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Coticé hace años en una empresa, pero no figura en mi vida laboral, ¿ahora qué hago?

Qué hacer cuando hay cotizaciones que no aparecen en la vida laboral

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Coticé hace años en una empresa, pero no figura en mi vida laboral, ¿ahora qué hago?

© Sandro Katalina - www.unsplash.com

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Es una situación más usual de lo esperable que cuando se solicita la pensión de jubilación, el beneficiario se encuentre que existen períodos en los que trabajo en una empresa, pero, sin embargo, no aparecen como cotizados. En este supuestos, solo le queda acudir ante los organismos de la Seguridad Social y tratar de probar estas circunstancias.

La vida laboral y la informatización de la información

En los últimos años es fácil para los trabajadores acceder a su vida laboral para tener la certeza de que se ha cotizado por todas sus actividades laborales y reclamar en el caso de detección de algún error.

La información sobre nuestras cotizaciones se encuentra informatizada, por lo que no es difícil que en la TGSS tengan toda la información sobre nuestra vida laboral. No obstante, no hace mucho de esta informatización, de modo que es usual que los trabajadores más mayores encuentren que alguna empresa no cotizó, en su momento, por ellos, cuando ya ha pasado algún tiempo.

Las cotizaciones realizadas antes de 1967

El legislador de la Seguridad Social fue consciente de esta dificultad, de forma que respecto a las cotizaciones anteriores a la creación del sistema de la Seguridad Social el 1 de enero de 1967 se decidió reconocer ciertas cotizaciones de forma automática.

Así de acuerdo con la edad de los trabajadores a esta fecha, se reconocen unas cotizaciones automáticas, siempre que puedan probar que, al menos, trabajaron un día antes de dicha fecha.

De esta forma, se ha solucionado, en parte, este problema en relación con las cotizaciones imposibles de probar antes de 1967, pero ¿qué pasa con las posteriores?

Las cotizaciones que no constan en la vida laboral

Si la empresa todavía existe, la forma más adecuada de poder probar la actividad y la falta de cotización, en su caso, es dirigiéndose a la empresa e, incluso, demandándola por este motivo.

Más complicado será cuando la empresa ya no exista. En este supuesto, será preciso reclamar el reconocimiento de las cotizaciones a la Tesorería General de la Seguridad Social directamente. En este caso, será preciso demostrar la actividad laboral por la que no se cotizó convenientemente a través de cualquier medio de prueba de los admitidos en derecho.

Se podrán utilizar como medios de prueba documental: nóminas u otros documentos donde se pueda probar el pago de salarios; contratos de trabajo; extractos bancarios donde se demuestre que se percibía una renta mensual de un mismo pagador, entre otros.

Asimismo, si no se tiene ninguna prueba documental, podría presentarte una testifical a través de otros trabajadores que coincidieron en la empresa en el momento en que se quiera justificar la relación laboral.

En todo caso, será la TGSS, quien deberá valorar si la prueba es suficiente para demostrar que existió actividad laboral, por la que debió cotizarse, aunque no se hizo y, por tanto, reconocer las cotizaciones.

Si la TGSS no estimase la prueba, la única opción es, en primer lugar, reclamar administrativamente, y si también se denegase, emprender acciones judiciales.  

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ANGEL LUIS 27 de diciembre de 2020 | 20:36
Buenas tardes. En 2016 estuvimos unos 50 trabajadores, trabajando en una obra de construcción de viviendas. Personalmente estuve 7 meses. En 2017, recibimos una carta de la seguridad social, donde se nos hacía constar que la empresa era ficticia. Aparecíamos dados de alta en la seguridad social, en la aeat, al recibir el borrador, aparecían los ingresos y retenciones de dicha empresa. He aportado, transferencia bancaria mensual de dicha empresa, contrato, así como nóminas. Al final, la tgss nos deniega la razón y nos condena en costas a traves de un contencioso admvo, que pusimos el recurso. Como es esto posible ?. Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 30 de enero de 2021 | 14:48

Estimado Angel Luis,

Le recomendamos se asesore vd. con un experto laboralista contactando con el colegio de abogados o de graduados sociales de su provincia de residencia para proceder al examen detallado de su situación laboral. 

Un cordial saludo. 

