Base en el régimen de reparto
El régimen de jubilación en Francia se basa en el sistema de reparto al igual que el español.
Así, las cotizaciones pagadas por los cotizantes de hoy sirven para costear las pensiones de los jubilados actuales. Es decir, se basa en la solidaridad intergeneracional.
Los tres niveles de la pensión de jubilación
Existen 3 niveles en el sistema de jubilación francés:
A y B) Los dos primeros niveles son obligatorios legalmente: uno básico y otro complementario.
Casi todos los sujetos incluidos en la Seguridad Social están afiliados a los dos primeros regímenes.
C) Además, hay un tercero que consiste en un plan de ahorro para la jubilación que puede ser individual o colectivo.
Pueden optar por un sistema de ahorro individual, pero también puede ser afiliados por sus empresas a sistemas de ahorro colectivo. Asimismo, los trabajadores autónomos pueden suscribir este tipo de productos colectivos.
La edad legal de jubilación
La edad legal mínima de jubilación depende del año de nacimiento concreto de los beneficiarios, dado que se está aplicando un sistema transitorio en el que cada vez se incrementa la edad de acceso.
En la actualidad y en la mayoría de los regímenes, la edad legal de jubilación suele establecerse entre los 60 y 62 años dependiendo del año de nacimiento, cuando se ha cotizado más de 20 años. No obstante, existe la posibilidad de jubilaciones anticipadas, a edades más tempranas de la señalada, para carreras largas de contribución.
La cuantía de la jubilación a la edad marcada por la ley
Si el trabajador se jubila a la edad legal, entonces obtiene el 100% del beneficio, siempre que alcance cierto número de trimestres de cotización.
En caso de que no lo alcance la cotización mínima establecida, se va reduciendo el importe proporcionalmente a los trimestres que no haya cotizado de los exigidos.
Este porcentaje resultante de acuerdo con los trimestres acreditados es el que se aplica durante todo el tiempo del abono de la pensión.
Aunque no se haya cotizado el tiempo mínimo exigido, se puede obtener el 100% de la cuantía en determinados casos. Así, podrá acceder al 100% del importe el trabajador discapacitado, el beneficiario que haya cuidado a un hijo o adulto discapacitado.
Si no se llega al 100% de la pensión, entonces el trabajador tiene la opción de seguir trabajando hasta que obtenga esa cotización que le falta, es decir, los trimestres que se le demandan para acceder a la pensión máxima.
Si, al contrario, al llegar a la edad legal de jubilación, continúa trabajando, aunque ya ha cotizado los suficiente para acceder al 100% de la pensión, podrá obtener un importe superior a dicha cuantía, cuando se jubile más allá de esta edad.
La jubilación progresiva
Se puede acceder a la jubilación parcial, de modo que se percibirá una parte de la jubilación y se continúa trabajando a tiempo parcial.
De esta manera se sigue cotizando para cuando se jubile de forma total. Esto es, cuando cese en su actividad a tiempo parcial. Esto es especialmente beneficioso para los trabajadores que no hayan cotizado los trimestres exigidos para beneficiarse del 100% del importe de la pensión.
Con el fin de acceder a la jubilación parcial se requieren los siguientes requisitos:
- a) tener, al menos, 60 años,
- b) haber cotizado, al menos, 150 trimestres
- c) desarrollar una sola actividad a tiempo parcial.
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