil de la información contenida en jubilaciondefuturo.es
Instituto BBVA de PENSIONES 12 de febrero de 2018 | 15:19

Estimada María,

la retención se hace sobre el importe íntegro, pero el tipo se calcula sobre el 60% sujeto a tributación. En la declaración de la renta se consignará todo y realizarán los ajustes.

La retención es individualizada y depende de la situación económica y personal del contribuyente. Puede estimarla en el simulador de cálculo de retenciones de la Agencia Tributaria.

Reciba un cordial saludo.

Sergio 11 de febrero de 2018 | 21:06
Puedo rescatar mi plan de pensión que tengo paralizado sin ingresar desde el 2009?? O tengo que esperar hasta el 1 de enero del 2025?
Instituto BBVA de PENSIONES 11 de febrero de 2018 | 21:39

Estimado Sergio,

desde 1 de enero de 2025 podría solicitar el reembolso del plan. Antes de esa fecha, si acredita alguna de las otras situaciones que permiten su rescate: desempleo de larga duración, enfermedad grave, dependencia, jubilación o incapacidad laboral.

Reciba un cordial saludo.

jose luis Garcia 10 de febrero de 2018 | 20:02
Jubilado en 2013. Si realizo un rescate parcial del 40% del saldo acumulado que tengo en un plan de pensiones, quedaría exento de tributar para este ejercicio el importe correspondiente?
Instituto BBVA de PENSIONES 11 de febrero de 2018 | 19:14

Estimado José Luis,

si rescata participaciones anteriores a 31/12/2006 en forma de capital, quedará exento el 40% y tributará por el 60% restante. No es posible solicitar un rescate del 40% exento para no tributar.

Reciba un cordial saludo.

Daniel 10 de febrero de 2018 | 13:00
Muchas gracias por responder tan bien y tan rápido!
Instituto BBVA de PENSIONES 10 de febrero de 2018 | 17:26

Estimado Daniel,

gracias a usted por participar en el foro.

Reciba un cordial saludo.

Daniel 10 de febrero de 2018 | 09:58
Hola, Con la nueva ley, se pueden rescatar planes de pensiones sin ser jubilado, tener discapacidad ni otra circunstancia? Tengo 42 años y el mío empecé a aportar en 2010. Muchas gracias!
Instituto BBVA de PENSIONES 10 de febrero de 2018 | 11:35

Estimado Daniel,

sí. Solo habrá que acreditar antigüedad de las aportaciones, al menos 10 años, pero a contar en todo caso desde 1 de enero de 2015, por lo que los primeros rescates se podrán solicitar desde 1 de enero de 2025.

Reciba un cordial saludo.

Antonio 09 de febrero de 2018 | 21:46
Buenas tardes, Me jubile el 13/06/2016, cual es la fecha limite para rescatar mi plan de pensiones y tener la derecho a la bonificaciòn del 40%, el 13/06/2018 ó el 31/12/2018. Saludos.
Instituto BBVA de PENSIONES 10 de febrero de 2018 | 11:55

Estimado Antonio,

el plazo es de dos ejercicios fiscales completos. Dispone hasta 31/12/2018.

Reciba un cordial saludo.

Raul de la Calle 05 de febrero de 2018 | 16:15
Soy un parado de larga duración y quiero rescatar varios planes de Pensiones que tengo con diferentes entidades en los próximos tres años ,antes de que me jubile.Sé que las cantidades satisfechas antes del 2007 las tengo que rescatar en un mismo año fiscal;La pregunta es si yo saco este año 2018, la cantidad en forma de capital , ¿puedo al año próximo sacar otra cantidad (x) en forma de renta y anunciarlo al próximo año 2019 a la entidad correspondiente y otra cantidad (y) y anunciarlo en el 2020, aprovechando la misma contingencia de parado de larga duración o por el contrario tengo que definir este primer año cual va ser la estrategia de rescate de mis planes de pensiones durante los próximos 3 años con las diferentes entidades. muchas gracias anticipadamente
Instituto BBVA de PENSIONES 05 de febrero de 2018 | 16:51

Estimado Raúl,

no tiene que notificar anticipadamente las formas de rescate por las que va a optar. Lo que debe tener en cuenta es que podrá ir solicitando el rescate mientras se mantenga la situación de desempleo que da derecho a ello.

Reciba un cordial saludo.

Eduardo 03 de febrero de 2018 | 09:59
Buenos días. Acabo de cumplir 60 años, y llevo ya 4 años desempleado, por lo que he agotado la prestación por desempleo y no tengo subsidio para mayores de 52/55 pues me lo rechazaron. No tengo por eso, en este momento, ningún ingreso..y no puedo jubilarme anticipadamente hasta los 63 años. Es por eso que había pensado, dado que soy parado de larga duración y mayor de 60, en recuperar dinero del Plan de Pensiones mensualmente para poder pagar mis facturas.....lo mínimo para no tener que hacer la declaración ( 1000 Euros/ mes).....pero me surge una duda: dado que tengo una cantidad importante aportada al plan anterior al 31/12/2006 , y sabiendo que tengo una reducción del 40% si lo retiro de una sola vez a partir de lo que se denomina "el hecho causante".....si retiro mes a mes 1000 Euros, esto me impediría rescatar el importe total con la exención en un futuro, cuando me jubile anticipadamente con 63 años ??? Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 03 de febrero de 2018 | 11:52

Estimado Eduardo,

si realiza un rescate en forma de rentas, esto no le impide aplicar posteriormente la reducción cuando realice un rescate en forma de capital, que es la modalidad que permite la reducción.

Además, usted va asolicitar ahora el rescate por la situación de desempleo de larga duración. La jubilación sería una contingencia distinta, por lo que no habría conflicto en ese caso.

Reciba un cordial saludo.

Francisco 30 de enero de 2018 | 20:27
Buenas tardes. Me jubilé con 64 años en 2016 con la pensión máxima.que son mis unícos ingresos Tengo un plan de pensiones de 17000€ todo con aportaciones anteriores al 2007. Pregunto: Me interesaría recuperar el plan en forma de capital para beneficiarme de la deducción del 40% aunque esto me suponga pasar al siguiente tramo del IRPF, o por el contrario me interesa más dejarlo hasta que necesite el dinero, aunque pierda la deducción .
Instituto BBVA de PENSIONES 30 de enero de 2018 | 22:43

Estimado Francisco,

si en el futuro estima que lo va a necesitar cobrar en forma de capital, rescátelo este año con la reducción. 

Si no tiene necesidad del dinero en este momento, quizá le convenga un rescate parcial para aprovechar parte de la reducción y dejar el resto para un momento posterior o para rescatarlo en pequeñas rentas mensuales. Si esa parte rescatada no la necesita, trate de reinvertirla en, por ejemplo, un fondo de inversión con el que busque al menos batir a la inflación.

Puede apoyarse en el simulador de planificación de prestaciones para ver la forma óptima de rescate.

Reciba un cordial saludo.