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Coticé hace años en una empresa, pero no figura en mi vida laboral, ¿ahora qué hago?

Qué hacer cuando hay cotizaciones que no aparecen en la vida laboral

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Coticé hace años en una empresa, pero no figura en mi vida laboral, ¿ahora qué hago?

© Sandro Katalina - www.unsplash.com

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Es una situación más usual de lo esperable que cuando se solicita la pensión de jubilación, el beneficiario se encuentre que existen períodos en los que trabajo en una empresa, pero, sin embargo, no aparecen como cotizados. En este supuestos, solo le queda acudir ante los organismos de la Seguridad Social y tratar de probar estas circunstancias.

La vida laboral y la informatización de la información

En los últimos años es fácil para los trabajadores acceder a su vida laboral para tener la certeza de que se ha cotizado por todas sus actividades laborales y reclamar en el caso de detección de algún error.

La información sobre nuestras cotizaciones se encuentra informatizada, por lo que no es difícil que en la TGSS tengan toda la información sobre nuestra vida laboral. No obstante, no hace mucho de esta informatización, de modo que es usual que los trabajadores más mayores encuentren que alguna empresa no cotizó, en su momento, por ellos, cuando ya ha pasado algún tiempo.

Las cotizaciones realizadas antes de 1967

El legislador de la Seguridad Social fue consciente de esta dificultad, de forma que respecto a las cotizaciones anteriores a la creación del sistema de la Seguridad Social el 1 de enero de 1967 se decidió reconocer ciertas cotizaciones de forma automática.

Así de acuerdo con la edad de los trabajadores a esta fecha, se reconocen unas cotizaciones automáticas, siempre que puedan probar que, al menos, trabajaron un día antes de dicha fecha.

De esta forma, se ha solucionado, en parte, este problema en relación con las cotizaciones imposibles de probar antes de 1967, pero ¿qué pasa con las posteriores?

Las cotizaciones que no constan en la vida laboral

Si la empresa todavía existe, la forma más adecuada de poder probar la actividad y la falta de cotización, en su caso, es dirigiéndose a la empresa e, incluso, demandándola por este motivo.

Más complicado será cuando la empresa ya no exista. En este supuesto, será preciso reclamar el reconocimiento de las cotizaciones a la Tesorería General de la Seguridad Social directamente. En este caso, será preciso demostrar la actividad laboral por la que no se cotizó convenientemente a través de cualquier medio de prueba de los admitidos en derecho.

Se podrán utilizar como medios de prueba documental: nóminas u otros documentos donde se pueda probar el pago de salarios; contratos de trabajo; extractos bancarios donde se demuestre que se percibía una renta mensual de un mismo pagador, entre otros.

Asimismo, si no se tiene ninguna prueba documental, podría presentarte una testifical a través de otros trabajadores que coincidieron en la empresa en el momento en que se quiera justificar la relación laboral.

En todo caso, será la TGSS, quien deberá valorar si la prueba es suficiente para demostrar que existió actividad laboral, por la que debió cotizarse, aunque no se hizo y, por tanto, reconocer las cotizaciones.

Si la TGSS no estimase la prueba, la única opción es, en primer lugar, reclamar administrativamente, y si también se denegase, emprender acciones judiciales.  

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Marina 07 de agosto de 2019 | 14:06
Mi madre podría jubilarse pero le faltan dos años en los que si que trabajo pero no cotizo. La persona que no cotizó por ella es su cuñado y estaría dispuesto a decir que no declaró. Estaría prescrito. Lo primero es posible que se pueda jubilar si el declara? Lo segundo, habría algún perjuicio para esta persona? Cómo podríamos solucionar este caso? Muchísimas gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 13 de agosto de 2019 | 18:13

Estimada Marina.

Es difícil saber si se va a admitir la simple declaración de un familiar a estos efectos que usted explica. Sería más adecuado hacerlo de forma documental.

