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Las propuestas de la OCDE para la pensión de viudedad

La pensión de viudedad se está redefiniendo en muchos países, fruto de los cambios sociales, y con el objetivo de adecuar sus prestaciones a las necesidades reales

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Uno de los puntos recurrentes en el debate sobre las pensiones, es la conveniencia o no de reformar lo que se conocen como pensiones de muerte y supervivencia, es decir, pensiones de viudedad, orfandad y en favor de familiares. Estas pensiones tienen carácter contributivo y corren a cargo de las cuentas de la Seguridad Social. Actualmente se está barajando la posibilidad de abordar prestaciones de viudedad y orfandad con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, como ocurre con los complementos a mínimos o las pensiones no contributivas.

Más allá de la financiación, algunas voces se han mostrado partidarias de repensar la pensión de viudedad, una prestación que fue pensada para cubrir las necesidades económicas del beneficiario en caso de que se produzca el fallecimiento de la persona que origina la prestación. Hasta hace no mucho tiempo, las mujeres acaparaban la figura del beneficiario, percibiendo una prestación vital habida cuenta de que muchas de ellas no accedían a pensión propia por no haber cotizado. Con la incorporación de la mujer al mercado laboral, cabe preguntarse qué función debe tener la pensión de viudedad y si debe ser redefinida.

La OCDE se muestra partidario de revisar la pensión de viudedad y hacer de ella una prestación temporal cuando el beneficiario se encuentre en edad de trabajar y tenga como fin proveer una ayuda transitoria, con el fin de no desincentivar la participación en el mercado laboral. Sí sería vitalicia en el caso de aquellos beneficiarios que ya hayan alcanzado la edad de jubilación.

Más de 2 millones de pensiones de viudedad en España

Durante el primer sementre de 2020, la Seguridad Social ha abonado  2,35 millones de pensiones de viudedad, la mayoría de ellas a mujeres. El importe medio de la pensión, a cierre de primer semestre de 2020, asciende a los 722,6 euros mensuales ( Fuente: Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones). Es importante recalcar que en España la pensión de viudedad es compatible con otras pensiones contributivas causadas por el beneficiario, como la pensión de jubilación o la pensión de incapacidad, con la limitación de que cuando hay concurrencia de pensiones, la suma no puede exceder la pension máxima. También es totalmente compatible con las rentas del trabajo, con independencia del salario que perciba el pensionista.

La pensión de viudedad en otros países

La pensión de viudedad es vitalicia en la mayoría de los países que protegen esta contingencia. Sin embargo, es creciente la tendencia de optar por un pago único, a modo de indemnización para hacer frente a la contingencia, o de optar por limitar su cobro en el tiempo. A nivel global, los países emergentes son los más generosos y los países asiáticos los más exigentes.

En Europa, los países nórdicos tienden al modelo de pensión temporal y suelen impedir la compatibilidad con la pensión propia de jubilación. Países como España, Portugal o Italia son más flexibles a la hora de permitir la compatibilidad con otras pensiones o rentas, mientras que en Alemania o Polonia hay topes para poder compatibilizar la pensión de viudedad tanto con la propia pensión de jubilación como con las rentas del trabajo. El modelo anglosajón, el tipo de pago depende de cada caso: puede ser temporal, vitalicio o un cobro único al producirse la contingencia.  

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20 de julio de 2020

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