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IRPF: ¿Es lo mismo una retención que una deducción?

Retenciones y deducciones cumplen funciones distintas en la declaración de la renta. Te explicamos ambos conceptos

Tiempo de lectura: 3 minutos

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IRPF: ¿Es lo mismo una retención que una deducción?

© Morganka - www.shutterstock.com/es

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Hay dos conceptos muy comunes cuando se habla de fiscalidad que con frecuencia se confunden. En este periodo de campaña de la declaración de la renta 2019 creemos oportuno explicar y diferenciar los términos retención y deducción.

¿Qué es una retención?

Las retenciones son cantidades que se detraen al contribuyente por el pagador de determinadas rentas, por estar así establecido en la ley, para ingresarlas en la Administración tributaria como “anticipo” de la cuota del Impuesto que el contribuyente ha de pagar.

La retención de los asalariados oscila en 2020 entre el 19% y el 45%

La cuantía de la retención dependerá de la renta. En el caso de trabajadores asalariados la retención es directamente proporcional a la retribución en función de un escalado establecido por la Agencia Tributaria. En el caso de trabajadores autónomos, la retención es fija, y actualmente es del 15%, salvo excepcionalmente el caso de inicio de actividad en el que la retención puede ser del 7%, durante los dos ejercicios siguientes a la misma, si así lo solicita el interesado.

¿Para qué se realizan las retenciones?

Las retenciones se practican como un adelanto de los que los contribuyentes tendrán que liquidar con Hacienda, de tal manera que el pago de impuestos se vaya haciendo de forma más progresiva.

Las retenciones no solo se realizan sobre los rendimientos del trabajo, sino también en rentas de otro tipo, como intereses, dividendos, o en el rescate de un fondo de inversión. En algunas ocasiones, la cantidad retenida será mayor que la obligación tributaria que la ha originado, mientras que en otras ocasiones será menor. Estas diferencias se ajustarán en el momento de realizar la declaración de la renta del ejercicio al que correspondan.

¿Qué son las deducciones?

Las deducciones son reducciones de las cantidades sujetas a tributación con las que el Estado pretende incentivar ciertas actividades o situaciones. Las deducciones aplican en dos niveles: el estatal, que aplican en todo el territorio nacional, y el autonómico, que dependen del régimen fiscal de cada Comunidad Autónoma.

Algunas de las deducciones más destacadas son:

  • Deducción por rendimientos del trabajo: Esta reducción se aplicará únicamente a los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo inferiores a 16.825 euros siempre que no tengan rentas, distintas de las del trabajo, superiores a 6.500 euros. El importe de la reducción será de 5.565 euros anuales para los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo iguales o inferiores a 13.115 euros. Para los contribuyentes con rendimientos netos del trabajo entre 13.115 y 16.825 euros el importe de la deducción será igual a 5.565 euros menos el resultado de multiplicar por 1,5 la diferencia entre el rendimiento del trabajo y 13.115 euros anuales.
  • Deducción por maternidad: En caso de tener a cargo hijos menores de 3 años se podrá aplicar una deducción de 1.200 euros por cada hijo nacido o adoptado en España.
  • Deducción por compra de vivienda habitual: Extinguida con fecha 1 de enero de 2013, pero aplicable en caso de que la compra fuese anterior a dicha fecha. Se puede deducir un 15% de un máximo de 9.040 euros anuales.
  • Deducción por aportaciones a planes de pensiones: Los partícipes de estos productos podrán deducirse hasta un máximo de 8.000 euros anuales. También, y de forma adicional, hasta 2.500 euros por aportaciones al plan de pensiones de su cónyuge, siempre que éste no obtenga rentas anuales superiores a 8.000 euros. En el caso de partícipes con discapacidad, la deducción puede llegar a los 24.250 euros anuales.
  • Deducción por familia numerosa o con discapacitados: Se trata de una deducción de hasta 1.200 euros para familias numerosas o con ascendientes o descendientes con discapacidad que cumplan determinados requisitos.Por cada hijo adicional, a partir del minimo para ser considerado familia numerosa, se suman otros 600 euros. En el caso de familias numerosas de categoria especial ( más de 5 hijos) el importe es de 2.400 euros.

Recuerda aplicar todas las deducciones de las que te puedas beneficiar antes de presentar tu declaración de la renta. En caso de duda, consulta con la Agencia Tributaria.  

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Comentarios

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Javier Álvarez García 03 de junio de 2016 | 12:31
¡¡¡Gran artículo!!!
Instituto BBVA de PENSIONES 03 de junio de 2016 | 13:19

Estimado Javier,

bienvenido al foro y gracias por su comentario.

Reciba un cordial saludo.