Saltar navegación. Ir directamente al contenido principal

Estás en:

  1. Inicio
  2. Blog
  3. Artículo

¿Cuáles son los principios que fundamentan el Pacto de Toledo?

Con el Pacto de Toledo en 1995 se iniciaba la etapa denominada "etapa de la concertación", en la que los distintos partidos políticos intentaban llegar a acuerdos sobre la evolución del sistema de la Seguridad Social, con el fin de que las reformas implantadas no se modificaran ante los cambios de Gobierno.

Tiempo de lectura: 3 minutos

Compartir

Imprimir
¿Cuáles son los principios que fundamentan el Pacto de Toledo?

2,5 de un máximo de 5 estrellas

  • 5 0%
  • 4 50%
  • 3 0%
  • 2 0%
  • 1 50%

2 votos

1814 visualizaciones

La Seguridad Social, tal y como la conocemos hoy, se inició en España con la Ley de Bases de la Seguridad Social de 1963. Esta norma sienta las bases del sistema actual.

Posteriormente, la Constitución Española en 1978 recoge la idea de la Seguridad Social contributiva y añade la posibilidad de conceder también prestaciones no contributivas, las cuales se regulan con posterioridad a través de una Ley en 1990.

Con el Pacto de Toledo en 1995 se inicia la etapa denominada de la concertación, en la que los distintos partidos políticos intentan llegar a acuerdos sobre la evolución del sistema de la Seguridad Social, buscando la estabilización de las reformas que se vayan introduciendo con independencia de quien se encuentre en el poder en cada momento.

En este momento, se establecen los principales principios que fundamentan la Seguridad Social hasta nuestros días. A continuación, se hace referencia a algunos de los más importantes.

1. Principios relacionados con la financiación

Se reconoce la separación y clarificación de las fuentes de financiación, de modo que las pensiones contributivas se deben pagar con las cotizaciones de los trabajadores y las pensiones no contributivas con los impuestos. De este modo, incluso los complementos por mínimos de las pensiones contributivas, que se basan en la carencia de recursos suficientes por parte de los beneficiarios, deben ser financiados mediante impuestos.

Con el fin de garantizar el sistema, igualmente se establece la necesidad de la constitución de reservas económicas, cuando sea posible. Con este objetivo, se creó el Fondo de Reserva, el cual ha servido para colaborar en el abono de las pensiones de jubilación en los últimos años.

Asimismo, se ha referencia a la necesidad de mejora de los mecanismos de recaudación y de lucha contra la economía irregular a los efectos de incrementar las cotizaciones de todos los trabajadores.

Por último, se hace referencia a la mejora de las bases de cotización y al seguimiento de la evolución de la cotización.

2. Principios relacionados con la integración de los regímenes especiales

Se declara la necesidad de simplificar e integrar los regímenes especiales. Con este fin se han integrado en 2011 el antiguo régimen especial de las Empleadas del hogar y el régimen especial agrario en el régimen general como sistemas especiales. Por otro parte, los trabajadores autónomos del régimen especial agrario se han integrado en el Régimen de los Trabajadores Autónomos.

También hay que destacar en el marco de este principio la asimilación progresiva de la protección de los trabajadores autónomos con los trabajadores por cuenta ajena. Es decir, la protección dispensada por el sistema de la Seguridad Social a sus afiliados es cada vez más igual, sin que existan grandes diferencias según el régimen en el que se encuentren integrados.

3. Otros principios del sistema

Se hace especial referencia al principio de equidad y el carácter contributivo del sistema. En este sentido, se pone en evidencia la necesidad del mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones, de modo que parece fundamental que las revalorizaciones de los beneficios sean adecuadas a tal fin.

El sistema contributivo tiene que tener en cuenta el principio de solidaridad en el reparto de los beneficios, lo que viene a apuntalar la idea de la limitación de las pensiones máximas con el fin de trasladar el esfuerzo al mantenimiento de las pensiones mínimas.

Hay que poner en evidencia que en materia de pensión de jubilación también se valora la necesidad de modificar la edad de acceso de acuerdo con las necesidades demográficas, lo que fue acometido ya por la reforma de 2013; así como la necesidad de promocionar el sistema complementario de pensiones de acuerdo con el mismo tipo de parámetros.

Autor: Eva María Blázquez Argudo - UC3M

*Exención de responsabilidad por opiniones de terceros
Las opiniones y pareceres firmados por personas independientes dentro de este site se realizan a título personal, sin que BBVA ni cualquiera de las empresas del Grupo tengan que compartir necesariamente la totalidad o parte de las mismas.   

 

Valoración del artículo

2,5 de un máximo de 5 estrellas

  • 5 0%
  • 4 50%
  • 3 0%
  • 2 0%
  • 1 50%

2 votos

1814 visualizaciones

Suscripción al boletín

Si te ha gustado este artículo, suscríbete a la Newsletter

Recogemos tus datos de carácter personal (Nombre/E-mail) con la finalidad de suscribirse al servicio de Newsletter, donde serás informado de las novedades o noticias de interés sobre las actividades que realizamos. Dichos datos serán incorporados a un fichero del que es responsable BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA, S.A. (en adelante “BBVA”)

Conservaremos tus datos personales durante el tiempo de vigencia del servicio, o hasta que nos solicites la baja del mismo.

Quiero suscribirme a la newsletter

Comentarios

Cargando...

julian 23 de febrero de 2018 | 19:08
En los derechos fundamentales no viene la respuesta a mi pregunta. L hare la pregunta de otra forma,¿el futuro acuerdo del Pacto de Toledo es solo para futuros pensionistas o tambien pueden acogerse los actuales pensionistas si asi lo desean? Osea , tiene efecto retroactivo para quienes los deseen?
Instituto BBVA de PENSIONES 23 de febrero de 2018 | 19:11

Estimado Julián,

el Pacto de Toledo es un foro de debate entre grupos parlamentarios. En todo caso, las propuestas serán aprobadas por el Gobierno de turno.

Respecto a su pregunta, le remitimos a nuestra anterior respuesta: las pensiones ya causadas no se recalculan para adaptarlas a las nuevas medidas.

Reciba un cordial saludo.

julian 23 de febrero de 2018 | 09:59
una vez jubilado y cobrando la pension, puedo acogerme a otra forma de calculo de pacto de toledo una vez aprobado, por serme mas favorable?
Instituto BBVA de PENSIONES 23 de febrero de 2018 | 10:43

Estimado Julián,

no es posible. Una vez calculada la pensión no se aplicarían modificaciones.

Reciba un cordial saludo.

07 de enero de 2019

Accede a nuestros simuladores