Onesimo Rodriguez 26 de diciembre de 2020 | 21:09
Hola trabaje desde el año 1997 en la obra social de caja canarias como monitor de ajedrez, con titulacion nacional,hasta el año 2015 no nos hicieron un contrato laboral cotizando, en el año 18 me despidieron y fui al juzgado de lo social donde resulte ganador y me pagaron 740 dias y el reconocimiento desde el año 1997, he solicitado a la ss que reconozca ese tiempo, el trabajo era 3 horas diarias,Que posibilades tengo con una sentecia firme? Cual es la base de cotizacion? Tengo 62 años, saludos y gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 30 de enero de 2021 | 14:43

Estimado Onesimo,

Le recomendamos se asesore vd. con un experto laboralista contactando con el colegio de abogados o de graduados sociales de su provincia de residencia para proceder realizar los trámites oportunes sobre sus derechos reconocidos mediante sentencia judicial y a los efectos del cómputo de las cotizaciones. 

Un cordial saludo. 

Francisco 06 de diciembre de 2020 | 22:20
Trabajé en una empresa desde el 01/04/77 hasta el 22/11/77, pero en mi vida laboral sólo aparece cotizado desde el 01/04/77 hasta el 30/04/77. De hecho la empresa también dejó de pagarme el sueldo, por lo que me vi obligado a presentar demanda ante la Magistratura de trabajo para poder cobrar los salarios y la indemnización correspondiente. Magistratura reconoció los hechos y cobré del FOGASA los salarios no cobrados y la indemnización por despido, además de la prestación del INEM por desempleo durante el tiempo legalmente establecido en aquella fecha. El pasado año, de cara a preparar mi jubilación, solicité mi vida laboral y observé que sólo figuraba un mes de cotización (del 1/4/77 al 30/4/77) y sólo un día de prestación por desempleo (23/11/77 a 23/11/77). A la vista de ello, solicité al SEPE la subsanación del error y, tras 15 días, me comunicaron que habían incluido el periodo que faltaban de prestación por desempleo, es decir del 23/11/77 al 22/5/78, pero el INSS no había modificado los periodos de cotización inicial. Solicité al INSS su rectificación, a la vista de que para poder cobrar desempleo había que haber trabajado 6 meses al menos, pero ahora el INSS me solicita copia de los boletines de cotización para reconocer los meses que faltan de cotización, pero yo nunca he tenido esa documentación y ahora tampoco tengo la sentencia de Magistratura ¿Cómo puedo demostrar que trabajé y por ello cobré el paro si ya no tengo la sentencia ni otro documento acreditativo? ¿Por qué el INSS no acepta la resolución del SEPE?
Instituto BBVA de PENSIONES 29 de enero de 2021 | 19:29

Estimado Francisco,

Le recomendamos se asesore vd. con un experto laboralista contactando con el colegio de abogados o de graduados sociales de su provincia de residencia para proceder al examen detallado de su situación mediante examen detallado de la documentación. 

Un cordial saludo. 

joaquin 20 de septiembre de 2020 | 12:55
Trabajé desde 1989 hasta 1998 en ayuntamiento(concejalía de educación) de Cartagena como monitor educativo, sin contrato, en período escolar. No consta nada en mi vida laboral de esos años. ¿Puedo reclamar este período a la TGSS / INSS o directamente a Los tribunales?.¿ Estaría prescrito esta obligación de parte del ayuntamiento?.
Instituto BBVA de PENSIONES 15 de noviembre de 2020 | 19:01

Estimado Joaquín,

 Para que le reconozcan ese período como cotizado, debería Vd. Poder probar que efectivamente prestó servicios efectivos por ejemplo aportando las nóminas. Si no dispone de prueba alguna que pueda acreditar esa relación laboral, la SS no puede reconocerle ese período como cotizado.

Un cordial saludo, 

Raúl 24 de febrero de 2020 | 20:43
¿ Los importes cotizados que se muestran en el informe de bases de cotización (campo Base C.C.) son los que se tomarán para para calcular la jubilación (si está dentro del período requerido) , aunque esa cotización no está abonada por la empresa, o si esa cotización no está abonada por la empresa no se tendrá en cuenta para calcular la jubilación?
Instituto BBVA de PENSIONES 26 de marzo de 2020 | 01:10

Estimado Raú.

Todos los tipos de cotizaciones realizados se tienen en cuenta a la hora de acceder a la prestación de jubilación y, las realizadas dentro de un ámbito temporal, para el cálculo de la base reguladora.

Un cordial saludo. 

