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El plan de pensiones adecuado para un trabajador cercano a su jubilación

La cercanía a la jubilación exige mucha prudencia a la hora de asumir riesgos y hacer prevalecer el principio de preservación del capital

Tiempo de lectura: 3 minutos

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El plan de pensiones adecuado para un trabajador cercano a su jubilación

© Ryan Holloway - www.unsplash.com

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La fase final de la planificación de la jubilación es especialmente delicada, en el sentido de que nuestro objetivo se encuentra a la vuelta de la esquina y debemos gestionar con cautela un ahorro que hemos ido acumulando (y posiblemente haciendo crecer a través de las inversiones) durante décadas. El tiempo es un factor fundamental en la planificación financiera. Cuando contamos con un horizonte temporal por delante muy dilatado, es posible asumir riesgos en activos más volátiles pero que a la larga son más rentables. El tiempo es margen de maniobra y el tiempo permite amortiguar esa volatilidad que en plazos más cortos tienen dichos activos. De hecho, es necesario asumir riesgos en las etapas en las que podemos hacerlo para compensar las menores rentabilidades que vamos a obtener en los periodos en los que no disponemos de margen para asumir riesgos.

Y esa etapa en la que se debe evitar asumir riesgos es precisamente la que comprende los años previos a la jubilación. Este hito es la meta de un objetivo de ahorro de varias décadas y no puede comprometerse el esfuerzo de tantos años por una errónea gestión en la fase final.

En esta etapa, que podríamos determinar que empieza entre siete y cinco años antes de jubilarse, debemos asumir que el 95% del objetivo de rentabilidad ha sido cubierto por la gestión previa, y que la máxima en este momento es preservar el capital.

¿Qué entendemos por preservar el capital? Eliminar riesgos de manera prácticamente total con el objetivo de no incurrir en pérdidas. Un segundo objetivo, también importante, es tratar de batir a la inflación en estos años que restan a la jubilación. La inflación es un enemigo silencioso, que en ocasiones se obvia al hacer balance de las inversiones, y que va minando el poder adquisitivo de nuestro ahorro sin que nos demos cuenta. Un año de rentabilidad nula con una inflación a niveles del 2% equivale a que somos un 2% más pobres.

En qué plan posicionarse en los años previos a la jubilación

Con estas premisas, un partícipe de planes de pensiones que se acerque a su jubilación deberá estar invertido en activos sin riesgo. Existen varias opciones:

  • Planes de pensiones de renta fija, fundamentalmente que inviertan en activos de alta calidad crediticia y en economías desarrolladas, y que inviertan en la zona euro o si lo hacen en otras divisas, que la exposición a las mismas se encuentre cubierta.
  • Planes de pensiones garantizados con vencimiento próximo a la jubilación. Pueden ser garantizados de renta variable, que ofrecen recuperar el 100% de la inversión y un potencial rendimiento adicional ligado a la evolución de activos como la renta variable, o garantizados de renta fija, que suelen garantizar una rentabilidad mínima a vencimiento.
  • Planes de pensiones de ciclo de vida. Estos planes adaptan su política de inversión y su exposición al riesgo en función del tiempo que quede hasta la fecha objetivo a la que están referenciados. Cuanto más cerca, menor riesgo. Esa fecha debe ser cercana a la fecha de jubilación del partícipe. Es la forma más sencilla de gestionar el ahorro y, sobre todo, la evolución del mismo al paso del tiempo, que queda delegado en los gestores del plan.
  • Planes de pensiones perfilados, en modalidad conservadora. Estos planes se adaptan a las necesidades de un inversor conservador, y los gestores irán tomando decisiones de inversión en función de la coyuntura, pero siempre dentro de unos límites en cuanto al riesgo asumido. El peso en cartera de los activos de riesgo está topado, en planes conservadores, a niveles muy bajos.

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Comentarios

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Eduardo 07 de junio de 2019 | 13:35
Los años de subsidios solo cuentan para completar la edad para la jubilación o valen también para que sumen a lus otros años cotizados y poder disminuir los coeficientes reductores por jubilación anticipada
Instituto BBVA de PENSIONES 07 de junio de 2019 | 19:07

Estimado Eduardo.

Con la nueva modificación de hace unos meses, ahora también cuentan para la jubilación anticipada. 

Un cordial saludo

Federico Merino 08 de febrero de 2018 | 22:11
Estimados Srs, veo muy positivo cualquier ahorro que se pueda hacer pensando en un futuro. Es una siembra que antes o después se va a recoger. Pero les ruego me corrijan si estoy en el error. Me explico: Cuando estoy en periodo de vida laboral de mi sueldo con mucho esfuerzo y tras haber tributado a Hacienda su IRPF correspondiente, ahorro en un plan de pensiones o previsión lo he conseguido no gastar.....y cuando llega el momento de mi jubilación o del terrible desempleo y tengo que rescatar ese ahorro que tanto me ha costado acumular, Hacienda me dice que lo considera rendimientos del trabajo y tengo que volver a pagar por ese supuesto rendimiento del trabajo ( que ironia para el pobre desempleado, ya quisiera el estar trabajando), o sea que pago doblemente un impuesto ,IRPF, sobre el mismo ahorro. Lo podria entender si me pidieran pagar sobre las plusvalias obtenidas.... pero no sobre la totalidad del rescate. En fin, o estoy equivocado o no llego a entenderlo, si eso puede ser legal. Muchas gracias y felicidades por este foro tan interesante.
Instituto BBVA de PENSIONES 09 de febrero de 2018 | 10:43

Estimado Federico,

es por supuesto una medida legal, lo que no quita que personalmente puedan entenderse otras formas de tributación más adecuadas.

