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Declaración de la Renta 2022: calendario de presentación y obligados a declarar

El plazo de presentación de la Declaración de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) 2022 se inicia el próximo 11 de abril de 2023, y finalizará el 30 de junio. Informamos sobre las fechas a tener en cuenta, y sobre quienes están obligados a presentar la Declaración de Renta 2022 y quienes no.

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Declaración de la Renta 2022: calendario de presentación y obligados a declarar

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Calendario y formas de presentación de la Declaración de Renta 2022

  • Por Internet. Desde el 11 de abril hasta el 30 de junio de 2023, se puede realizar la presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2022. Para presentar la declaración on-line, el contribuyente debe disponer de cl@ve PIN , número de referencia o certificado digital.
  • Por teléfono. Desde el 5 de mayo hasta el 30 de junio de 2023, la Agencia Tributaria podrá confeccionar por teléfono, a los contribuyentes interesados, su declaración de Renta 2022 (será necesaria la solicitud de cita previa, que se puede pedir desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio). Para ello el contribuyente contará con la ayuda de un gestor de Agencia Tributaria.
  • En oficinas de la Agencia Tributaria. Desde el 1 al 30 de junio de 2023, la Agencia Tributaria podrá confeccionar, a los contribuyentes que así lo quieran, su declaración de Renta 2022 presencialmente en sus oficinas (necesaria solicitud de cita, que se puede pedir desde el 25 de mayo hasta el 29 de junio).
El 27 de junio de 2023 finaliza el plazo de las declaraciones con resultado a ingresar (domiciliación bancaria). El 30 de junio de 2023 finaliza la campaña de la Renta (fecha límite de la Declaración de la Renta).

Para ser atendido por la Agencia Tributaria tanto por teléfono como presencialmente, se debe concertar previamente cita, por Internet o llamado a los siguientes números de teléfono: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.

En campaña de la Renta 2021, Internet fue la modalidad seleccionada por el 92% de los contribuyentes.

Quienes están obligados a presentar la Declaración de la Renta 2022

Tienen obligación de declarar los contribuyentes que obtengan rendimientos íntegros del trabajo que superen 22.000 euros anuales, si proceden de un único pagador. Entre los mismos se incluyen también, entre otras, las pensiones y haberes pasivos, así como las pensiones compensatorias y las anualidades por alimentos.

También están obligados a declarar aquellos contribuyentes cuyos rendimientos íntegros del trabajo, siendo inferiores a 22.000 euros, superen los 15.000 euros anuales y procedan de más de un pagador, y los rendimientos percibidos del segundo y restantes pagadores superan en su conjunto la cantidad de 1.500 euros anuales.

Novedad: El límite de rendimientos íntegros para dos o más pagadores se ha incrementado desde los 14.000 euros aplicables en 2021 a los 15.000 aplicables en 2022.

Asimismo, tienen obligación de declarar aquellos contribuyentes cuyos rendimientos íntegros del trabajo superen los 15.000 euros, cuando:

  • Perciban pensiones compensatorias del cónyuge.
  • Perciban anualidades por alimentos que no estén exentas. Están exentas las anualidades por alimentos percibidas de los padres en virtud de decisión judicial.
  • El pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener (por ejemplo, pensiones procedentes del extranjero).
    Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo a tipo fijo de retención.

Además, están obligados a presentar declaración de IRPF 2022, quienes hayan obtenido:

  • Rendimientos íntegros del capital mobiliario (*) y ganancias patrimoniales (**), sometidos a retención o ingreso a cuenta, superiores en su conjunto a 1.600 euros anuales.

    (*) rendimientos del capital mobiliario: dividendos de acciones, intereses de cuentas, de depósitos o de valores de renta fija, etc.
    (**) ganancias patrimoniales: ganancias derivadas de reembolsos de participaciones en fondos de Inversión, compraventa de acciones, premios por la participación en concursos o juegos, etc.
  • Rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros de capital mobiliario no sujetos a retención derivados de Letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, superiores al límite conjunto para todas ellas de 1.000 euros anuales.

Simulador de Declaración de la Renta 2022

En este simulador Web Open de la Agencia Tributaria , podrás simular, sin necesidad de identificarte, si la declaración de la Renta te sale a pagar o devolver, y en qué importes.

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03 de abril de 2023

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