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He cotizado en España y vuelvo a mi país: ¿Puedo solicitar el reembolso de mis cotizaciones?

Explicamos cómo deben proceder aquellos extranjeros que cotizan o han cotizado en España

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He cotizado en España y vuelvo a mi país: ¿Puedo solicitar el reembolso de mis cotizaciones?

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La movilidad laboral internacional es un fenómeno en auge. La inquietud por desarrollar una carrera profesional multicultural en algunos casos y la opción para encontrar una salida al desempleo en el mercado actual mueven a muchos trabajadores a buscar nuevos horizontes profesionales en otras latitudes.

España ha sido tradicionalmente un país con poca vocación migratoria, incluso a nivel nacional, donde un porcentaje reducido de los trabajadores estaba dispuesto a aceptar ofertas de trabajo en una ciudad que no fuese la suya. Los niveles de desempleo en los últimos años han revertido esta tendencia, y a nivel internacional ha ocurrido lo mismo: jóvenes con un perfil más internacional y con mejor dominio de los idiomas se han ido incorporando al mercado laboral con una predisposición mucho más alta para trabajar en el extranjero.

Nuestro país es también un actor importante en este mercado y cada vez atrae más talento en base a un tejido empresarial cada vez más internacional y competitivo y a factores extra laborales como el clima, la calidad de vida y la cultura.

No perder de vista la jubilación

Uno de los factores más importantes a tener en cuenta a la hora de iniciar una etapa profesional en un país diferente, y que con frecuencia se pasa por alto, es el impacto que esos años fuera del país de origen pueden tener en la futura jubilación.

Los convenios internacionales afianzan los derechos respecto a la jubilación

Para garantizar el reconocimiento recíproco de los periodos de cotización, asegurando así la continuidad de las cotizaciones, y que no se vea penalizada la cuantía de la pensión, España mantiene diversos convenios bilaterales , principalmente con países de América Latina, Estados Unidos, Canadá, Rusia, algunos países de África, o Corea. Por supuesto, también aplican los Reglamentos Comunitarios en el ámbito de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo y Suiza.

La Seguridad Social en España

El sistema público de pensiones está gestionado por el Estado con el objetivo de garantizar la protección social ante determinadas situaciones de necesidad como el accidente, enfermedad, pérdida de empleo, cese de la actividad por jubilación, entre otras. El sistema principalmente es contributivo, de modo que es precisa la cotización a dicho sistema para obtener la protección regulada para cada situación de necesidad. La afiliación es obligatoria y única para la vida de la persona y para todo el sistema, mientras que el alta debe solicitarse cada vez que se realiza una actividad laboral y en un régimen concreto. Desde ese momento, la cotización es obligatoria hasta el cese de dicha actividad.

Regreso a mi país: ¿Puedo recuperar lo cotizado?

A diferencia de lo que ocurre en otros países como Chile, en el que un extranjero que ha cotizado allí y retorna a su país puede solicitar la retirada de fondos aportados a la AFP (Administradora de Fondos de Pensiones), las cotizaciones a la Seguridad Social española no son reembolsables en ningún caso. Dichas cotizaciones servirán para causar derecho a una pensión de jubilación a la edad que corresponda siempre que se acrediten los requisitos exigidos:

  • Haber cotizado un mínimo de 15 años.
  • Acreditar al menos dos años de cotizaciones en el intervalo de 15 años inmediatamente anteriores a causar el derecho.

Quienes hayan trabajado en España pero sus cotizaciones no permitan alcanzar estos requisitos, podrán hacer valer para tal fin las cotizaciones realizadas en su país o en un tercer país siempre que éstos mantengan un convenio bilateral con España o pertenezcan al ámbito de aplicación de los Reglamentos Comunitarios  

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Comentarios

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Abdelkader 01 de mayo de 2020 | 16:14
Hola no tengo ningún comentario. Pero tengo una pregunta. Tengo 10 años cotizados en españa. Puedo renunciar a estos 10 años a cambio de una cantidad de dinero?
Instituto BBVA de PENSIONES 05 de mayo de 2020 | 16:12

Estimado Abdelkader:

En relación a su consulta indicarle que no es posible la renuncia de los años cotizados  por una compensación económica.

