Para generar derecho a una pensión de jubilación pública con carácter contributivo, hay que cumplir una serie de requisitos. Para calcular la cantidad de esa pensión, también se siguen unas pautas que en ocasiones derivan en situaciones injustas, puesto que no todas las cotizaciones ni los años trabajados cuentan igual para esa pensión. Pero esta situación podría cambiar con próximas reformas; o, al menos, las últimas reformas están avanzando en la línea de eliminar esos desequilibrios.
Una situación injusta que puede producirse es la de una persona que cotiza 15 años y genera derecho para tener una pensión de jubilación, y otra persona que cotiza 14 años y 364 días, justo un día menos. Aunque ambas han trabajado casi lo mismo, con un solo día de diferencia, en el primer caso se genera derecho a pensión y en el segundo no, es decir, el sistema cuenta como cero el tiempo trabajado en ese último supuesto.
Por ejemplo, María ha cotizado 14 años y 364 días a lo largo de su vida laboral, y no ha generado ese derecho. Manuel ha trabajado y cotizado un solo día más y tendrá pensión de jubilación. El sistema contabiliza y da valor a todos los días trabajados por Manuel pero considera que María no ha trabajado nada, es decir, a María le hubiera dado exactamente igual no cotizar ningún día que cotizar 14 años y 364 días, según la vara de medir del sistema.
La cuantía de la prestación
Además del periodo mínimo exigido para la pensión contributiva, también se generan situaciones injustas debido al hecho de que para el cálculo de la prestación se tengan en cuenta una serie de los últimos años antes de la jubilación (23 años en 2020 y periodo que se va ampliando a razón de un año por cada año que pasa, hasta llegar a los 25 últimos años que se tendrán en cuenta en 2022).
Pero esto puede generar situaciones en los que unas cotizaciones tienen más valor que otras, en concreto las de esos últimos años. Si María trabaja desde los 20 a los 48 años y cotiza por la pensión máxima, pero a esa edad cambia de trabajo, con menor sueldo, o se hace autónoma y se ve obligada a cotizar por la pensión mínima, como desde los 48 años hasta que se jubile a los 65 años ha cotizado por la base mínima, entonces también recibirá la pensión mínima.
Pero pongamos que Manuel, que ha estudiado dos carreras universitarias y un máster, empieza a trabajar a los 30 años como autónomo, cotizando lo mínimo hasta los 48. En ese momento pasa a ser trabajador por cuenta ajena y empieza a cotizar por lo máximo, hasta que se jubile también este año. Como en los últimos 17 años ha cotizado por lo máximo, recibe la prestación máxima.
Este caso muestra como, a pesar de que ha trabajado 10 años menos que María y también ha cotizado por lo mínimo durante más tiempo (18 años frente a los 17 de María), el hecho de haberlo hecho al principio de su vida laboral le beneficia. A María le ocurre lo contrario: le perjudica cotizar por el mínimo la última etapa de su vida laboral y para el sistema no cuenta para nada que haya cotizado por lo máximo durante 18 años (frente a los 17 de Manuel) ni que haya trabajado una década más. Así, el sistema permite que el tiempo y las cotizaciones de María tengan menos valor que las de Manuel.
Si María hubiera sido despedida antes de cumplir los 65 años y diez meses (2020), y hubiera pasado algunos años sin cotizar al no poder encontrar nuevo empleo y agotar su prestación contributiva por desempleo, el sistema también la penalizaría a pesar de que seguiría habiendo trabajado más años que Manuel en realidad. Su pensión sería mucho más baja que la de Manuel.
¿Cambiará la situación?
Sin embargo, las últimas reformas del sistema están destinadas a paliar en parte estas desigualdades. En 2022, el tiempo considerado para el cálculo de la prestación serán los últimos 25 años, de forma que no habrá tantas diferencias. Además, los expertos no descartan que finalmente la pensión pública llegue a calcularse teniendo en cuenta todo el tiempo efectivamente trabajado y cotizado.Actualmente, la comisión parlamentaria del Pacto de Toledo esta estudiando proponer introducir la opción de que el trabajador pueda elegir que se consideren los mejores 25 años de cotización de entre toda su carrera laboral.
¿Qué se puede hacer?
Para evitar estas posibles situaciones injustas, y ante las incertidumbres en cuanto al cálculo de la pensión que podrían traer potenciales futuras reformas, conviene tener un ahorro privado que nos permita vivir bien en la jubilación independientemente de cómo acabe conformándose el sistema de pensiones público.