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Pensiones mínimas: éstas son las cuantías vigentes en 2018

En 2018 se ha aplicado una revalorización del 1,6%, en línea con la evolución del IPC en el año previo

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Pensiones mínimas: éstas son las cuantías vigentes en 2018

© Val Vesa - www.unsplash.com

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ACTUALIZACIÓN: Conoce las pensiones mínimas para 2019

Los Presupuestos Generales del Estado para 2018, aprobados el pasado 5 de julio, han marcado una excepción en la fórmula de revalorización de las pensiones que se aplica desde 2014, conocida como Índice de Revalorización de las Pensiones (IRP). Este índice contempla variables como el número de pensiones que abona el sistema, diferencia entre ingresos y gastos de la Seguridad Social o tasa de sustitución de las pensiones y establece que las pensiones se revalorizarán un mínimo del 0,25% anual y un máximo del IPC incrementado un 0,50%.

De este modo, las pensiones se han revalorizado un 1,6% en 2018: al incremento del 0,25% experimentado en enero en virtud de la aplicación del IRP, se une el 1,35% adicional aplicado en una paga extra a finales de julio y con efectos retroactivos a 1 de enero de 2018. En 2019, las revalorización de las pensiones también se vinculará a la evolución del IPC.

Con este incremento del 1,6%, la pensión máxima quedaría fijada en 2018 en 2.614,96 euros y las pensiones mínimas en las siguientes cuantías:

Pensión de jubilación de un titular con 65 o más años

En modalidad con cónyuge a cargo, 810,60 euros. Sin cónyuge, 656,90 euros. Con cónyuge no a cargo 623,40 euros.

Pensión de jubilación de un titular menor de 65 años

En modalidad con cónyuge a cargo, 759,90 euros. Sin cónyuge, 614,50 euros. Con cónyuge no a cargo 580,90 euros.

Pensión de jubilación 65 años procedente de gran invalidez

En modalidad con cónyuge a cargo, 1.215,90 euros. Sin cónyuge, 985,40 euros. Con cónyuge no a cargo 935,1 euros.

Pensión de incapacidad permanente: gran invalidez

En modalidad con cónyuge a cargo, 1.215,90 euros. Sin cónyuge, 985,40 euros. Con cónyuge no a cargo 935,10 euros.

Pensión de incapacidad permanente absoluta

En modalidad con cónyuge a cargo, 810,60 euros. Sin cónyuge, 656,90 euros. Con cónyuge no a cargo 623,40 euros.

Pensión de incapacidad permanente total con 65 años o más

En modalidad con cónyuge a cargo, 810,60 euros. Sin cónyuge, 656,90 euros. Con cónyuge no a cargo 623,40 euros.

Pensión de incapacidad permanente total entre 60 y 64 años

En modalidad con cónyuge a cargo, 759,90 euros. Sin cónyuge, 614,50 euros. Con cónyuge no a cargo 580,90 euros.

Pensión de incapacidad permanente total derivada de enfermedad, menor 60 años

En modalidad con cónyuge a cargo, 408,60 euros. Sin cónyuge, 408,60 euros. Con cónyuge no a cargo 404,77 euros.

Pensión de viudedad

Con cargas familiares, 759,90 euros. Con 65 años y discapacidad mayor del 65%, 656,90 euros. Entre 60 y 64 años, 614,50 euros. Menor de 60 años, 497,60 euros.  

Pensión de orfandad

Por beneficiario, 200,70 euros. Por beneficiario menor de 18 años con discapacidad igual o mayor del 65%, 395 euros.

Orfandad absoluta: Un solo beneficiario, 698,30 euros. Varios beneficiarios (N), 200,70 + 497,60/N.

A favor de familiares

Por beneficiario, 200,70 euros.

Si no existe viuda ni huérfano pensionistas: Un solo beneficiario con 65 años, 485,10 euros. Un solo beneficiario menor de 65 años, 457,20 euros. Varios beneficiarios (N), 195,30 + 296,90/N.

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Comentarios

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Nacho 07 de noviembre de 2020 | 20:34
Tengo una duda sobre pension de favor familiar. He estado cuidando a mi padre jubilado y murio cuando yo tenia mas de 45 años. cumplo todos los requisitos, pero... mi madre cobro la viudedad por el y se murio. Y era el unico ingreso economico de casa. Ahora estoy solo y me gustaria pedir la pension de favor familiar por haber cuidado de mi padre. Tendria derecho? el cobraba 800€ de jubilacion. que me quedaria si tengo derecho? ademas tengo 35% de discapacidad. que por desgracia en este pais estamos abandonados.
Instituto BBVA de PENSIONES 26 de enero de 2021 | 13:36

Estimado Nacho,

Vd. podrá acceder a la pensión en favor de familiares, si habiendo convivido y dependido económicamente del causante con una antelación mínima de 2 años a la fecha de fallecimiento, no tiene derecho a otra pensión pública, carece de medios de subsistencia y acredita los requisitos legalmente establecidos.

Un cordial saludo. 

MOHAMED MHEND OUHANA BEN AAIAD 09 de diciembre de 2019 | 07:11
QUE PENSION percibiria por 15 años cotizados entré ESPAÑA Y BÉLGICA CON PERSONA A CARGO GRACIAD
Instituto BBVA de PENSIONES 23 de diciembre de 2019 | 07:04

Estimado Mohamed.



Desgraciadamente, el concreto cálculo de cuantías prestacionales, por diversas razones, excede de nuestro ámbito concreto de actuación.

Al concurrir además cotizaciones de dos sistemas diferentes y, por ende, con dos regulaciones diferentes en cuanto a periodos de carencia y cuantías de cara a una posible totalización de prestaciones, le recomendamos, por seguridad jurídica, que consulte su situación ante el INSS.

