Discapacidad y pensión de jubilación contributiva
Es posible acceder a la jubilación anticipada, sin penalización en la cuantía, en el supuesto de que el trabajador tenga reconocido cierto grado de discapacidad.
Así, en general, si se acredita un 65% o más de discapacidad, se podrá acceder a la jubilación anticipada, reduciendo la edad a la que se puede acceder de acuerdo con los años cotizados mientras se tenía reconocida dicha discapacidad.
Además, también se puede acceder a la jubilación anticipada, cuando se tiene reconocida una discapacidad de, al menos, un 45%, aunque solo referida a ciertas discapacidades.
Discapacidad y pensión de invalidez no contributiva
Los ciudadanos con una discapacidad de, al menos, 65%, pueden acceder a la pensión no contributiva de invalidez, siempre que carezca de rentas y acredite 5 años de residencia en España.
Discapacidad y pensión de orfandad
La pensión de orfandad se reconoce a los hijos menores de 25 años. No obstante, los hijos mayores de esta edad y con una discapacidad de, al menos, un 33% pueden mantener el derecho de forma permanente.
Bonificación de contratación de personas discapacitadas
Existen importantes bonificaciones para las empresas (para contratos concertados hasta 31/12/2018):
a) Contratos en prácticas de menores de 35 años discapacitados para contratos en prácticas con una reducción de 50 % en las cuotas de contingencias comunes, durante toda la vigencia del contrato.
b) Contratos en prácticas de menores de 35 años discapacitados que realicen prácticas no laborales, reducción del 75 % en las cuotas de contingencias comunes, durante toda la vigencia del contrato.
c) Contratos en prácticas de menores de 35 años discapacitados inscritos en oficinas de empleo, que se incorporen como socios trabajadores o de trabajo en cooperativas o sociedades laborales, 1º año 1650 € año, 2º y 3º año 800 € año, durante tres años.
Incentivos para contratos indefinidos y durante toda la vigencia del contrato y con carácter indefinido
- Menores de 45 años: en general 4.500 € y con discapacidad severa 5.100 €
- Mujeres: en general 5.350 € y con discapacidad severa 5.950 €
- Mayores de 45 años: en general 5.700 € y discapacidad severa 6.300 €
En supuestos de conversión de contratos temporales de fomento del empleo, así como de contratos en prácticas y para la formación y el aprendizaje en las empresas ordinarias, se aplica el mismo régimen que las contrataciones indefinidas.
Contratos temporales para personas con discapacidad
En contratos formativos reducción del 50 % en cotización de contingencias comunes y en contratos para la formación y el aprendizaje la reducción alcanza el 75 % o incluso el 100 % de las cuotas.
En Contratos de interinidad para sustituir trabajadores con discapacidad en situación de Incapacida Temporal el 100 % de todas las aportaciones. Exactamente igual en la contratación por un centro especial de empleo.
Para contratos temporales de fomento del empleo
- a) En general: hombres menores de 45 años 3.500 € y mayores de 45 años 4.100 €, mujeres menores de 45 años 4.100 € y mayores de 45 años 4.700 €.
- b) Con discapacidad severa: hombres menores de 45 años 4.100 € y mayores de 45 años 4.700 €, mujeres menores de 45 años 4.700 € y mayores de 45 años 5.300 €.
Todas estas reducciones durante toda la vigencia del contrato.
En un ámbito más específico la Comunidad de Madrid dispone de subvenciones por la contratación de discapacitados como fomento del empleo en empresas ordinarias a través de la Estrategia Madrid para el Empleo 2016-2017.
Debe acreditarse un grado de discapacidad igual o superior al 33 % y estar inscritos en la Oficina de Empleo.
Ayudas concedidas a las empresas
Las empresas se podrán beneficiar de las siguientes ayudas
a) Subvenciones de 5.800 € por cada contrato indefinido a jornada completa celebrado con un joven, menor de 30 años, con discapacidad igual o superior al 33 % e inscrito como beneficiario en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
b) Subvenciones de 6.500 € por cada contrato indefinido a jornada completa celebrado con un joven, menor de 30 años, con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral, e inscrito como beneficiario en el Fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.
Ambas ayudas se incrementarán en 500 € cuando los contratos se celebren con mujeres.
Se entiende que presentan especiales dificultades de integración laboral:
- Las personas con parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual, con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33 %.
- Las personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 %.