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¿Cuándo puedo jubilarme a los 65 años y en qué condiciones?

Una de las condiciones para acceder a la pensión de jubilación es el cumplimiento de una edad mínima.
Desde 1919 la edad mínima para jubilarse ha sido los 65 años. No obstante, esta edad ha sido elevada en los últimos tiempos.

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Las posibles razones del incremento de la edad de jubilación

El fundamento para elevar la edad exigida para acceder a la pensión es la necesidad de garantizar la sostenibilidad financiera del sistema de la Seguridad Social.

Por un lado, se ha incrementado el número de pensionistas, dado que la esperanza de vida es cada vez mayor, de modo que paulatinamente se va extendiendo el número de años que los beneficiarios disfrutan de la prestación.

Asimismo, cada vez más trabajadores llegan a esa edad mínima, ya que ha empezado el efecto del “baby boom”, que se acentuará en los próximos años.

Por el otro, se han reducido el número de cotizantes, debido al aumento de la tasa de desempleados por los efectos de la crisis. Esta situación se ha agudizado debido a la reducción de la cuantía de las cotizaciones que ha provocado la bajada generalizada de salarios.

En definitiva, cada vez hay más pensionistas y menos ingresos. Debido a esta realidad se ha incrementado la edad de jubilación hasta los 67 años.

El nuevo límite de edad: los 67 años y su aplicación transitoria

Desde el 1 de enero de 2013 la edad mínima general de jubilación es 67 años.

No obstante, este límite no se aplicará plenamente hasta 2027. Hasta ese momento se aplica una disposición transitoria que eleva la edad de jubilación paulatinamente desde 65 años (2012) hasta 67 años (2027).

Se incrementa la edad a razón de un mes por años hasta 2019 y a partir de 2020 de dos meses.

En concreto, para 2020 es de 65 años y 10 meses.

Pero, ¿es posible seguir jubilándose a los 65 años después de 2013?

Se mantiene la edad de los 65 años para trabajadores con largas carreras de cotización.

No se puede tratar de igual forma a aquellos trabajadores que empezaron a cotizar muy jóvenes. Para premiar su aportación al sistema se les va a permitir seguir manteniendo los 65 años como edad de jubilación.

A estos efectos se entiende como larga carrera de cotización la de aquellos trabajadores que hayan contribuido al sistema durante más de 38 años y medio.

No obstante, esta condición no se aplicará plenamente hasta 2027. Y mientras se aplica también una disposición transitoria que va elevando la exigencia de cotización para mantener el derecho a la jubilación a los 65 años.

En 2013 se empezó exigiendo una cotización mínima de 35 años y 3 meses para conservar el derecho a la pensión a los 65 años, que se eleva a razón de 3 meses por año.

En concreto, para 2020 se están pidiendo 37 años de cotizaciones.

Por último, también es posible mantener la edad legal de jubilación a los 65 años en ciertos supuestos en los que la legislación reconoce la aplicación de la legislación anterior a 2013 al acceso a la pensión de jubilación. 

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21 de enero de 2020

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