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Me acaban de reconocer la pensión de jubilación, ¿cómo va ser el pago?

Me han reconocido la pensión de jubilación pero, ¿quién es el responsable del pago? ¿Cómo puede ser el abono? ¿Cuándo voy a recibir el pago?

Tiempo de lectura: 3 minutos

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Me acaban de reconocer la pensión de jubilación, ¿cómo va ser el pago?

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El titular del pago

El titular del pago será obviamente  el titular de la pensión.

Existe una excepción en el supuesto de incapacitados judicialmente. En este segundo caso, la pensión se paga a quien los tenga a su cargo, siempre que cumplan con sus labores de cuidado,  o a quienes tengan su guarda o tutela.

El responsable del pago

Una vez reconocida la pensión de jubilación, el responsable del pago será el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), excepto en los supuestos de beneficios reconocidos en el ámbito del Régimen del Mar, cuyo responsable  es el Instituto Social de la Marina.

No obstante, con independencia de esta cuestión, quien realizará materialmente el pago es la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), que es la entidad encargada de la gestión de las cuestiones económicas del sistema.

El medio de pago

El beneficiario puede optar entre varios medios: la transferencia bancaria, el cheque nominativo, en metálico o por giro postal. 

El giro postal solo es elegible cuando en el lugar de residencia del pensionista no hay otro modo de cobro.

El pago, en ningún caso, puede generar coste alguno para el pensionista.

En el supuesto de elegir transferencia bancaria se recibirá a través de entidad bancaria.

El pago también se puede percibir a través de agrupaciones o asociaciones que se encuentran incluidas en el Registro de Colaboradores  en la Gestión de Ingresos y Pagos del Sistema de la Seguridad Social

En estos dos últimos casos en los que participa una entidad colaboradora, el pago se puede percibir mediante ventanilla o mediante abono en cuenta.

El pensionista puede, en cualquier momento, cambiar el modo de pago elegido, así como la entidad colaboradora.

El cambio no es automático, sino que se hace efectivo desde el primer día hábil del segundo mes siguiente a la solicitud.

El momento del cobro

Una vez percibido el primer abono, el resto de los pagos se recibirá mensualmente.

En todo caso, el pago periódico debe estar a disposición del pensionista el primer día hábil del mes en que se realice el pago. Con independencia de esta regla, siempre tiene que estar disponible antes del cuarto día natural.

Se percibirán 14 pagos al año, 12 correspondientes a la pensión mensual y otros dos a las pagas extraordinarias.

El pago en el extranjero

Si el pensionista traslada su residencia al extranjero, podrá percibir su pensión también allí, aunque se aplican ciertas reglas especiales.

El pago puede hacerse por trimestres o semestres naturales vencidos, con independencia de que el devengo de la pensión sea mensual.

En estas circunstancias, aunque el pago se hace más tarde de los plazos ordinarios, no se generan intereses a favor de los pensionistas.  

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Comentarios

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Jose Luis 14 de noviembre de 2019 | 19:40
buenas tardes me juvile en junio el 14 la paga de navidad la cobro entera ? gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 24 de noviembre de 2019 | 06:28

Estimado José Luis.

 En los supuestos de reconocimiento inicial de la pensión , la paga extraordinaria de noviembre se abonará, respectivamente, en razón de una sexta parte por cada uno de los meses comprendidos entre aquél en que tengan lugar los efectos iniciales del reconocimiento o de reanudación del percibo de la pensión y el mes de noviembre, ambos inclusive.

Un cordial saludo.

Ishan Najar 13 de noviembre de 2019 | 12:29
La pension se paga mensualmente, cómo se calcula la pension mensualmente, considerando un mes son 30 o 31 dia? Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 09 de diciembre de 2019 | 06:50

Estimado Ishan.


La pensión se recibe en forma de abono mensual similar independiente de la extensión del mes.

Un cordial saludo.

Rafael 04 de noviembre de 2019 | 23:53
Cuando se paga la mensualidad? A mes vencido o a principio de mes
Instituto BBVA de PENSIONES 04 de diciembre de 2019 | 03:01

 Estimada Rafael.

Las pensiones de cualquiera de los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social se devengan por mensualidades naturales vencidas.

Un cordial saludo. 

Cristina 31 de octubre de 2019 | 15:24
Buenas tardes, el día 20 de octubre me informaron k me han concedido la pensión de jubilación desde el día 5 de junio y quería saber cuando es el abono de lo que me tienen que dar, puesto que en la resolución pone del 1 al 15 de cada mes. Gracias y saludos, Cristina Pérez
Instituto BBVA de PENSIONES 14 de noviembre de 2019 | 12:36

Estimada Cristina.


