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La valoración de la incapacidad para acceder a la pensión de incapacidad permanente

Según el grado de Incapacidad Permanente que se declare conforme a su capacidad para el trabajo, se determinará la cuantía de la pensión.

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La valoración de la incapacidad para acceder a la pensión de incapacidad permanente

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 ¿En qué situación se accede a la pensión de Incapacidad Permanente?

Un trabajador puede acceder a la prestación de incapacidad permanente cuando después de haber estado sometido a tratamiento médico, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas.

Las reducciones anatómicas o funcionales deben disminuir o anular su capacidad laboral.

La declaración de incapacidad permanente no guarda relación con los posibles porcentajes de discapacidad que tenga reconocido el trabajador.

En el acceso a la pensión lo que se valora es la capacidad que mantiene el trabajador para desarrollar actividad laboral.

¿Cuál son los requisitos de acceso?

El trabajador debe estar afiliado y en alta o en situación asimilada al alta en el momento del dictamen del tribunal de valoración.

Aunque existe alguna excepción en los supuestos de Incapacidad Permanente Absoluta o Gran Invalidez originada por contingencias comunes (accidente no laboral o enfermedad común), donde se pude acceder desde la situación de no alta, siempre que se haya cotizado 15 años.

El trabajador debe tener una edad inferior a la establecida para acceder a la pensión de jubilación.

En los supuestos de incapacidad permanente originada por enfermedad común, debe haberse cotizado un período mínimo que depende de la edad del posible beneficiario.

¿Quién valora la Incapacidad Permanente?

La declaración de la situación de incapacidad permanente en un grado concreto debe valorarse por un Equipo de Valoración de Incapacidad (EVI).

Los EVIs se encuentran situados en cada Dirección Provincial del INSS y el equipo concreto que valora a cada sujeto es el situado en el lugar del su domicilio.

Cada EVI está compuesto por expertos con distintas especialidades tales como médicos, inspectores de trabajo, expertos en recuperación y rehabilitación o expertos en seguridad e higiene, entre otros.

¿Qué posibles calificaciones puede tener la Incapacidad Permanente?

La definición de los grados se realiza según el porcentaje de reducción de la capacidad de trabajo para la profesión habitual que genera el estado patológico del trabajador.

Se declarará la Incapacidad Permanente Parcial, cuando el trabajador presenta una disminución superior al 33% en su rendimiento normal para profesión habitual, pero sí puede desarrollar las tareas fundamentales de la misma.

Se declarará la Incapacidad Permanente Total para la profesión habitual, cuando el trabajador no puede continuar el desarrollo de las labores principales de su profesión habitual, pero puede dedicarse a otra distinta.

Se declarará la Incapacidad Permanente Total Cualificada, cuando el trabajador se encuentra  en situación de Incapacidad Permanente Total y, además, tiene más de 55 años o sus circunstancias profesionales, personales o sociolaborales hacen presumir su dificultad para encontrar un nuevo empleo.

Se declarará la Incapacidad Permanente Absoluta para todo trabajo, cuando el trabajador se encuentra inhabilitado totalmente para cualquier oficio o profesión.

Se declarará la Gran Invalidez cuando el trabajador se encuentra en situación de Incapacidad Permanente Total o Absoluta y, además, tienen pérdidas anatómicas o funcionales suficientemente graves como para que precisen asistencia de otra persona para los actos esenciales de la vida.

Efectos de la declaración de los grados

De acuerdo con el grado reconocido se determinará el importe de la pensión.

En Incapacidad Permanente Parcial se recibe un solo pago de 24 mensualidades de la base reguladora que se utilizó para calcular la Incapacidad Temporal que dio origen a la Incapacidad Permanente (cuantía similar al salario).

En Incapacidad Permanente Total se recibe una pensión vitalicia del 55% de la base reguladora.

En Incapacidad Permanente Total Cualificada se percibe una pensión vitalicia del 75% de la base reguladora.

En Incapacidad Permanente Absoluta se recibe una pensión vitalicia del 100%  de la base reguladora.

En Gran invalidez se percibe, junto a la cuantía de la pensión, un complemento con el objeto de contratar los servicios de una tercera persona que le asista en sus actividades cotidianas.  

