Una vez jubilados obtenemos el derecho a rescatar el plan de pensiones por esta contingencia de jubilación.
Ahora bien, esto es un derecho, no una obligación y no existe ninguna norma que obligue a rescatar el plan de pensiones.
Para solicitar el cobro del plan
los beneficiarios han de acudir a su entidad gestora y:
presentar la solicitud de cobro de la prestación por jubilación debidamente cumplimentada y firmada
- indicando datos personales
- la contingencia (jubilación)
- la forma y fecha de cobro elegida
- la cuenta corriente donde desea que le sea abonado el dinero.
Adicionalmente habría que:
1) aportar una fotocopia del DNI
2) la resolución de la Seguridad Social donde se reconoce la jubilación
y, por último,
3) el modelo 145 de comunicación de datos al pagador