Habrá de estar, como Ud. señala, a lo dispuesto en la resolución, siendo que ésta es acorde con la regla que señalamos en el artículo referida a que el pago periódico debe estar a disposición del pensionista el primer día hábil del mes en que se realice el pago y, en cualquier caso, siempre tiene que estar disponible antes del cuarto día natural.

Un cordial saludo.

Marcos 26 de septiembre de 2019 | 22:43
Buenas tardes, Soy pensionista en España y deseo recibir mi pensión en Argentina ya que pienso establecerme allí prontamente, ya he abierto una cuenta unipersonal en Argentina, mi duda es como realizan el tipo de cambio de euros a pesos, sabiendo que Argentina tiene una moneda que se deprecia muchísimo últimamente. Lo hacen con el tipo de cambio del día que realizan la transferencia, toman un cambio promedio... Gracias de antemano por su respuesta.-
Instituto BBVA de PENSIONES 27 de octubre de 2019 | 19:07

Estimado Marcos.


En relación a su consulta, ello debe consultarlo con la entidad bancaria en la que ha abierto al cuenta que señala.

Un cordial saludo.

Consepcion 23 de julio de 2019 | 13:49
Presente los papeles de juvilacion el día 10 de julio con 65 años me mandaron un sms que lo tenia aprobado me pueden pagar este mes de julio la edad la cumplí el 7 de junio o tengo que esperar la carta
Instituto BBVA de PENSIONES 30 de julio de 2019 | 17:53

Estimada Concepción.

Le pagarán desde el día que cumplió la edad de jubilación. Así, suponemos lo solicitó.

Un cordial saludo 

JOSE MARIA PASTOR ROBRES 01 de julio de 2019 | 20:29
me he jubilado el día 13-6 y el día 23-6 recibí por carta certificada la resolución aprobada, pone que el primer pago es del 13-6 al 30-6 y luego sucesivamente las mensualidades completas. El día 27-6 me pase por mi oficina del BBVA y aún no tengo nada, ¿es cierto que el primer pago lo hacen más tarde? o me tendré que esperar a finales de julio para cobrar los días de junio y julio todo junto.
Instituto BBVA de PENSIONES 02 de julio de 2019 | 12:52

Estimado José María.

Seguramente se lo harán algo más tarde. 

Un cordial saludo

Marian 17 de febrero de 2019 | 13:56
Me jubile a finales de enero. Cuando me abonen la parte correspondiente de enero sera a finales de febrero junto con este mes? O sera a primeros de marzo? Se cobra a mes vencido no?
Instituto BBVA de PENSIONES 17 de febrero de 2019 | 14:08

Estimada Marian,

Las pensiones de cualquiera de los regímenes que integran el sistema de la Seguridad Social se devengan por mensualidades naturales vencidas. En caso de que el primer mes no sea completo, se abonará en proporción a los días naturales que tenga el mes de efectividad de la pensión, en la primera mensualidad que le abonen.

Reciba un cordial saludo.

GEMA MONTENEGRO RODRIGUEZ 18 de enero de 2019 | 17:12
Hola mi papá presentó su jubilacion el día 13 de diciembre. Hace 3 días recibió un SmS que se la aceptaban y que en breve recibirá una carta con el Importe. Desde que dia le pagaran desde el dia 13 de diciembre que lo presento o desde enero?? Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 20 de enero de 2019 | 20:17

Estimada Gema,

los efectos económicos de la pensión tienen una retroactividad máxima de 3 meses. Por tanto, si el 13 de diciembre cumplía los requisitos para jubilarse, le pagarán la pensión desde esa fecha.

Reciba un cordial saludo.

faustino 04 de diciembre de 2018 | 10:29
acabo de jubilarme el 14 de noviembre, cuando debo percibir la pension? a fecha de de 4 de diciembre no hay ingreso.Es normal que pasen 46 dias sin cobrar? Entendiendo que pudiera ser el primer dia habil de enero
Instituto BBVA de PENSIONES 04 de diciembre de 2018 | 12:02

Estimado Faustino,

consulte en el INSS. El primer pago no sigue la periodicidad habitual. A partir del segundo, lo percibiría antes del día 4 de cada mes.

Reciba un cordial saludo.

03 de julio de 2020

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