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Comentarios

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miriam 11 de diciembre de 2020 | 17:43
Hola me gustaría saber por que a mi madre le dieron la incapacidad absoluta y le guardaban el puesto de trabajo durante 2 años, ahora hemos recibido una carta de revisión por la seguridad social?
Instituto BBVA de PENSIONES 29 de enero de 2021 | 20:00

Estimada Miriam,

El reconocimiento de una pensión por incapacidad permanente comporta la obligación, por parte de la empresa de reserva del puesto de trabajo durante el período de dos años. Pese al carácter permanente de la pensión, son susceptibles de revisión por parte de la Entidad Gestora. Puede consultar toda la información detallada sobre la pensión por incapacidad permanente a través de la Seguridad Social en la página web www.seg-social.es.

Un cordial saludo. 

Salva 20 de agosto de 2020 | 11:55
Hace unos días pasé por el EVI por inicio de expediente de oficio de jubilación por incapacidad. Sin embargo, el INSS ha vuelto a citarme. No entiendo por qué. ¿Tengo derecho a solicitar revisión por otro inspector médico distinto del que ya me vio? Rogaría información lo antes posible. Muchísimas gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 15 de octubre de 2020 | 01:04

Estimado Salva,

 No, la competencia en materia de revisión de pensiones de incapacidad permanente del sistema público español, la tiene el INSS u organismos análogos de cada comunidad autónoma

Un cordial saludo, 

Cesareo Martínez Lara 25 de marzo de 2020 | 11:01
BUENOS DIAS NTENGO RECONOCIDA UNA NI.P.T. RECIENTEMENTE Y TENGO ,54 AÑOS TENGO PROBLEMAS PARA ENCONTRAR TRABAJO PODRIA SOLICITAR UNA I.P.P. GRACIAS
Instituto BBVA de PENSIONES 25 de marzo de 2020 | 21:01

Estimad Cesáreo.

 

En nuestra opinión, si, precisamente, posee problemas adicionales de inserción laboral y empleabilidad, lo más recomendable es que, al llegar a los 55 años, solicite la elevación de su prestación al nivel de "permanente total cualificada". Y ello porque, justamente por esos problemas, es posible que le puedan conceder dicha elevación y, así, pasar a cobrar el 75% de la base reguladora (en vez del 55% actual).

Un cordial saludo.

Manuel 21 de febrero de 2020 | 16:40
Estaba trabajando y tuve un accidente y llevaba 2mese de baja y me dieron el alta teniendo la costilla rotas por que sabía que me iba a dar la incapacidad permanente absoluta. Puedo pedir la gran invalidez por que me acaban de dar una máquina de oxígeno para que vaya por la calle. Tengo otra que esta en casa. 16 hora puesta. Tengo 44 años y tengo más de 70 ingresos en el hospital en 8 años. No puedo hacer prácticas mente nada me acisio. Me tienen que vestir. Puedo pedir la gran invalidez. Acabo de salir del hospital 13 día más. Aló ingreso. Tengo sarqueodosis pulmonar y asma gronico imposible de controlar y los huesos se me parten de dolor
Instituto BBVA de PENSIONES 25 de marzo de 2020 | 23:11

Estimado Manuel.

Podría solicitar la situación de Gran Invalidez si ya estuviera en situación de incapacidad permanente y, ademas, por consecuencia de pérdidas anatómicas o funcionales, necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida, tales como vestirse, desplazarse, comer o análogos.

Un cordial saludo.

María de la Luz 27 de enero de 2020 | 17:03
Me han tenido que operar dos veces de hernias discales lumbares y de la ultima operación me han quedado secuelas como vejiga neurogena, una lesion radicular l5 izquierda cronica donde no me permite andar como siempre y tengo que usar una ferula, y mi ultima resonancia no es muy buena que digamos porque tengo mas cosas como roturas de discos, mas cosas, Hace dos como dos semanas o tres me llego a casa una carta de la Junta de Andalucia donde me decian que me tenian que proponer para la incapacidad permanente por las secuelas graves adquiridas y hace varios dias me enviaron de la seguridad social que tenia que ir a entregar unos documentos y ya he ido. tengo 1200 dias cotizados estoy divorciada y dos niños a mi cargo y no se si seré candidata a que me dieran la incapacidad. gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 17 de febrero de 2020 | 02:07

Estimada María de la Luz.

