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¿Cuántos años necesito cotizar para cobrar el máximo si me jubilo a los 65?

Los que se jubilen a los 65 recibirán la totalidad de su pensión. El requisito de años necesarios para jubilarse a los 65 es mayor que el de años necesarios para cobrar el 100% de la pensión.

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¿Cuántos años necesito cotizar para cobrar el máximo si me jubilo a los 65?

© Carlos Sicre - www.photaki.com

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Para la jubilación ordinaria, la edad legal se encuentra en fase de incremento gradual desde los 65 a los 67 años en el periodo de 2013 a 2027 ( ¿A qué edad llegará mi jubilación?).

Además, existe una escala paralela que determina el paso de los 35 a los 37 años como periodo de cotización necesario para cobrar la totalidad de la prestación correspondiente, también en un intervalo que va desde 2013 hasta 2027. Como norma general, una persona que se retire a la edad legal en cada momento tendrá que haber cotizado un mínimo de 35 años y medio en el periodo de 2013 a 2019, 36 años en el periodo de 2020 a 2022, 36 años y medio de 2023 a 2026 y 37 años a partir de 2027. 
Pero para jubilarse a los 65 con toda la pensión hay que hacer algunas cábalas adicionales. En primer lugar, porque la escala años de cotización mínimos exigidos para jubilarse con esa edad marca un intervalo desde los 35 años hasta los 38 años y medio, desde 2013 hasta 2027 y a razón de un trimestre por año (con repetición en 2026 de la exigencia de 2025, ver cuadro). Así que, en primer lugar, para que una persona se jubile a los 65 años ha de cumplir con esos requisitos.
En segundo término, las normas que se aplican a un jubilado a los 65 para obtener la totalidad de la pensión correspondiente son las mismas que a una persona que se jubila con la edad ordinaria. Sin embargo, esta cifra les sirve de poco, porque para jubilarse a los 65 tendrán, en general, que haber cotizado un número de años superior a los exigidos para cobrar la pensión total (ver cuadro).
Uniendo los dos aspectos (años cotizados necesarios para jubilarse a los 65 y años necesarios para cobrar el 100% de la pensión correspondiente), y considerando que las exigencias suelen ser mayores para jubilarse a los 65 que para cobrar toda la pensión, se concluye que los que se jubilen a los 65 (solo hubo excepción en 2013) recibirán toda la pensión automáticamente (ver cuadro).
JUBILARSE A LOS 65 Y COBRAR TODA LA PENSIÓN
FECHA AÑOS NECESARIOS PARA RETIRARSE A LOS 65 AÑOS NECESARIOS PARA COBRAR EL 100% DE LA PRESTACIÓN AÑOS NECESARIOS PARA RETIRARSE A LOS 65 CON EL 100% DE LA PRESTACIÓN
2013  35 años y tres meses 35 años y seis meses  35 años y seis meses
2014 35 años y seis meses 35 años y seis meses  35 años y seis meses
2015  35 años y nueve meses 35 años y seis meses  35 años y nueve meses
2016 36 años  35 años y seis meses  36 años
2017 36 años y tres meses  35 años y seis meses  36 años y tres meses
2018 36 años y seis meses  35 años y seis meses  36 años y seis meses
2019  36 años y nueve meses 35 años y seis meses  36 años y nueve meses
2020  37 años 36 años 37 años
2021 37 años y tres meses 36 años 37 años y tres meses
2022 37 años y seis meses 36 años 37 años y seis meses
2023 37 años y nueve meses 36 años y medio 37 años y nueve meses
2024 38 años 36 años y medio 38 años
2025  38 años y tres meses 36 años y medio 38 años y tres meses
2026 38 años y tres meses
36 años y medio
 38 años y tres meses
2027 38 años y seis meses 37 años 38 años y seis meses
 Fuente: elaboración propia con datos de la Seguridad Social.      
Por ejemplo, para jubilarse a los 65 con toda la pensión en el año 2022 se necesitarán 37 años y 6 meses cotizados; en el año 2023 se necesitarán 37 y nueve meses cotizados… y así hasta 2027, en los que serán obligatorios 38 años y medio.

Teniendo en cuenta esta normativa, hay que matizar que, en algunos casos, en los que la base reguladora esté por encima del máximo marcado por ley, al trabajador podría compensarle una jubilación anticipada, si las penalizaciones aplicadas siguen garantizando que tiene acceso a la prestación máxima. No obstante, téngase en cuenta la nueva normativa sobre los coeficientes reductores de la jubilación anticipada, sobre que se aplican, y el periodo transitorio para personas con base reguladora superior a la pensión máxima.

