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Presupuestos 2019: así será el nuevo subsidio para mayores de 52 años

La nueva ayuda podría percibirse hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación y pasaría a cotizar por el 125% de la base mínima vigente

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Presupuestos 2019: así será el nuevo subsidio para mayores de 52 años

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Una de las medidas más esperada por muchos trabajadores, desde que se anunció el año pasado, es la reforma del subsidio para mayores de 55 años que han agotado la prestación contributiva por desempleo. La reforma de esta ayuda está finalmente contemplada en el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2019 que, de aprobarse en su redacción actual, permitiría a los nuevos beneficiarios del subsidio disfrutar de condiciones más favorables que las vigentes en el actual.

Las principales novedades son:

Edad de acceso: pasa de 55 años a 52 años

Esta ayuda se concibió inicialmente para trabajadores mayores de 52 años, si bien en el año 2012 se endurecieron las condiciones de acceso, elevando la edad hasta los 55 años e imponiendo el requisito de acreditar carencia de rentas no solo del beneficiario, sino también de su unidad familiar. Este último requisito fue tumbado por el Tribunal Constitucional y no se exige desde julio de 2018. En cuanto a la edad del nuevo subsidio planteado en los Presupuestos, retorna a esos 52 años.

Se incrementan bases de cotización y efectos de estas cotizaciones

La actual ayuda para mayores de 55 años cotiza por el 100% de la base mínima, mientras que esta nueva ayuda lo haría por el 125% de dicha base que, para 2019, está fijada en 1.050 euros. La cuantía del subsidio permanece fijada en el 80% del IPREM, que para 2019 es de 438,8 euros mensuales. La novedad en cuanto a la cuantía, según ha aclarado la ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social Magadlena Valerio,es que todos los beneficiarios percibirán el 100% de la misma, con independencia de que provengan de un empleo a tiempo completo o a tiempo parcial. En la actual ayuda para mayores de 55 años, la cuantía de la prstación es proporcional al tipo de jornada que se realizaba previamente.

Las cotizaciones de la ayuda para mayores de 55 años computan a efectos del cálculo de la base reguladora y de tiempo de cotización con el que determinar qué porcentaje de base reguladora le corresponde al trabajador. Las cotizaciones de la nueva ayuda para mayores de 52 años computarían a todos los efectos, también para alcanzar el periodo de carencia que se exige en las jubilaciones anticipadas (30, 33 o 35 años, dependiendo de la modalidad de jubilación anticipada).

Se podrá percibir el subsidio hasta la edad de jubilación ordinaria

La ayuda para mayores de 55 años se concede hasta que el beneficiario pueda acceder a la jubilación en cualquiera de sus modalidades, anticipada u ordinaria. Es decir, en el momento el en que el perceptor cumple una edad en la que puede jubilarse, el subsidio se extingue, si bien el acceso a la jubilación no es forzoso, aunque sí induce a retirarse al perder los ingresos. Muchos beneficiarios de esta ayuda se jubilaban, por tanto, anticipadamente, algo que podría ocasionarles una reducción permanente en su pensión de hasta el 2% por cada trimestre o fracción de trimestre de anticipación respecto a la edad ordinaria.

El desarrollo normativo de la nueva ayuda para mayores de 52 años contempla que se pueda percibir hasta que el beneficiario alcance la edad ordinaria de acceso a la pensión contributiva de jubilación, lo que evitaría esa penalización en la cuantía de la pensión al poder alcanzar la edad ordinaria como perceptor del subsidio.

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Comentarios

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Juan 20 de junio de 2019 | 20:15
buenas tardes, me han concedido el subsidio mayores de 52 años hoy, mi pregunta es, tengo 55 años y me lo han concedido hasta 2028 justo cuando cumplo 65 años, a mi me toca jubilarme con 67 años, pregunta, debería presentar una reclamacion, actualmente tengo cotizado 24 años y 15 dias, muchas gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 24 de junio de 2019 | 09:39

Estimado Juan.

Supongo que es una estimación y habrá que ver que normas se aplican en 2028. Si todo sigue igual y usted no tiene derecho a la jubilación a edad edad, se la ampliarán.

Un cordial saludo

maria 14 de junio de 2019 | 19:43
Hola, cumplire los 52 años en diciembre de 2019, tengo cotizados 24 años a la seguridad social, 12 en el regimen general y otros doce en el regimen especial agrario por cuenta ajena, deje de cotizar en 2012 y desde entonces estoy como demandante de empleo, solo he trabajado unos tres meses en el regimen general desde mediados de 2012 hasta la fecha, Cuando cumpla los 52 años en diciembre me concederian el subsidio para mayores de 52 años
Instituto BBVA de PENSIONES 16 de junio de 2019 | 14:07

Estimada María.

Además de las condiciones generales, necesita venir de una situación legal de desempleo: fin de la prestación contributiva de desempleo, no haber tenido derecho a esta, pero al menos haber cotizado a desempleo 3 años, ...

Un cordial saludo

MARIA JOSEFA 07 de junio de 2019 | 12:20
Hola , concedido subsidio mayores 52 años se me suspende tras notificar cambios rentas( venta inmueble herencia) me dan un año para poder volver a solicitarlo pero no se cono calcular si en ese tpo reuniria requisito de no superar el 75 % que establecen gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 09 de junio de 2019 | 12:47

Estimada María José.

Ese dato lo debe extraer de su declaración de las renta.

