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Las bondades de reinvertir en el plan de pensiones su desgravación fiscal: un 40% más de ahorro al llegar a la jubilación

La patronal de fondos de inversión y planes de pensiones, Inverco, ha cuantificado los beneficiosos efectos de aportar al plan lo que nos devuelve Hacienda gracias a sus ventajas fiscales

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Uno de los principales atractivos de los planes de pensiones es la posibilidad de desgravar las aportaciones en el IRPF, lo que permite reducir la factura fiscal, difiriendo el pago de impuestos al momento del rescate, y, por consiguiente, generar un ahorro adicional al conseguido por la vía de las aportaciones.

A partir del ejercicio fiscal 2022, para un partícipe residente en territorio común, la aportación anual máxima a planes de pensiones asciende a 1.500 euros anuales y la desgravación anual máxima en el IRPF, que consiste en reducir la base imponible, será la menor entre 1.500 euros y el 30% de los rendimientos netos del trabajo y/o actividades económicas.

No obstante para el ejercicio fiscal 2021, cuya declaración de Renta se presenta entre el 6 de abril y 30 de junio de 2022, la desgravación en IRPF esta topada en la menor de las siguientes cantidades:

  • 2.000 euros.
  • El 30% de los rendimientos netos del trabajo y/o actividades económicas.

Además, es posible realizar aportaciones en favor del cónyuge (y desgravarse adicionalmente por ellas), si éste no obtiene rendimientos o sus rendimientos anuales no exceden los 8.000 euros. A partir de 2021, puede efectuarse una desgravación adicional de 1.000 euros.

Reinvertir la desgravación, una forma de multiplicar los resultados

Una forma de potenciar el ahorro para la jubilación con esfuerzo relativamente liviano consiste en reinvertir el ahorro fiscal que anualmente generan las aportaciones en el propio plan. No olvidemos que dicho ahorro fiscal dependerá del tipo marginal del contribuyente y de las aportaciones realizadas.

Así, un partícipe con un tipo marginal del 30% y que haya aportado 1.000 euros a lo largo de un ejercicio fiscal, estará ahorrando en su factura de IRPF 300 euros. Quien tenga un tipo marginal del 45% y realizase en 2021 la aportación máxima de 2.000 euros, podría conseguir un ahorro fiscal de 900 euros.

El ahorro se hace más importante todavía si vemos el ahorro para la jubilación en perspectiva, como un proceso que, idealmente, debe durar tres o cuatro décadas. ¿Imaginas el efecto de reinvertir la desgravación durante todo ese tiempo?

Esto es algo que ha hecho Inverco, Asociación de Instituciones de Inversión Colectiva y Fondos de Pensiones, que ha determinado que reinvertir el ahorro fiscal de las aportaciones a planes de pensiones en los propios planes consigue que el importe acumulado en el plan de pensiones en el momento de acceder a la jubilación sea un 40% superior que en el caso de no hacerlo.

 Un ejemplos en cifras:

  1. Suponemos un partícipe que ahorra 1.000 euros al año en planes de pensiones (algo menos de 3 euros diarios), Acumularía un capital de 26.870 euros después de 20 años, sin reinvertir las deducciones fiscales anuales. No obstante, reinvirtiendo en el Plan de Pensiones el ahorro fiscal de cada año, el saldo final acumulado ascendería a 37.326 euros, es decir, un 40% más.

Este sencillo ejercicio de reinvertir el ahorro fiscal en el propio plan puede marcar la diferencia a la hora de aterrizar en la jubilación. De igual modo, siempre será una buena decisión ahorrar cualquier ingreso extraordinario o no esperado.  

Las primeras devoluciones de Hacienda comienzan poco después del inicio de la campaña, y la mayoría de ellas están realizadas antes del fin de la misma. Un buen momento para proceder con esta reinversión y evitar que este ahorro fiscal vaya a otros gastos superfluos que suelen surgir en verano. 

Recuerda que si excedes el límite fiscal de aportaciones, dispones de los siguientes 5 ejercicios fiscales para desgravar las aportaciones. Si excedes el límite financiero de 1.500 euros anuales (aplicable a partir de 2022), puedes redireccionar las aportaciones a fondos de inversión, buenos complementos a los planes de pensiones.

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Comentarios

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mario 27 de noviembre de 2018 | 16:22
mis ingresos en los proximos 3 años van a ser por rescate de mi plan de pensiones, me planteo rebajar mi factura fiscal al maximo ¿cómo? este año rescato mi p.p. por paro larga duración, solo las participaciones anteriores al 2017, abro otro p.p. donde ingreso el 30% de mi base imponible y rebajo esta en la cantidad ingresada en el nuevo plan. el año que viene hago lo mismo, esta vez ya no tengo beneficio fiscal del 40% por ser participaciones posteriores al 2006, pero vuelvo a ingresar en el nuevo plan el 30% de la base imponible y lo mismo en el año siguiente. me jubilo en el 2021 y percibo mi pensión publica y si quiero solicito el rescate por jubilacion del nuevo p.p. abierto este año, como renta mensual mínima de forma que la suma con mi pension sea lo mas beneficiosa fiscalmente. Bueno es mi táctica teóricamente legal o no? como lo veis?
Instituto BBVA de PENSIONES 27 de noviembre de 2018 | 19:42

Estimado Mario,

Artículo 11.5 del Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones:

"La percepción de los derechos consolidados por enfermedad grave o desempleo de larga duración será incompatible con la realización de aportaciones a cualquier plan de pensiones, salvo las que resulten obligatorias o vinculadas a las del promotor de un plan de empleo.

El partícipe podrá reanudar las aportaciones para cualesquiera contingencias susceptibles de acaecer, una vez que hubiere percibido íntegramente los derechos consolidados o suspendido el cobro asignando expresamente el remanente a dichas contingencias". 

Por tanto, una vez cobrado por desempleo, solo podría aportar para otras contingencias.

Reciba un cordial saludo.