Destacamos los puntos clave y las principales novedades aplicables a la fiscalidad de planes de pensiones y fondos de inversión a partir de 1 de enero de 2021:
- Se reducen los límites de aportación (2.000 euros) y de deducción en el IRPF por las aportaciones a planes de pensiones. El límite de deducción será la menor de estas cantidades: 2.000 euros o el 30% de los ingresos del trabajo y actividades económicas.
- Se reduce a 1.000 euros el límite de aportación a favor del cónyuge, siempre que éste tenga rentas inferiores a 8.000 euros anuales.
- Se mantiene la posibilidad de rescatar aportaciones de planes de pensiones con una antigüedad mínima de 10 años a contar desde 1 de enero de 2015, por lo que los primero rescates podrían realizarse a partir de 1 de enero de 2025.
- Se añade un nuevo tramo en la escala de gravamen, para rendimientos a partir de 300.000 euros, y se incrementa el tipo marginal del IRPF para ese último tramo (47%).
- Hay modificaciones en los tramos del IRPF de la Base Imponible del ahorro. Se añade un nuevo tramo, aplicable a rendimientos por encima de 200.000 euros a los que se les aplicará un tipo del 26%.
- Se mantiene el régimen transitorio, por el cual se puede aplicar una reducción del 40% en el rescate en forma de capital de aportaciones anteriores a 31/12/2006.