Un cordial saludo. 

Christopher ahumada 23 de abril de 2020 | 03:19
Hola Soy chileno retornado de España hace 7 años ,he cotizado 13 años en España y me voy a quedar en chile, tengo algún beneficio
Instituto BBVA de PENSIONES 12 de mayo de 2020 | 05:19

Estimado C

Poseerá los derechos que aparezcan reconocidos recíprocamente en el convenio bilateral en materia de Seguridad Social existente entre ambos países: http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/32078/32253/963.

En ese sentido, en cualquier caso, los años cotizados en España no le alcanzan, por sí sólos, para obtener una prestación de jubilación a cargo del sistema de este país.

Un cordial saludo. 

Johana Reyes 22 de abril de 2020 | 09:10
Viví hace 10 años en España y trabajé cerca de 6 años allá, posteriormente me vine a vivir a Chile y quisiera saber si dejé algún importe como una pensión o cotización, en los años en que trabajé en España estuve en nómina con todos los beneficios de ley, por favor indicarme que podría hacer, soy de nacionalidad peruana pero resido en Chile.
Instituto BBVA de PENSIONES 27 de abril de 2020 | 18:08

Estimada Johana.

Efectivamente, a través del mecanismo de la "totalización" recogido en los diferentes convenios bilaterales en materia de Seguridad Social que España tiene firmados (http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/32078/32253), podrá exportar las cotizaciones realizadas en este país a efectos de causar una única prestación en un único país aunque abonada proporcionalmente por aquellos en los que se ha cotizado.

Un cordial saludo. 

Jimena 03 de abril de 2020 | 23:37
Buenas tardes, He trabajado en España 1 año ahora trabajo en Luxemburgo, mi pregunta es si puedo recuperar mi año cotizado en España para que sea contabilizado en Luxemburgo cuando me jubile ? Y cuáles son pasos a seguir en caso que sea posible. Muchas gracias por su atención. Jimena
Instituto BBVA de PENSIONES 06 de abril de 2020 | 22:31

Estimada Jimena.

 Efectivamente, puede solicitar la totalización de sus periodos de cotización realizados en ambos países en uno sólo de ellos a efectos de consituir uno único para optar a prestaciones exclusivamente en éste. Y ello en base a la normativa comunitaria: http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/32078/966.

En tanto desea exportar a España sus cotizaciones realizadas en Luxemburgo, habrá de solicitar la totalización en España ante el INSS, que iniciará los trámites de contacto con la Administración competente de Luxemburgo.

Un cordial saludo. 

Edmundo 06 de marzo de 2020 | 16:44
Hola soy Edmundo, y he trabajado en Ecuador y tengo un años cotizados, pero actualmente vivo En España y qusiera saber si me quiero jubilar en España si se pueden traspasar la aportacion voluntaria de Ecuador a España. Muchas gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 18 de marzo de 2020 | 22:00

Estimado Edmundo.

Efectivamente, dicha posibilidad está contemplada en el convenio bilateral en materia de Seguridad Social existente entre ambos países (http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/32078/32253/929).

En ese sentido, le recomendamos, dada la habitual dilación de estos trámites, que los inicie ante el INSS sin demorarse excesivamente en el tiempo.

Un cordial saludo. 

Armando 22 de febrero de 2020 | 18:46
Cobrar la pension de jubilación española en el extranjero supone tener que soportar una retención mayor en el erpf que dentro de españa ?
Instituto BBVA de PENSIONES 25 de marzo de 2020 | 23:51

Estimado Armando.

Al ser la suya una consulta netamente tributaria, le recomendamos que consulte directamente ante la AEAT.

Un cordial saludo. 

María Danuletiu 14 de febrero de 2020 | 23:48
Mi marido tiene 60 años pero en España ha cotizado uno 10años y en Rumanía otros 10 puede pedir la jubilación anticipada ? Donde hay que ir para tramitar ? Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 23 de febrero de 2020 | 17:15

Estimada María.