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Jose 16 de diciembre de 2020 | 16:52
Buenas tardes. Mi nombre es José. Nací el 22/06/62 y empecé a cotizar a SS en julio de 1987. Por tanto, cuando llegue mi jubilación en 2027 tendría cotizados sobre 40 años y cumpliría con la condición para poder jubilarme a los 65 años (tener cotizados 38 años y 6 meses como minino). Pero Salgo en ERE, y la empresa solo va a cotizar por mi hasta los 63 años (dos años menos), pasando a tener en 2027 38 años cotizados, en lugar de los 40 antes indicados, y no cumpliría con la condición de tener cotizados en 2027 los 38 años y 6 meses. Por lo que entiendo que mi edad de jubilación ya no sería a los 65, sino posteriormente, y por tanto tampoco podría anticipar la jubilación al cumplir los 63, sino más tarde, viéndome obligado a tener que hacer frente a los pagos de la seguridad social unos meses más y dejando de percibir la pensión durante esos meses si quiero jubilarme anticipadamente a los 63 años y medio, Les ruego me confirmen si estoy en lo cierto en lo que le he comentado anteriormente y si existe alguna solución para poderme jubilar anticipadamente justo cuando cumpla los 63 Muchas gracias de antemano.
Instituto BBVA de PENSIONES 29 de enero de 2021 | 20:31

Estimado Jose,

En el caso de tener cumplida una edad inferior en dos años, como máximo, a la edad ordinaria de jubilación y acreditar un período mínimo de cotización efectiva de 35 años, vd. podría acceder a la jubilación anticipada, en cuyo caso le serían de aplicación los coeficientes reductores. Puede vd. consultar información detallada sobre estos requisitos de acceso a la pensión de jubilación, documentación necesaria y trámite de solicitud, a través de la página web www.seg-social.es.

Un cordial saludo.

 

Francisco Jose 12 de noviembre de 2020 | 20:05
Hola tengo 56 años y 39 años cotizados, tengo una pequeña empresa y la tengo que cerrar. ¿A que edad me puedo jubilar y que tanto por ciento me quedará ni no consigo trabajar?. Saludos
Instituto BBVA de PENSIONES 27 de enero de 2021 | 13:17

Estimado Francisco Jose,

Para acceder a la pensión de jubilación en 2021 con la edad de 65 años es necesario acreditar un período de cotización de 37 años y 3 meses. En el caso de acreditar un período inferior al referido, la edad exigida para acceder a la pensión es de 66 años. Puede consultar los requisitos de acceso a la jubilación a través de la web http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10963/28393/28396/28472.

Un cordial saludo. 

rafael serrano hoyos 31 de octubre de 2020 | 19:44
no lo entiendo. En mi caso al cumplir los 65 años en 2021 tendré cotizados 37 años y 28 dias. Puedo o no puedo jubilarme al cumplir los 65 años con el 100% de la base reguladora, o tengo que tener cotizados 37 años y 3 meses
Instituto BBVA de PENSIONES 25 de enero de 2021 | 17:59

Estimado Rafael,

Para acceder a la pensión de jubilación en 2021 con la edad de 65 años es necesario acreditar un período de cotización de 37 años y 3 meses. En el caso de acreditar un período inferior al referido, la edad exigida para acceder a la pensión es de 66 años. Puede consultar los requisitos de acceso a la jubilación a través de la web http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10963/28393/28396/28472.

Un cordial saludo 

Begoña 24 de octubre de 2020 | 22:08
Hola tengo 55años, cotizados 32 . Podría prejubilarme con 63 años? Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 25 de enero de 2021 | 17:35

Estimada Begoña,

Le recomendamos solicite vd. ante la Seguridad Social  que le realicen de forma gratuita un estudio personalizado de su futura pensión, puede contactar por teléfono 901 16 65 65 o si lo prefiere en su página web www.seg-social.es

Un cordial saludo! 