Si ha prescrito, no tendrá sanción. 

Un cordial saludo 

daniel ureno 26 de julio de 2019 | 07:31
hola saludos, trabaje en bancomer como en el 1992 o 1993 no recuerdo muy bien, al revisar mis semanas cotizadas no aparece el tiempo que trabaje ahí, que podré hacer, de antemano gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 31 de julio de 2019 | 11:25

Estimado Daniel.

Trate de acerditar, si es posible, ante la TGSS dichos trabajo. Además, debería ponerse en contacto con la empresa, si aún sigue en actividad. 

Un cordial saludo 

Ana 03 de julio de 2019 | 14:02
Hola, Mi cuñado gano un juicio, hace ya muchos años, de que la empresa por la que trabajaba no lo tenía asegurado a él y a otros compañeros (tampoco hay manera de localizar a los otros trabajadores), ahora quedando poco para jubilarse, en la seguridad social no le constan los 5 años y no se acuerda del año ni la fecha que se celebró el juicio. En el juzgado por el nombre no les constara, no??? Le pedirán el número del registro o cualquier papel que no tiene. ¿Cómo podemos averiguarlo? Muchas gracias por su tiempo, Atentamente, Ana
Instituto BBVA de PENSIONES 04 de julio de 2019 | 08:06

Estimada Ana.

Es preciso identificar el proceso, en caso contrario va a ser complicado, sobre todo si no es durante el tiempo que ya estaba informatizado.

Un cordial saludo

Rosa 20 de junio de 2019 | 00:35
Hola! Soy cliente del BBVA. Trabajé para la Junta de Cy l en los años 1991 y 1992 y nos hacían un contrato por obra y servicio en el q ponía en las cláusulas a la firma del contrato debía estar al corriente de pagos con la Seguridad Social. (Nos hacían pagar autonomos)Al ver mi vida laboral veo q faltan estos años de cotización, al hacer una reclamación a la Tesorería de la SSocial, me dicen q tengo q presentar justificante del pago, pero yo solo tengo los contratos y el banco no me puede dar movimientos más allá del 2009, según me dijo un funcionario pudo se error de grabación de cuando se informatizó el sistema. Tengo alguna posibilidad de q con esa cláusula del contrato en el juzgado me lo consideren,? Es q sin ese tiempo tendré q jubilarme a los 67. Existe alguna sentencia en este sentido.? Muchas gracias y un saludo
Instituto BBVA de PENSIONES 20 de junio de 2019 | 08:23

Estimada Rosa.

Desgracidamente su situación depende de las pruebas que pueda presentar. Tendrá que tratar de buscar una forma de probar que hizo los abonos.

Un cordial saludo

Pedro 12 de junio de 2019 | 22:15
Hola, en mi informe de vida laboral aparece un contrato con fecha de alta en 9/12/2006 pero con fecha de efecto de alta el 26/05/2007 hay más de 5 meses de diferencia, ahora nesecito 4 para subsidio mayor de 52. La empresa es un ayuntamiento. Tengo derecho a reclamar? Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 15 de junio de 2019 | 13:20

EStimado Pedro.

Si tiene forma de probar esa diferencia,  debería reclamar para que le reconozcan esos meses.

Un cordial saludo

Adela Gonzalez 10 de junio de 2019 | 18:03
Hola me podrian decir Un Ayuntamiento despues de ganar una oposicion en Septiembre de 1990 no cotizo por mi ,desde Septiembre de 1990 a Junio de 1995 .¿Si reclamo con el contrato al Ins y las nominas me lo arreglaran o tendre que ir a juicio con un abogado de oficio ?Tengo 58 años y estoy cobrando el subsidio de mayores de 52 años que son 430,27e al mes desde el 13 de Marzo de 2019 que cotizaron 595e y en Abril cotizaron 1.312,50 e pero en Mayo no cotizaron ,me sale 0,00 y en Junio me sale 0,00 con un (3) en donde dice Obs en el informe de las bases de cotizacion que he pedido supongo que el Obs seran Observaciones ¿ En donde puedo reclamar esto pues es un subsidio que ha dado el actual Gobierno ? Muchas gracias de antemano por sus dos respuestas ,ya me he suscrito al boletin esta muy interesante saludos .
Instituto BBVA de PENSIONES 11 de junio de 2019 | 16:10

Estimada Adela.

