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Pensiones mínimas: éstas son las cuantías vigentes en 2018

En 2018 se ha aplicado una revalorización del 1,6%, en línea con la evolución del IPC en el año previo

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Pensiones mínimas: éstas son las cuantías vigentes en 2018

© Val Vesa - www.unsplash.com

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ACTUALIZACIÓN: Conoce las pensiones mínimas para 2019

Los Presupuestos Generales del Estado para 2018, aprobados el pasado 5 de julio, han marcado una excepción en la fórmula de revalorización de las pensiones que se aplica desde 2014, conocida como Índice de Revalorización de las Pensiones (IRP). Este índice contempla variables como el número de pensiones que abona el sistema, diferencia entre ingresos y gastos de la Seguridad Social o tasa de sustitución de las pensiones y establece que las pensiones se revalorizarán un mínimo del 0,25% anual y un máximo del IPC incrementado un 0,50%.

De este modo, las pensiones se han revalorizado un 1,6% en 2018: al incremento del 0,25% experimentado en enero en virtud de la aplicación del IRP, se une el 1,35% adicional aplicado en una paga extra a finales de julio y con efectos retroactivos a 1 de enero de 2018. En 2019, las revalorización de las pensiones también se vinculará a la evolución del IPC.

Con este incremento del 1,6%, la pensión máxima quedaría fijada en 2018 en 2.614,96 euros y las pensiones mínimas en las siguientes cuantías:

Pensión de jubilación de un titular con 65 o más años

En modalidad con cónyuge a cargo, 810,60 euros. Sin cónyuge, 656,90 euros. Con cónyuge no a cargo 623,40 euros.

Pensión de jubilación de un titular menor de 65 años

En modalidad con cónyuge a cargo, 759,90 euros. Sin cónyuge, 614,50 euros. Con cónyuge no a cargo 580,90 euros.

Pensión de jubilación 65 años procedente de gran invalidez

En modalidad con cónyuge a cargo, 1.215,90 euros. Sin cónyuge, 985,40 euros. Con cónyuge no a cargo 935,1 euros.

Pensión de incapacidad permanente: gran invalidez

En modalidad con cónyuge a cargo, 1.215,90 euros. Sin cónyuge, 985,40 euros. Con cónyuge no a cargo 935,10 euros.

Pensión de incapacidad permanente absoluta

En modalidad con cónyuge a cargo, 810,60 euros. Sin cónyuge, 656,90 euros. Con cónyuge no a cargo 623,40 euros.

Pensión de incapacidad permanente total con 65 años o más

En modalidad con cónyuge a cargo, 810,60 euros. Sin cónyuge, 656,90 euros. Con cónyuge no a cargo 623,40 euros.

Pensión de incapacidad permanente total entre 60 y 64 años

En modalidad con cónyuge a cargo, 759,90 euros. Sin cónyuge, 614,50 euros. Con cónyuge no a cargo 580,90 euros.

Pensión de incapacidad permanente total derivada de enfermedad, menor 60 años

En modalidad con cónyuge a cargo, 408,60 euros. Sin cónyuge, 408,60 euros. Con cónyuge no a cargo 404,77 euros.

Pensión de viudedad

Con cargas familiares, 759,90 euros. Con 65 años y discapacidad mayor del 65%, 656,90 euros. Entre 60 y 64 años, 614,50 euros. Menor de 60 años, 497,60 euros.  

Pensión de orfandad

Por beneficiario, 200,70 euros. Por beneficiario menor de 18 años con discapacidad igual o mayor del 65%, 395 euros.

Orfandad absoluta: Un solo beneficiario, 698,30 euros. Varios beneficiarios (N), 200,70 + 497,60/N.

A favor de familiares

Por beneficiario, 200,70 euros.

Si no existe viuda ni huérfano pensionistas: Un solo beneficiario con 65 años, 485,10 euros. Un solo beneficiario menor de 65 años, 457,20 euros. Varios beneficiarios (N), 195,30 + 296,90/N.

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Comentarios

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jose 11 de abril de 2018 | 15:39
hola buenas tardes tengo una pension de 788,90 euros con el conyugue a cargo y mi mujer cobraba la pension no contributiva pero se la quitaron al cobrar yo pero ahora me piden que devuenva 5200 euro 86,72 euros al mes durante 5 años y diputación otra cantidad de 98 euros al mes durante 2 años total tengo que pagar todos los meses 185,72 euros y arora me reclaman otras dos deudas y no puedo pagarla y no puedo por favor que puedo aser me puedo declarar insorbente contestarme con lo que sea gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 11 de abril de 2018 | 15:54

Estimado Jose,

no conocemos el caso en detalle y tampoco podemos darle orientación legal. Le recomendamos que solicite asesoramiento especializado.

Reciba un cordial saludo.

jose 10 de abril de 2018 | 10:47
hola buenos días tengo una pension por jubilación de 788,90 euros con el conyugue a cargo y 21,27 euros de francias tengo obligación de aser la declaración de renta por cobrar de Francia gracuias
Instituto BBVA de PENSIONES 10 de abril de 2018 | 11:29

Estimado Jose,

Por lo que describe, no llegaría a 12.000 euros anuales, que en su caso sería el tope, por lo que parece que no tendría obligación de presentar la declaración. Consulte no obstante en la Agencia Tributaria.

Reciba un cordial saludo.