Jose Miguel 14 de septiembre de 2020 | 19:20
Hola .Tengo61 años y coccedido el subsisio por desempleo mayores de 52 55 años que cotiza por la minima base hasta el 2 de octubre de 2024 en el que cumplo 65 años.para entonces con los 34 y dos meses que tengo actuales tendre 38 años y dos mesesefectivos por esta cotizacion del subsidio hasta la edad real de jubilacion .Mi pregunta es :Me podre jubilar el 2 de octubre del 2024 con esos 38 años y dos meses?? Y teniendo ya los 65 años ???
Instituto BBVA de PENSIONES 15 de noviembre de 2020 | 19:20

Estimado Jose Miguel,

 Si en el 2024 acredita vd. una cotización de 38 años o más, efectivamente podrá jubilarse a los 65 años de edad, de acuerdo a la normativa actual sobre esta materia.

Un cordial saludo, 

Enrique 10 de agosto de 2020 | 18:40
Hola, ahora mismo tengo 60 años y tengo cotizado 28 años, si me jubilo a los 65, serian 32 años cotizados, que cobraria? Tengo una nomina media de 1000 euros. Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 28 de septiembre de 2020 | 23:33

Estimado Enrique,

 Para la realización de un cálculo o simulación detallado de su futura pensión de jubilación, debe vd. contactar vd. con la Seguridad Social por teléfono 901 16 65 65 o si lo prefiere en su página web www.seg-social.es.

Un cordial saludo, 

Lorenzo 18 de mayo de 2020 | 15:21
Hola tengo 61 años, llevo trabajando 6 años, cuándo cumpla 65 ya tendré 10 años cotizados, puedo obtener una jubilación mínima?
Instituto BBVA de PENSIONES 22 de mayo de 2020 | 08:04

Buenos días Lorenzo:

Para jubilarse formalmente en España y cobrar una pensión pública contributiva (es decir, derivada de las propias cotizaciones a la Seguridad Social y no de un régimen asistencial), los ciudadanos han de cumplir cuatro condiciones fundamentales: estar afiliados en la Seguridad Social, haber cumplido la edad mínima de jubilación (67 años en 2027, o 65 si se han cotizado 38 años y medio), haber cotizado al menos 15 años y encontrarse en situación de hecho causante de jubilación según los estándares legalmente establecidos.

 Un cordial saludo

Julio Pozo 11 de febrero de 2020 | 23:33
En 2022 hago 65 y 36 cotizados. Tengo una base imponible alta de unos 3700 ¿con cuánto me jubilo?
Instituto BBVA de PENSIONES 22 de febrero de 2020 | 21:09

Estimado Julio.

 Desgraciadamente, el concreto cálculo de cuantías prestacionales excede, por diversas razones, de nuestro ámbito de actuación. No obstante, para ayudar a solventar su duda, BBVA pone su disposición el simulador Mi Jubilación, en el cual, introduciendo los datos pertinentes, puede proyectar las diferentes situaciones que le sean de su interés.


Un cordial saludo.

Francisca Rebolo RODRÍGUEZ 09 de febrero de 2020 | 20:11
En abril de 2020 cumplo 65 años. Tengo 18 años cotizados. Cuando me puedo jubilar? Y cuanto cobrar? Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 22 de febrero de 2020 | 02:39

Estimada Francisca.

 En tanto para no sufrir retrasos en la edad legal de cotización al cumplir los 65 años hubiera de haber cotizado al menos 37 años, dicha edad se desplazará hasta los 65 años y 10 meses.

En cuanto a lo segundo,  desgraciadamente, el concreto cálculo de cuantías prestacionales excede, por diversas razones, de nuestro ámbito de actuación. No obstante, para ayudar a solventar su duda, BBVA pone su disposición el simulador Mi Jubilación, en el cual, introduciendo los datos pertinentes, puede proyectar las diferentes situaciones que le sean de su interés.


Un cordial saludo.

jose antonio gutierrez martinez 26 de enero de 2020 | 21:37
hola tengo 43 años cotizados,termino contrato el 20 de diciembre 2020,con 10 meses en el paro, me puedo jubilar en octubre del 2021 que cumplo 63 años con el 100x100?
Instituto BBVA de PENSIONES 31 de enero de 2020 | 03:40

Estimado Jesús.

 Dado su extenso periodo de cotización, podrá acceder a la jubilación anticipada voluntaria a los 63 años y, aunque por la misma razón, el porcentaje aplicable a su base reguladora sería del 100%, la cuantía resultante se verá afectada por el coeficiente reductor correspondiente e inherente al acceso a la jubilación anticipada.

Un cordial saludo. 

30 de agosto de 2022

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