Aunque su marido, en base a la normativa comunitaria procediera, incluso, a la totalización de los periodos de cotización realizados en España y Rumanía, no podría optar a la jubilación anticipada en ninguna de sus modalidades actualmente.

La razón de ello es que la modalidad involuntaria exige un mínimo de 33 años cotizados, mínimo que se eleva hasta los 35 para el caso de la voluntaria.

Un cordial saludo. 

Reena Arora 14 de febrero de 2020 | 09:38
Buenos Dias Soy de nacionalidad India y mi padre estuvo en España trabajando y cotizando unos 15 años y luego en el año 1996 volvimos a India. Mi padre tiene 62 años , puede él solicitar las prestaciones de pension a los 65 años con reembolso en India ??
Instituto BBVA de PENSIONES 23 de febrero de 2020 | 14:15

Estimado Reena.

En primer lugar, precisarle que, en ningún caso, se procede al reembolso de las cantidades cotizadas.

Lo que puede realizarse, normalmente, es solicitar, en el país en el que se quiera causar la prestación, la totalización de periodos de cotización realizados en ambos países.

Sin embargo, a estos efectos, India y España no disponen de Convenio Bilateral en materia de Seguridad Social que permita dicha opción.

Un cordial saludo. 

Sarah Anton 13 de febrero de 2020 | 15:40
Buenos dias Tengo actualmente 53 anos y trabajo en Suiza. Pero desde mis 24 a mis 48 anos he cotizado y trabajado en Espana. Obviamente no voy a jubilarme ahora pero nececito tener claro que todo lo que he cotizado en Espana podre tenerlo entonces. Me preocupa mucho haber leido que para obtener la pension espanola tengo que : "Acreditar al menos dos años de cotizaciones en el intervalo de 15 años inmediatamente anteriores a causar el derecho". Ya que no pienso regresar a Espana. Que significa eso? que pierdo todo? es inaudito gracias por informarme
Instituto BBVA de PENSIONES 23 de febrero de 2020 | 03:59

Estimada Sarah.

 Dicho requisito impone que, una vez cumplido el requisito de carencia genérica, es decir, haber cotizado, al menos, 15 años al conjunto del sistema, se ha de cumplir también con el requisito de "carencia específica", es decir, que, de esos al menos 15, también al menos 2 han de estar comprendidos en los concretos de años naturales a encontrarse en disposición de solicitar la prestación.

Con ello se pretende, precisamente, evitar los casos de sujetos que, habiendo cotizado tiempo atrás a la jubilación, con bases de cotización bajas dados los menores salarios nominales por una cuestión meramente temporal, accedan en el presente a prestaciones nominales comparativamente más elevadas por la revalorización de oficio a que se someten el conjunto de las cotizaciones realizadas. Por tanto, sin cumplir ese requisito "específico", las cotizaciones realizadas al sistema español no le permitirían optar a una prestación de jubilación otorgada por el mismo.

No obstante, siempre puede, en virtud del convenio bilateral entre Suiza y España, solicitar la totalización de periodos de cotizacion entre ambos países a efectos de que las  cotizaciones españolas puedan incrementar, eventualmente, la cuantía de las prestaciones a obtener en Suiza.

Un cordial saludo. 

andres calero 11 de febrero de 2020 | 19:51
hola trabaje en españa 10 años y los cotice ahora me devolvi para mi pais colombia y quiero saber si como ya complete la edad puedo pedir la devolucion de mis aportes en españa
Instituto BBVA de PENSIONES 22 de febrero de 2020 | 20:15

Estimado Andrés.

Las cotizaciones a la Seguridad Social española no son reembolsables en ningún caso.

 

Sin embargo, lo que sí es posible es solicitar ante la autoridad colombiana competente (http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/InformacionUtil/32078/32253/931/953) la totalización de los periodos de cotización realizados en ambos países a efectos de causar una única prestación en uno sólo de los países.

 Un cordial saludo.