Es cierto que los planes de pensiones tributan por la totalidad en el momento del rescate (la reducción del 40% se encuentra en fase de desaparición), si bien frente a otros vehículos de ahorro permiten desgravar anualmente las aportaciones (hasta 8.000 euros) en IRPF.

A lo largo de la vida de un plan de pensiones, que cubre un objetivo de ahorro de varias décadas, la desgravación acumulada con sus potenciales desgravaciones genera una cantidad nada desdeñable. Además, la desgravación suele hacerse a un tipo mayor que aquel por el que se tributa en el momento del rescate. La clave, elegir correctamente la fórmula de rescate, que fiscalmente pasa por evitar el rescate en forma de capital y optar por la percepción en forma de rentas mensuales.

Reciba un cordial saludo.

Antonio 08 de febrero de 2018 | 18:25
Buenas tardes, tal y como se encuentra el mercado que pivota alrededor de la renta fija, no sería lógico que, cuando uno se jubila, sobre los 65 años, la esperanza de vida se puede estimar hasta los 75 años, ¿no sería adecuado mantener una parte de lo ahorrado en renta variable, ya que excede el plazo de los 5 años? y así poder sacar más partido , y esa parte de R.V, ir pasando a posiciones más conservadoras, es decir, no pararnos en los 65 años, pensar que como mínimo todavía quedan 10/15 años, que si destinamos a R.F., solo la inflación ira mermando nuestra situación financiera.
Instituto BBVA de PENSIONES 08 de febrero de 2018 | 18:30

Estimado Antonio,

correcto. Con la salvedad además de que en España la esperanza de vida no es de 75 años, sino de 83,3. Lo tratamos en el siguiente artículo:

Cómo invertir tu ahorro una vez alcanzada la jubilación

Reciba un cordial saludo.

Antonio Fleixas 08 de febrero de 2018 | 17:57
Considero que lo indicado en el artículo es correcto pero cabe realizar dos advertencias. Un Plan de renta fija en función de la duración de las inversiones implica un riesgo significativo. Por otra parte en España se suele considerar como fecha de finalización del plan la fecha de jubilación, en otros países en tanto un plan de pensiones se utiliza para generar un flujo de rentas durante el retiro se considera que el plan tendrá una duración muy superior, hasta finalizar la esperanza de vida a la edad de jubilación (unos veinte años más)
Instituto BBVA de PENSIONES 08 de febrero de 2018 | 18:00

Estimado Antonio,

bienvenido al foro y gracias por su exposición.

Reciba un cordial saludo.

RAUL 08 de febrero de 2018 | 14:07
Me encuentro actualmente , rescatando un plan de pensiones por desempleo de larga duración , he consultado la siguiente situación en la delegación de agencia tributaria y no han sabido responderme. Si yo rescato un plan de pensiones en el 2018 por la contingencia de desempleo de larga duración , ¿puedo aportar a otro plan de pensiones en el mismo año para la contingencia de mi futura jubilación y deducirme esta aportación en la declaración de hacienda del 2018. En el caso afirmativo podría seguir rescatando mi plan en el 2019 y en el 2020. por desempleo de larga duración. los srs de hacienda ha dudado ya que estamos hablando de dos contingencias diferentes y seria receptor de una contingencia y emisor de otra diferente, gracias por su asesoramiento
Instituto BBVA de PENSIONES 08 de febrero de 2018 | 17:22

Estimado Raúl,

no podría realizar aportaciones. Artículo 11.5 del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones:

"La percepción de los derechos consolidados por enfermedad grave o desempleo de larga duración será incompatible con la realización de aportaciones a cualquier plan de pensiones, salvo las que resulten obligatorias o vinculadas a las del promotor de un plan de empleo."

Reciba un cordial saludo.

Antonio 07 de febrero de 2018 | 17:50
- Indudablemente lo que ponen en este post es como lo del cascabel al gato, el problema es como en el cuento, que mucho discernir pero al final no se encontró la persona que ponga el cascabel, mejor dicho el ratón. Por eso creo sinceramente que falta lo importante "mojarse". Le pongo un ejemplo trabajador que tiene previsto comenzar a "realizar la prestación de su plan de pensiones" en forma de renta en un periodo de 5 años comenzando en el año 2019 y terminara por tanto en el 2024. Que plan de pensiones de la marca BBVA podría contratar para que se le garantice el capital invertido y una rentabilidad para salvar la inflacionario del 2% anual que comenta hasta el fin del periodo de rescate.
Instituto BBVA de PENSIONES 07 de febrero de 2018 | 19:30

Estimado Antonio,

Mi Jubilación es una iniciativa centrada exclusivamente en el ámbito divulgativo y formativo. No entramos en productos concretos ni en propuestas comerciales. Le recomendamos para ello acceder a la web de productos o visitar cualquier oficina.

Reciba un cordial saludo.