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¿Cómo se solicita el rescate de un plan de pensiones en caso de fallecimiento del titular?

Los beneficiarios no tendrán obligación de cobrar el plan en el momento del fallecimiento

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¿Cómo se solicita el rescate de un plan de pensiones en caso de fallecimiento del titular?

© Holly Mandarich - www.unsplash.com

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El fallecimiento del titular es una de las contingencias que permite rescatar los derechos acumulados en un plan de pensiones. Esto es algo que podrán realizar los beneficiarios que hayan designado específicamente en vida el titular. En caso de no haber designado beneficiarios, habrá que acudir a lo que dispongan las especificaciones del plan.

Designar beneficiarios en un plan de pensiones es algo muy sencillo y que puede hacerse en cualquier momento. Solo habrá que dirigirse a la entidad correspondiente y proceder a solicitar y cumplimentar el formulario de designación de beneficiarios.

Una cuestión muy importante que deben tener presente los beneficiarios es que no están sujetos a ninguna obligación tributaria en el momento del fallecimiento del titular, dado que el plan de pensiones no tributa en el Impuesto de Sucesiones (ISD) y Donaciones, sino exclusivamente en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) como rendimientos del trabajo. Pero no es necesario disponer del capital en el momento del fallecimiento, pudiendo permanecer como beneficiarios del plan de forma indefinida, difiriendo la tributación a un momento futuro.

Además, los beneficiarios por fallecimiento también se pueden acoger a la reducción fiscal que aplica al rescate en forma de capital de participaciones anteriores a 31/12/2006. El plazo para poder aplicar esta reducción será:

  • Para hechos causantes acaecidos a partir de 1 de enero de 2015, de dos ejercicios fiscales a contar desde aquel en que se produce el óbito.
  • Para hechos causantes acaecidos entre los años 2011 y 2014, de ocho ejercicios fiscales a contar desde aquel en que se produce el óbito.
  • Para hechos causantes acaecidos con anterioridad al año 2011, el plazo para aplicar la reducción expiró al finalizar el ejercicio fiscal 2018.

Solicitar el rescate del plan de pensiones por la contingencia de fallecimiento

Para proceder al rescate del plan, el beneficiario deberá presentar la solicitud acompañada de los documentos que se indiquen en las especificaciones del plan. En caso de haber varios beneficiarios, deberán presentarse solicitudes diferentes, teniendo en cuenta que no es necesario que el rescate lo realicen de forma simultanea.

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Comentarios

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Jesus 14 de enero de 2019 | 11:55
Hola, en caso de fallecer y dejar un plan de pensiones especificando los beneficiarios uno un hijo y otro una persona si parentesco, en caso de al fallecer tener algún tipo de deudas a la hora de aceptar la herencia el plan de pensiones entra dentro de la masa hereditaria (bienes y deuduas) o por el contrario se podría coger el plan de pensiones y la herencia repudiarla?
Instituto BBVA de PENSIONES 14 de enero de 2019 | 12:02

Estimado Jesús,

el plan de pensiones no forma parte de la masa hereditaria. Los beneficiarios pueden proceder a su cobro si lo consideran oportuno con independencia de cómo procedan respecto a la herencia.

Reciba un cordial saludo.

Maria 13 de mayo de 2018 | 17:31
Soy beneficiaria de Plan de Pensiones por fallecimiento del titular, la gestora del mismo nos exige presentar a todos la solicitud, pero parte de los herederos se niegan a hacerlo ¿podemos tramitarlo de algún modo los que ya la hemos presentado?. Gracias.
Instituto BBVA de PENSIONES 31 de mayo de 2018 | 11:11

Estimada María,

Si de la documentación presentada no queda claro el reparto, o no existe la aceptación de todos los beneficiarios, requisitos indispensables, no sería posible proceder al pago de ninguno.  

Reciba un cordial saludo.

José Jiménez 26 de febrero de 2018 | 15:41
Porqué no salen ya los beneficiarios en la consulta de información de planes de pensiones en la app de BBVA? Antes salían con el titular.
Instituto BBVA de PENSIONES 26 de febrero de 2018 | 16:19

Estimado José,

desde la parte privada de la web www.bbva.es debe poder realizar y consultar designación de beneficiarios.En la app no es posible en este momento pero se está trabajando para que esté disponible en breve.

Reciba un cordial saludo.