Un cordial saludo

Carlos 02 de junio de 2019 | 20:15
Buenas tardes. Muchas gracias por su atención profesional . Tengo 56 años en mayo de este mes terminé el paro de 24 meses y en junio solicitaré el subsidio de 52 tengo 38 años cotizados por cuenta ajena , cumplo todos Lis requisitos . L pregunta es ; mi madre murió hace 10 días y somos en total 13 hermanos , todavía no se han arreglado los papeles con el abogado para él te. De las escrituras y que los hermanos Lis 13 recibiremos la casa como herencia . Cuando debo comunicar al sepe que recibiré mi 13 haba arte de la casa como ingreso a mi favor Muchas gracias , Un saludo por su profesionalidad
Instituto BBVA de PENSIONES 03 de junio de 2019 | 18:47

Estimado Carlos.

Hay sentencias sobre ese particular que señalan que no se tiene en cuenta la herencia como rentas a los efectos del subsidio, ni siquiera cuando se vende. 

En cualquier caso, siempre es mejor comunicarlo. 

Un cordial saludo 

M carmen Los Arcos herreros 27 de mayo de 2019 | 21:27
Tengo 59 años hago 60 en septiembre, cuando termine de trabajar solicite subsidio 52 años y me dijeron que me faltaban algún año para 15 cotizados, me dijeron de pagarme yo un convenio especial y ahora tengo los 15 años, cual es mi sorpresa que cuando dejo de pagar y voy a solicitarlo de nuevo lo han subido a 55 años y además con los ingresos totales de la familia, ahora lo vuelvo a solicitar y me lo deniegan otra vez tengo derecho, todos los demás requisitos los cumplo
Instituto BBVA de PENSIONES 10 de junio de 2019 | 16:44

Estimada María del Carmen.

Se demanda que venga de alguna de las situaciones que recoge la ley y seguramente usted no acrecita ninguna. La más fácil es cotizar justo antes del momento de solicitud 3 meses al desempleo.

Un cordial saludo

Manuel Pla 16 de mayo de 2019 | 20:50
Hola, tengo 61 años. Por un despido objetivo, estoy en el paro, el cual acaba cuando tenga 61 años y 6 meses. Cuando acabe el paro quiero solicitar el subsidio para mayores de 52 años durante 6 meses hasta los 62 años, para que me quede un poco mejor la pensión (el subsidio antes era hasta los 61, pero ahora esta ampliado hasta la fecha de jubilación). Pero tengo la siguiente duda: ¿Puedo solicitar el subsidio para mayores de 52 años solo durante 6 meses y jubilarme a los 62 años (anticipada)? ¿O una vez solicitado tengo que continuar con él hasta la fecha de jubilación ordinaria (no anticipada)? es decir, que no me dejen jubilarme anticipadamente. Espero tu respuesta, muchas gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 05 de junio de 2019 | 06:54

Estimado Manuel.

No hay ningún problema en que solicite la jubilación anticipada, si cumple los requisitos. 

 Un cordial saludo

Isolina 13 de mayo de 2019 | 00:42
Tengo 52 años y 15 años cotizados a la seguridad social llevo 4 años en paro y hace un año que deje de cobrar la rai ,tengo derecho al subsidio de mayores de 52
Instituto BBVA de PENSIONES 30 de mayo de 2019 | 22:17

Estimada Isolina,

Bienvenida  a BBVA Mi Jubilación, con los datos que aporta puede optar a la ayuda para mayores de 52 años siempre que cumpla el resto de requisitos como por ejemplo estar inscrita ininterrumpidamente como demandante de empleo.

Un cordial saludo

ricard 08 de mayo de 2019 | 19:56
buenas dias Entonces cotizara por 1312,5€, a partir de cuando Saludos ricard
Instituto BBVA de PENSIONES 21 de mayo de 2019 | 23:23

Estimado Ricardo,

La nueva cotización está en vigor desde la aprobación del decreto.

Saludos

Ana 08 de mayo de 2019 | 18:40
Hola Buenas tardes, a ver si me pueden ayudar. Y si puedo acceder al subsidio. En estos momentos he cumplido 59 años, tengo 20 años cotizados a la Seg. Social de los cuales 3 en autónomos y el resto en Régimen General. Estuve cotizando desde el año 1979 hasta el año 2001. Luego estuve sin trabajar e inscrita como demandante de empleo. En el año 2012 hasta el 2015, estuve de autónoma. Y me volví a inscribir como demandante de empleo. En el año 2017 estuve trabajando (2meses) y luego otra vez como demandante. Este año en febrero he comenzado a trabajar haciendo una sustitución (baja maternal), la cual me finaliza a primeros de Junio. Creen que puedo acceder a la prestación. Un saludo.
Instituto BBVA de PENSIONES 22 de mayo de 2019 | 07:54

Estimada Ana,

Con los datos que refiere entendemos que recibirá la ayuda para mayores de 52 años,

Un cordial saludo

alfredo 01 de mayo de 2019 | 23:54
hola. se puede salir al extranjero de vacaciones 2 veces en el año de 15 o 16 días cada uno aunque cancelen el subsidio y a la vuelta lo reanuden. gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 19 de mayo de 2019 | 18:16

Estimado Alfredo,

Bienvenido a BBVA Mi Jubilación, debe comunicar al SEPE las salidas y son de una duración superior a 15 días se suspende la ayuda, podrá reanudarla con posterioridad.

Un cordial saludo