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Impacto en las pensiones de la brecha salarial de género y la interrupción de la carrera profesional

El principio de contributividad penaliza a las mujeres, ya que su vida profesional de cotización es más intermitente. Las funciones de cuidado, que han asumido tradicionalmente, han frenado su promoción profesional. Esta situación influye en su protección en el sistema de la Seguridad Social.

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 La penalización de la carrera profesional de la mujer

La asunción de responsabilidades familiares puede llevar a la adopción de determinadas decisiones laborales como son la búsqueda de trabajos a tiempo parcial compatibles con el cuidado familiar, la solicitud de una reducción de jornada o excedencia por cuidado de hijos, o incluso el abandono definitivo del mercado laboral.

Todas estas situaciones  tienen una clara incidencia en la carrera de seguro de las mujeres, lo que puede repercutir a su vez de forma negativa tanto en el acceso a las prestaciones de carácter contributivo, como en la intensidad de la acción protectora.

Su influencia en los períodos de carencia

Las mujeres están más tiempo sin realizar actividad laboral y estas interrupciones significan menos tiempo de cotización a los efectos de acceder a las prestaciones, sobre todo a la pensión de jubilación. En primer lugar, en ocasiones ni siquiera pueden acreditar los 15 años mínimos exigidos para acceder a la pensión de jubilación.

Pero, aunque sí pueden contabilizar estas cotizaciones, no cumplen con el período de carencia específica, es decir, no han contribuido 2 años en los últimos 15 años.

Este es el caso de las mujeres que trabajaron antes de tener hijos y abandonaron su actividad laboral para dedicarse a su cuidado. Han interrumpido su carrera profesional y, en muchos casos, no han podido reincorporarse al mercado laboral con posterioridad. De forma que se les impide el acceso a la protección por no cumplir estas condiciones.

El importe más bajo de sus prestaciones debido a la brecha salarial y al menor número de años cotizados

Incluso cuando cumplen con los requisitos para acceder a las prestaciones, al acumular menos periodos de cotización y menores ingresos, tienen de promedio pensiones de jubilación menores.

Según los datos de la Encuesta de Población Activa del INE, la ganancia de las mujeres por hora normal de trabajo suponía en el año 2018 el 83,8% de la hora normal de trabajo de los varones (16,2% de brecha salarial). De lo que hay que concluir que dadas estas circunstancias las cotizaciones de las mujeres serán inferiores, puesto que sus salarios son inferiores, lo que consecuentemente lleva a que la cuantía de sus pensiones también sea menor a la media.

Pero, también el hecho de la interrupción de cotizaciones influye directamente en la cuantía de las pensiones, dado que van a acreditar un menor número de años cotizados, de modo que el porcentaje aplicable a las bases reguladoras de la pensión de jubilación, también serán inferiores.

Por otro lado, es más usual la necesidad de completar las lagunas de cotización, lo que conlleva igualmente a la reducción del importe de las prestaciones. 

La cotización a tiempo parcial

En el año 2019,  las mujeres han representado el 3/4 del total de las personas con jornada a tiempo parcial.

La asunción de responsabilidades familiares puede llevar a la realización de trabajos a tiempo parcial.

La protección social del contrato a tiempo parcial presenta todavía importantes disfunciones que se manifiestan en las cotizaciones necesarias para acceder a la pensión de jubilación.

El acceso a la pensión de jubilación versus el derecho a la pensión de viudedad

Existe un menor número de mujeres que acceden a la pensión de jubilación, dado que generalmente las mujeres que alcanzan la edad para acceder al beneficio no han trabajado, o no lo suficiente y, por tanto, no se benefician de esta prestación. Las mujeres mayores de 50 años, en gran medida, han dependido de sus maridos, y si estos fallecen, su protección se lleva a cabo mediante la pensión de viudedad.

En general, por la forma de cálculo que se aplica la pensión de viudedad, netamente femenina, suele ser de cuantía reducida, lo que repercute en su insuficiencia y contribuye a la feminización de la pobreza. 

Autor: Eva María Blázquez Argudo - UC3M

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07 de enero de 2019

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