Lamentablemente, no podemos darle una respuesta cerrada -a pesar de su complicado diagnóstico- en tanto no hay una serie de causas tasadas para acceder a un determinado grado de incapacidad. Por el contrario, ello dependerá del resultado del análisis realizado por el correspondiente Equipo de Valoración de Incapacidades.

Nuestros mejores deseos. Un cordial saludo. 

Emilio 21 de noviembre de 2019 | 16:40
Estoy próximo a cumplir los 730 días de baja por incapacidad. Tras realizar los tratamientos médicos prescritos tengo una reducción funcional de incontinencia total, posterior a tumor de próstata, radioterapia, cirugía de rescate con prostatectomía radical. La incontinencia total me impide incorporarme para realizar a mi vida laboral. He oído decir q las posibilidades de que, una vez pasada la revisión del EVI, me concedan una incapacidad total o absoluta por una discapacidad por incontinencia son muy escasas. Me gustaría conocer su opinión al respecto y si dichos comentarios tienen fundamento. Gracias anticipadas.
Instituto BBVA de PENSIONES 03 de diciembre de 2019 | 09:23

Estimado Emilio.

No hay causas tasadas que conlleven el reconocimiento de una pensión de incapacidad, por lo que no le podemos garantizar ni tampoco negar un resultado concreto. Su expediente será analizado con detenimiento por el Equipo de Valoración de Incapacidades, que es a quien corresponde determinar su aptitud para el trabajo. 

Un cordial saludo. 

Sara López Sarmiento 21 de noviembre de 2019 | 15:22
Tengo incapacidad permanente absoluta hace año y medio por cáncer ovarios ahora en diciembre me toca revisión del tribunal medico que me la concedió y sigo con secuelas,cómo es la revisión? Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 03 de diciembre de 2019 | 09:17

Estimada Sara.

 

La revisión se lleva a cabo por el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), que analizará los informes médicos que obren en el expediente y determinará si se ha producido un agravamiento que conlleve un grado superior de incapacidad, una mejoría que conlleve la curación o la disminución de grado, o si debe mantenerse el grado ya declarado.

 

En ese sentido, salvo cuando se mantiene el grado, la revisión puede resultar en modificaciones en la cuantía de la prestación.

Recuerde que cuando le notifiquen la resolución, si no está de acuerdo con ella, puede recurrir ante la jurisdicción social previa reclamación ante la entidad gestora. 

Un cordial saludo. 

juan 24 de septiembre de 2019 | 17:27
Quisiera saber que tiempo tarda desde la primera evaluación hasta que pasa al equipo de valoración de discapacidades. Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 20 de octubre de 2019 | 14:05
Estimado Juan. Si se está refiriendo a la duración del proceso de incapacitación, el plazo máximo es de 135 días. Un cordial saludo.
Cristo quintero muñoz 09 de julio de 2019 | 13:16
Hola mi marido cobra una pensión de incapacidad permanente total desde 1988 tiene 63 años y a vuelto a pasar la revisión de valoración y del 33%que tenía le an bajado a un 23% el perdio un ojo y ahora lo operaron de corazón y le an puesto 5 esten ,le pueden rebajar la paga por bajarle el porcentaje ,??
Instituto BBVA de PENSIONES 11 de julio de 2019 | 13:58

Estimado Cristo.

Si le han bajado el porcentaje de la discapacidad, no.

Entiendo que no ha pasado por el tribunal que reconoce la IP.

Un cordial saludo

Abdelkader abdesslem louazena 30 de junio de 2019 | 12:29
Dolor lumbar de large evolution fractura l3 apofisis transversal3 signs d egenerativos anivell4l5 s1
Instituto BBVA de PENSIONES 02 de julio de 2019 | 12:39

Estimado Abdelkader.

La valoración de su incapacidad depende de muchos factores e informes. 

Un cordial saludo