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He cotizado siempre por la base máxima, ¿cuál será mi pensión?

En el sistema de Seguridad Social  español, con nacimiento en diversos momentos históricos, se han venido manteniendo dos efectos radicalmente opuestos pero insertos en el mismo concepto de contributividad.

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He cotizado siempre por la base máxima, ¿cuál será mi pensión?

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Efectos de la contributividad

Los efectos que se generan respecto de la contributividad son:

a) Efectos que son el resultado de que haya ciertas reglas que flexibilizan la aplicación estricta del principio de proporcionalidad entre contribuciones y prestaciones.  De este modo, es posible que se computen en la base reguladora de la pensión o en el porcentaje aplicable a la misma, periodos no cotizados o valores ficticios de cotización.

De forma que la cuantía resultante sea superior a la que correspondería de aplicarse reglas estrictas de proporcionalidad.

b) Y en sentido inverso, cabe que la cuantía que sea resultado de la aplicación de las reglas de cálculo de la pensión de jubilación sea topada, y por lo tanto la pensión efectivamente percibida es inferior a la que correspondería si no se aplicaran reglas correctoras.  

En sendos casos, el principio de contributividad es el resultado de la relación de la proporcionalidad matemática y del principio de solidaridad inherente al propio sistema de protección social.

He cotizado siempre por la base máxima

Pues bien, en el supuesto de que se perciba una prestación inferior a la proporcionalmente dotada contributivamente se enmarca la situación estándar de aquellos asegurados que han cotizado siempre por la base máxima de cotización (para 2019 está fijada en 4.070,10 euros mensuales), y /o acreditan largos periodos de cotización que les hace generar derechos del 100% de la base reguladora o incluso de un porcentaje superior.

A ellos, aunque la cuantía de pensión sea función inicialmente de sus bases máximas,  se les aplicaría el tope de la pensión máxima (2.683,34 euros mensuales en 2020) y verían en consecuencia rebajada la pensión efectivamente percibida.

Ese efecto negativo se agudiza cuando se generan prestaciones públicas concurrentes (como la de viudedad, por poner un ejemplo común)  y es necesario minorar alguna de las pensiones.

Flexibilización progresiva de la contributividad

Es cierto que, si se observa la evolución tanto de los salarios cuanto de la aplicación de las reglas de cálculo de la pensión de jubilación, en el medio y largo plazo (cuando concluya el calendario de aplicación progresiva previsto en la Ley General de la Seguridad Social) es probable que el impacto del tope de pensión máxima pueda suavizarse.

Por varias razones, todas ligadas a la evolución del mercado de trabajo, cabe que:

a) no se alcancen pensiones de cuantía completa (100% de la base reguladora) porque sea difícil acreditar largos periodos de cotización,;

b)  al aplicar reglas de cálculo de la base reguladora (que comprenden un número considerable de mensualidades de cotización inmediatamente anteriores al hecho causante (300), a las que se aplica un denominador de cierta importancia (350),   resulten cuantías inferiores al tope;

c) se pueda generalizar el trabajo a tiempo parcial con las consecuencias reflejas al calcular las pensiones de jubilación.

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Comentarios

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Jorge 29 de agosto de 2015 | 09:32
Hola, cotizando por la base máxima, cuantos años se requieren para que te quede la pensión máxima, y que porcentaje te restan por cada año de menos que hayas cotizado? Gracias.
Instituto BBVA de PENSIONES 29 de agosto de 2015 | 13:55

Estimado Jorge,

bienvenido al foro.

Actualmente el 100% de la base reguladora se alcanza con 35 años y medio de cotizaciones. Hay una norma transitoria que eleva estos años gradualmente hasta quedar fijado en 37 años en 2027.

Con menos años cotizados, se deberá aplicar la fórmula correspondiente según se explica a continuación:

Base reguladora

Un cordial saludo.

quim 13 de agosto de 2015 | 11:20
Gracias por la pronta respuesta. Como es la primera vez que empiezo a revisar estos temas, tengo otras duda, este importe es en bruto o en neto ?? si es bruto se aplica un porcentaje fijo de retención ?? (hay retención??) De nuevo muchas gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 13 de agosto de 2015 | 16:57

Estimado Quim,

se trata de importes brutos sobre los que se aplicaría la retención que le correspondiese en función de sus circunstancias económicas y personales.

Un cordial saludo.

quim 12 de agosto de 2015 | 22:54
La pensión máxima de 2560.88€ es por 12 pagas (30730.56€) o 14 pagas (35852.32), ya que la base de cotización máxima (3606€) es por 12 pagas (43272€) Saludos y gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 13 de agosto de 2015 | 09:58

Estimado Quim,

bienvenido al foro.

La pensión máxima anual para el año 2015 es de 2.560,88 euros brutos mensuales en 14 pagas (35.852,32 en cómputo anual).

Un cordial saludo.

21 de enero de 2020

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