Las cotizaciones se reclaman a la TGSS.

Si demuestra que estuvo trabajando, deberían reconocerle la cotización. 

Un cordial saludo

Charo 18 de mayo de 2019 | 19:58
Buenas tardes Mi caso es usual Trabajé durante más de 20 ajos en la empresa de mi marido , solo cotice dos y medio como autónoma colaboradora , ahora estoy divorciada y con 50 años Cómo se podría reconocer mi trabajo? Le podría perjudicar a mi ex marido , si ya no existe la empresa? Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 05 de junio de 2019 | 12:54

Estimada Charo.

Tendría que probar que fue así para que se lo reconociesen. Con cualquier modo de prueba admitido en derecho. En todo caso, va a ser complicado con la empresa ya inexistente. Por supuesto que afectaría en responsabilidad, siempre que no esté prescrito.

Un cordial saludo

Juan Ribles Sánchez 03 de marzo de 2019 | 22:46
Hace unos dias me llevé una sorpresa al acudir a las oficinas de la Seguridad Social para solicitar un simulador de pension. Tengo 39 años segun la vida laboral, al hacer el simulador solo me aparecen 32 y un mes a efectos de pensiones e estado en las oficinas de la tesoreria de la Seguridad Social y no me dan ninguna solucion . Tengo todas las nominas desde el año 1974,lo anterior a 1980 no me aparece o me aparece con base reguladora 000 es curioso en esos años icluso e cobrado el paro.
Instituto BBVA de PENSIONES 04 de marzo de 2019 | 09:16

Estimado Juan,

entendemos que lo que plantea es que le faltan años de cotización y no que por haber tenido periodos de pluriactividad o pluriempleo se han ajustado a la baja los días de cotización.

En ese caso, y si no se trata de un error de la TGSS, deberá probar usted esos periodos de cotización, a través de toda la información que pueda recopilar.

Reciba un cordial saludo.

Pachi Carrillo 28 de enero de 2019 | 13:30
Buenos días: Mi padre se encuentra con que en una empresa que estuvo trabajando tiene algún que otro mes que, por lo visto, no pagarían los seguros sociales y no le aparece en las bases de cotización esos meses. Según decís en el artículo "En todo caso, será la TGSS, quien deberá valorar si la prueba es suficiente para demostrar que existió actividad laboral, por la que debió cotizarse, aunque no se hizo y, por tanto, reconocer las cotizaciones." La pregunta es en qué Ley está recogido que si hubo actividad laboral y no se cotizó se tiene que reconocer esas cotizaciones. Quiero pasarme por la Seguridad Social y me gustaría ir lo más informado posible. Un saludo y gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 29 de enero de 2019 | 09:12

Estimado Pachi,

la carga de la prueba es del trabajador. Tendrá que llevar pruebas sobre que realmente se trabajó y luego la Seguridad Social valorará si la prueba le parece suficiente. No está recogido en ninguna norma.

Reciba un cordial saludo.

Jesus 27 de diciembre de 2018 | 19:30
porqué las cotizaciones realizadas fuera de plazo no se tienen en cuenta para calcular los meses cotizados en la vida laboral
Instituto BBVA de PENSIONES 28 de diciembre de 2018 | 13:49

Estimado Jesús,

las cotizaciones fuera de plazo conllevan un recargo, pero sí computan a efectos del cálculo de prestaciones.

Reciba un cordial saludo.

07 de enero de 2019

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