Ese sistema de cofinanciación de las medicinas, que lleva operativo desde 2012 y cuyo objetivo es contener el gasto farmacéutico, fue modificado en los Presupuestos Generales del Estado de 2021, ampliándose a más grupos y añadiendo nuevos pensionistas entre los beneficiarios del mismo.
¿Qué personas están exentas del copago?
Los niveles de aportación para el pago de medicamentos en el Sistema Nacional de Salud (SNS) se establecen en función de tres criterios: renta, edad y grado de enfermedad.
Existen varios tramos de aportación en función de la renta y, en el caso de los pensionistas, están establecidos límites máximos de aportación al mes en función de la renta.
Desde 2021, se modificaron en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2021 los criterios de copago, atendiendo a las peticiones de eliminarlos para las personas en situación económica más desfavorable, y están exentos del copago farmacéutico los siguientes grupos:
- Menores de edad con un grado de discapacidad igual o superior al 33% (Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de las personas con discapacidad).
- Perceptores de la prestación por hijo o menor a cargo en régimen de acogimiento familiar permanente o guarda con fines de adopción.
- Pensionistas con rentas inferiores a 5.635 euros anuales, o a 11.200 euros anuales en caso de no estar obligados a presentar declaración por el IRPF.
En 2022, 6 millones de personas están exentas de abonar copago por los medicamentos, la mayoría de ellos jubilados y otros pensionistas, que se desglosan de la siguiente manera:
- 138.100 menores con discapacidad.
- 2,35 millones de las personas con la prestación por hijo a cargo.
- 3,56 millones de pensionistas.
Aquellos pensionistas qué si están sujetos a copago farmacéutico, ¿cuánto han de pagar en función de sus ingresos?
¿Qué pensionistas no pagan?
Como hemos comentado anteriormente, no pagan nada por los medicamentos con receta, los pensionistas con rentas inferiores a 5.635 euros anuales, y los pensionistas que no estén obligados a presentar la declaración de la renta y que tengan una renta anual inferior a 11.200 euros.