Un cordial saludo.

Ioan 19 de febrero de 2019 | 13:38
Cumplo la edad de 65 años el 21 de diciembre de 2020, con 45 años trabajados de los cuales 19 años y 6 meses en España y 26 años y 5 meses en Rumanía. En mi caso, cómo se calculará la pensión tomando como base los últimos 24 años, habida cuenta que la diferencia de años de 19,5 hasta 24 años los he trabajado en Rumanía y no en España.
Instituto BBVA de PENSIONES 19 de febrero de 2019 | 14:25

Estimado Ioan,

su pensión se calculará solo con cotizaciones en España. 19,5 años serían cotizaciones reales. Para el resto, se tomará la fórmula integración de lagunas: los 48 meses más próximos al hecho causante, por la base mínima. El resto, por el 50% de la base mínima.

Reciba un cordial saludo.

Sofian Baddouri 31 de enero de 2019 | 14:13
Creo que mi padre cobra menos de lo establecido según este artículo en su pensión de jubilación. Entonces no sé exactamente a qué organización debo dirigirme para tratar el tema, supongo que en la seguridad social, pero no encuentro ninguna información clara dónde me indique el procedimiento. Muchas gracias de antemano.
Instituto BBVA de PENSIONES 31 de enero de 2019 | 14:19

Buenas tardes Sofian,

le recomendamos que acuda directamente al INSS a solicitarlo.

Reciba un cordial saludo.

Loli Carmona 10 de enero de 2019 | 15:29
Hola tengo la pensión no contributiva de 369€ y ahora me an subido el grado de minusvalía al 77 y mean dicho que me tienen que subir la pensión ya que antes tenía un 65 nose si es verdad ... espero respuesta gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 10 de enero de 2019 | 15:57

Estimada Loli.

la cuantía de la pensión no contributiva de invalidez no depende del grado de discapacidad. No habría por tanto revisión de la pensión.

Reciba un cordial saludo.

Luis 30 de diciembre de 2018 | 21:53
Mi padre de 86 años cobra la pensión mínima con cónyuge a cargo desde hace años sin problemas. La pensión mínima con cónyuge a cargo para 2018 quedó establecida con las diferentes subidas en 14 pagas de 810,60 euros, total anual de 11.348,40 euros Este año mi padre ha cobrado de enero a julio 7 mensualidades de 788,90 euros, más una extraordinaria de 788,90 euros, más una paga compensatoria de las subidas en julio de 170,13 euros, total 6.480 euros. De agosto a diciembre, 5 mensualidades de 794,39 euros, más una extraordinaria de 794, 39 euros, total 4.766,34 euros. Al final le sale que ha cobrado este año 11.247,67 euros, 100,73 euros menos que lo que supone la pensión mínima total para este año. Además, si divido lo que ha cobrado este año entre 14 pagas, le sale 803,40 euros al mes, 7,19 euros menos que la pensión mensual estipulada para este año. ¿Habrá sido un error de la Tesorería de la Seguridad Social? ¿Se compensará este desfase en los pagos en enero con alguna paga extraordinaria? ¿Tendremos que reclamar a la Tesorería de la Seguridad Social?
Instituto BBVA de PENSIONES 30 de diciembre de 2018 | 22:02

Estimado Luis,

esta cuestión deberá resolverla directamente con la TGSS, pues no tenemos elementos para darle una respuesta precisa.

Reciba un cordial saludo.

agustin 21 de diciembre de 2018 | 15:58
hola. tengo una pension minima de 404 euros. pregunta es,si afectara my pension ,el salario minimo de 900 euros. gracias.
Instituto BBVA de PENSIONES 24 de diciembre de 2018 | 12:03

Estimado Agustín,

las pensiones mínimas subirán previsiblemente un 3% en 2019. Por tanto, su complemento a mínimos se vería incrementado si acredita carencia de otras rentas.

Reciba un cordial saludo.

cristina bosch sansano 12 de diciembre de 2018 | 11:17
Quisiera informarme si obteniendo una Incapacidad Permanente Total cobrando 403€.estando actualmente a cuidando de mi madre que tiene una pensión de 360€,puedo solicitar una pensión a favor familiar de 485€. Si es así,les agradecería que me guiaran los pasos a seguir(donde puedo dirigirme para solicitarla)Gracias.
Instituto BBVA de PENSIONES 12 de diciembre de 2018 | 12:14

Estimada Cristina,

La pensión en favor de familiares es incompatible con un determinado nivel de rentas y con la percepción de otra pensión pública. 

Reciba un cordial saludo.

mario 05 de diciembre de 2018 | 11:07
Hola, mi padre cobraba pension de jubilación de 885€ y mi madre pensión de SOVI de 420€. Recientemente ha fallecido mi padre. Que pensión de viudedad aprox le puede quedar a mi madre??, tengo dudas. Muchas gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 05 de diciembre de 2018 | 11:42

Estimado Mario,

no podemos cuantificar la pensión. Sería el 52% de la base reguladora que determinó la pensión de jubilación de su padre. Deberá consultar con el INSS para más detalles.

Reciba un cordial saludo.

MARIA CRUZ ARCE FUSTEL 29 de noviembre de 2018 | 17:47
Me gustaría saber si la cuantía de la pensión de Incapacidad Permanente Total, sin cónyuge de 614,50 € es idéntica para los trabajadores autónomos. Muchas gracias.
Instituto BBVA de PENSIONES 29 de noviembre de 2018 | 17:49

Estimada María Cruz,

la cuantía mínima es común a todos los regímenes.

Reciba un cordial saludo.