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Los efectos de la suspensión de la prestación/subsidio por desempleo cuando se inicia una actividad como autónomo

La prestación o subsidio no se extinguen inmediatamente, sino que se suspenden por un plazo determinado

Tiempo de lectura: 3 minutos

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Los efectos de la suspensión de la prestación/subsidio por desempleo cuando se inicia una actividad como autónomo

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Cuando el desempleado está percibiendo la prestación o el subsidio por desempleo en cualquiera de sus modalidades y comienza de nuevo a desarrollar una actividad laboral, no se extingue directamente el derecho. Se suspende la percepción del beneficio por un tiempo, pasado el cual se extingue el derecho.

¿Qué ocurre cuando estoy recibiendo una prestación por desempleo y comienzo de nuevo a trabajar?

En este caso, se suspende el percibo de la prestación de desempleo, siempre y cuando el beneficiario realice un trabajo tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.

¿Qué efectos tiene la suspensión?

En primer lugar, la suspensión del derecho interrumpe el pago de la prestación, sin que durante este tiempo se consuma parte de la duración establecida previamente para el beneficio.

Esto significa que durante todo el tiempo que dure la suspensión, el trabajador que termine su nueva actividad, podrá continuar con el disfrute de la prestación por desempleo en el momento que lo dejó. Es decir, volverá a engancharse al beneficio en el día concreto que lo dejó, tanto a los efectos de cuantía a percibir como del tiempo que le falte para extinguir el derecho. Así, la reanudación del derecho se llevará a cabo por solicitud previa del trabajador.

La cuantía de la prestación reanudada se calculará de acuerdo con la misma base reguladora anterior y se aplicará el porcentaje que le correspondiera en el momento concreto de la suspensión.

¿Cuándo se produce la extinción del derecho?

Una vez suspendida la prestación por el motivo señalado, pasado cierto tiempo se produce la extinción del derecho.

En concreto, se extingue el derecho:

  • Si la actividad por cuenta ajena tiene una duración superior a 12 meses.
  • Si se realiza un trabajo por cuenta propia de duración superior a 60 meses.

¿Cómo funciona la suspensión en el caso de realizar un trabajo por cuenta propia?

En principio, se suspende la prestación durante 60 meses.

No obstante, los trabajadores por cuenta propia, que soliciten la reanudación de la prestación o subsidio por desempleo con posterioridad a los 24 meses desde el inicio de la suspensión, si quieren recuperar el derecho deberán acreditar que se encuentran en alguna de estas causas:

  • que el cese en la nueva actividad por cuenta propia tenga su origen en la concurrencia de motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos.
  • que el cese tenga su origen en fuerza mayor.
  • que ha perdido la licencia administrativa, que precisaba para continuar desarrollando la actividad.
  • que ha sufrido violencia de género.
  • que se ha producido un divorcio o separación matrimonial, cuando se trate de trabajos familiares, donde el trabajador está unido por nexo matrimonial con el empresario del negocio donde desarrolla la actividad.
  • que ha habido un cese involuntario en el cargo de consejero o administrador de una sociedad o en la prestación de servicios a la misma.
  • que se ha producido la extinción del contrato suscrito entre el trabajador autónomo económicamente dependiente y su cliente en los supuestos de trabajadores económicamente dependientes (TRADE). 
Si estoy cobrando la prestación por desempleo y empiezo una actividad como autónomo, ¿conservo mi derecho al subsidio?


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Comentarios

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Jose T 15 de junio de 2018 | 11:29
Llevo 2 meses cobrando la prestación por desempleo. Me ha salido una oportunidad de actividad por cuenta propia para un proyecto de 6 meses, para lo que me daré de alta como autónomo. Cual sería el mecanismo para recuperar la prestación por desempleo tras el proyecto de 6 meses como autónomo. Tengo que ir de nuevo a la oficina de empleo para comunicar que empiezo como autónomo y que termino como autónomo 6 meses después? Gracias anticipadas
Instituto BBVA de PENSIONES 15 de junio de 2018 | 12:43

Estimado Jose,

Puede suspender la prestación hasta 24 meses y recuperarla posteriormente si inicia actividad como autónomo.

Notificaría esta suspensión en el SEPE y posteriormente debería acudir de nuevo para que se la vuelvan a abonar.

Reciba un cordial saludo.

Michel 28 de diciembre de 2017 | 11:30
Hola, en caso de suspenderse el subsidio por empezar a trabajar, y la duración del contrato sea de 7 meses, al finalizar hay que reanudar obligatoriamente el subsidio por desempleo anterior o existe derecho de opción al haber cotizado más de 6 meses y crear un nuevo derecho a otro subsidio ?
Instituto BBVA de PENSIONES 28 de diciembre de 2017 | 15:22

Estimado Michel,

si no han pasado 12 meses, se reanuda al subsidio anterior.

Reciba un cordial saludo.