Raúl 17 de febrero de 2020 | 17:40
Hola soy Rául, He hecho una simulación de mi pensión en la página web de tu seguridad social y veo que faltan mas de 600 días cotizados. En el informe de vida laboral de la TGSS están correctamente estos días cotizados. La TGSS me dicen que esa página es competencia del INSS. He puesto una reclamación en el buzón de la Seguridad Social para que subsanen el error y me dicen que tengo que acudir a una oficina del INSS. He acudido a una oficina del INSS y me dicen que ellos no pueden hacer una simulación hasta que no falten tres meses para jubilarme. Todos se quitan el problema de encima y ninguno quiere o puede solucionarme el problema ¿dónde tengo que acudir para que corrijan este error? NOTA: No entiendo como porque salen diferentes períodos cotizados en la TGSS y en el INSS ¿es normal? ¿tienen diferentes bases de datos?¿funciona mal el programa? Por favor, les agradecería que me ayudaran. Gracias.
Instituto BBVA de PENSIONES 24 de febrero de 2020 | 14:21

Estimado Raúl.

Desde nuestra posición desgraciadamente, nos es imposible conocer las causas del por qué de esas diferentes estimaciones según los estimadores de la TGSS y el INSS.

 Nuestra ayuda en ese sentido se circunscribe a señalarle que BBVA pone su disposición el simulador Mi Jubilación, en el cual, introduciendo los datos pertinentes, puede proyectar las diferentes situaciones que le sean de su interés (y, en su caso particular, contrastar sus resultados con los que nos señala en su consulta).


Un cordial saludo.

Julia 15 de enero de 2020 | 20:36
Buenas tardes Mi pregunta es esta Yo cumplo dentro de 10 días 65 les pedí un informe para decirme cuanto voy a tener de jubilación y cuando me jubilo, en mi vida laboral que pedí me pone que tengo 5532 días osea 15 años un mes y 23 días y hoy recibo una notificación que me dice exactamente "hay periodos de tu vida laboral con incidencias por lo que no podemos facilitarle por este medio tus periodos de cotización ni informarle del tiempo que le falta para jubilarse" Estoy preocupada porque si yo tengo en mi vida laboral más de 15 años, podría ser que no tenga esos años que pone? Que incidencias pueden ser? Estoy preocupada que no me digan cuando puedo jubilarme y sobre todo los años cotizados, Podría aclararme esto Un saludo
Instituto BBVA de PENSIONES 24 de enero de 2020 | 19:02

Estimada Julia.

Nuestra recomendación es que se ponga en contacto con la TGSS a efectos de que se inicie un proceso de indagación de su vida laboral, determinando cuáles son esos periodos y aportando toda la información a efectos de determinar qué pasó en ellos y si cotizó o no.

Un cordial saludo. 

Ricardo Diosdado 17 de diciembre de 2019 | 03:47
Trabaje para un call center por mas de 9 mesez solo tengo alta en abril del 2016 y baja en oct 2016 trabaje desde el mes de enero con ellos hasta fines del mes de oct 2016 solo me aparece alta y baja no hay ninguna semana cotizada... que puedo hacer o a donde me puedo dirigir en la cd de Tijuana B.C
Instituto BBVA de PENSIONES 28 de diciembre de 2019 | 04:27

Estimado Ricardo.

Entendemos que su conflicto está residenciado en el Estado de México, caso en el cual, al exceder de nuestro ámbito de actuación territorial, le recomendamos consulte con la Administración competente en materia de Seguridad Social.

Un cordial saludo. 

Ana Maria 03 de diciembre de 2019 | 14:58
Buenas, trabajo en un Ayto, tengo 63 años y no puedo acogerme a una jubilación anticipada porque durante 9 años no cotizaron por mi, si demando que costas tendría que pagar, ya que me dicen que tengo una parte que como trabajadora no cotice
Instituto BBVA de PENSIONES 14 de diciembre de 2019 | 05:14

Estimada Ana María.


Al tratarse de una pregunta referida al proceso judicial, excede de nuestro ámbito de actuación, de modo que le recomendamos que consulte con un profesional especializado en materia procesal.

Un cordial saludo.

Siraris 27 de noviembre de 2019 | 19:45
Me han desaparecido más de cinco años cotizados
Instituto BBVA de PENSIONES 16 de diciembre de 2019 | 09:36

Estimado/a Siraris.

Si su informe de vida laboral no refleja periodos en los que usted considera que sí cotizó, debe dirigir una solicitud a la Tesorería General de la Seguridad Social pidiendo que se investigue el archivo histórico de vidas laborales. Si el resultado de la búsqueda es infructuoso, intente aportar alguna prueba de que prestó servicios en dichos periodos. 

Un cordial saludo. 

07 de enero de 2019

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