JOSE MANUEL DORADO RUIZ 07 de abril de 2018 | 11:37
TENGO 70 AÑOS. INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA DESDE 1999. ESTOY COBRANDO EN LA ACTUALIDAD 659€. MI ESPOSA COBRA 603 € POR JUBILACION Y TENEMOS SEPARACION DE BIENES. ¿ESTA CORRECTO? GRACIAS
Instituto BBVA de PENSIONES 07 de abril de 2018 | 12:35

Estimado José Manuel,

no tenemos datos para determinar el cálculo de sus pensiones. Deberán consultarlo en el INSS. De cara al complemento a mínimos, si es que procede, solo se tienen en cuenta las rentas del beneficiario.

Reciba un cordial saludo.

Cristina 05 de abril de 2018 | 16:50
Buenas tardes, me gustaría saber si la subida del 3% en el caso de que se diera, se refiere a la pensión o al conjunto de la pensión con el complemento de cónyuge?. Usted me podría decir si una persona de 66 años pensionista podría trabajar de alguna forma por cuenta prooia o ajena, le quitarian la jubilación? Muchas gracias por anticipado, un saludo.
Instituto BBVA de PENSIONES 05 de abril de 2018 | 17:09

Estimada Cristina,

subirán las pensiones que correspondan (menores de 850 euros) y además las cuantías mínimas.

Por otro lado, cualquier trabajo en la jubilación implicaría suspender la pensión salvo en las modalidades de jubilación activa, jubilación flexible o en el supuesto de realizar actividades por cuenta propia cuyos ingresos no excedan el SMI anual. En este último caso, se mantendría el 100% de la pensión.

Reciba un cordial saludo.

Pensionista 05 de abril de 2018 | 16:35
Hola, la pensión no contributiva de 369€ subirá ese 3%? y ¿qué mes seria cuando empiece a cobrarse?
Instituto BBVA de PENSIONES 05 de abril de 2018 | 17:02

Buenas tardes,

de momento se trata de una propuesta sujeta a aprobación de los PGE. La subida tendría efectos desde el 1 de enero.

Reciba un cordial saludo.

fernando Baldovi 05 de abril de 2018 | 15:33
en la actualidad cobro 794 euros tengo 80 años ¿ que aumento me corresponde? gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 05 de abril de 2018 | 15:37

Estimado Fernando,

a su pensión se le aplicaría, siempre que se aprueben los PGE, un incremento del 1%.

Reciba un cordial saludo.

Mary P.B 04 de abril de 2018 | 18:01
He realizado esta pregunta y obtenido la respuesta que pongo a continuación: María 03 de abril de 2018 | 18:19 Buenas tardes: Tengo cotizados casi 28 años, termino en breve un contrato de 3 meses, al tiempo cumplo 55 años y tengo un hijo menor de 26 que está estudiando, voy a solicitar la ayuda a mayores de 55 años y así seguiré cotizando para la jubilación, pero mi duda es si tengo que trabajar 2 años en los últimos 15 antes de jubilarme o si esta ayuda de mayores de 55 me cuenta como esos dos últimos años? Gracias. Instituto BBVA de PENSIONES 03 de abril de 2018 | 19:13 Estimada María, la ayuda para mayores de 55 años cotiza por la base mínima, pero mno sirve para acreditar periodos de carencia. De hecho, para poder percibirla es necesario acreditar todos los requisitos de acceso a la jubilación salvo la edad. Reciba un cordial saludo. Creo que no me he explicado bien, deseo saber si una vez que he reunido los requisitos y me la concedan la paga de mayores de 55 años, tengo que trabajar, igualmente, 2 años dentro de los 15 últimos........Muchas gracias.
Instituto BBVA de PENSIONES 04 de abril de 2018 | 20:49

Estimada Mary,

si ya cumple los requisitos, no tendría que trabajar esos dos años. La ayuda para mayores de 55 años cotizaría por la base mínima.

Reciba un cordial saludo.

María 03 de abril de 2018 | 21:55
Hola,cobro una incapacidad permanente total de 570 euros y tengo menos de 55 años, tengo derecho a la subida del 3%. Muchas gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 04 de abril de 2018 | 14:29

Estimada María,

la pensión está sujeta a que se aprueben los PGE. En su caso le correspondería un incremento del 1,5%.

Reciba un cordial saludo.

María 03 de abril de 2018 | 18:28
Buenas tardes: Tengo pensión de viudedad de clases pasivas de 464 euros, no tengo derecho a complemento a mínimos, si se aprueban los presupuestos, mi pensión será tratada como pensión mínima y subirá un 3% o entrará en pensiones de viudedad con la subida del 2% de la base reguladora, la cual no me correspondería por no tener 65 años...... Muchas gracias.
Instituto BBVA de PENSIONES 03 de abril de 2018 | 19:15

Estimada María,

las pensiones inferiores a 700 euros, como la suya, se verían incrementadas un 1,5%.

Reciba un cordial saludo.

María 03 de abril de 2018 | 18:19
Buenas tardes: Tengo cotizados casi 28 años, termino en breve un contrato de 3 meses, al tiempo cumplo 55 años y tengo un hijo menor de 26 que está estudiando, voy a solicitar la ayuda a mayores de 55 años y así seguiré cotizando para la jubilación, pero mi duda es si tengo que trabajar 2 años en los últimos 15 antes de jubilarme o si esta ayuda de mayores de 55 me cuenta como esos dos últimos años? Gracias.
Instituto BBVA de PENSIONES 03 de abril de 2018 | 19:13

Estimada María,

la ayuda para mayores de 55 años cotiza por la base mínima, pero mno sirve para acreditar periodos de carencia. De hecho, para poder percibirla es necesario acreditar todos los requisitos de acceso a la jubilación salvo la edad.

Reciba un cordial saludo.