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Protección en caso de invalidez

En el siguiente vídeo te explicamos los distintos tipos de prestaciones y requisitos que tienen cada uno de los casos de invalidez en España.

Tiempo de lectura: 3 minutos

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La Seguridad Social ofrece diversos mecanismos de cobertura a los trabajadores en caso de situaciones de incapacidad, que puede ser de tipo total o permanente, y que dará lugar a distintos niveles de prestaciones.

Incapacidad temporal

La prestación económica por incapacidad temporal trata de cubrir la falta de ingresos que se produce cuando el trabajador, debido a una enfermedad o accidente, está imposibilitado temporalmente para trabajar y precisa asistencia sanitaria de la Seguridad Social.

Se reconocerá durante un periodo de 365 días, que puede ser ampliado 180 días adicionales. Finalizará por alta médica o por causar una pensión de incapacidad permanente. La cuantía será 60% de la base reguladora desde el 4º día de la baja hasta el 20º inclusive y el 75% desde el día 21 en adelante en caso de enfermedad común y accidente no laboral y del 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja en el trabajo en caso de enfermedad profesional o accidente de trabajo.

Incapacidad parcial para la profesión habitual

Ocasiona al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento para dicha profesión. La cuantía consiste en una indemnización a tanto alzado (24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para el cálculo de la incapacidad temporal). Es compatible con cualquier trabajo incluido el que viniera desarrollando.

Incapacidad permanente total para la profesión habitual

Inhabilita al trabajador para su profesión habitual pero puede dedicarse a otra distinta.

La cuantía equivale al 55% de la base reguladora. Se incrementará un 20% a partir de los 55 años cuando por diversas circunstancias se presuma la dificultad de obtener empleo en actividad distinta a la habitual. Es compatible con cualquier trabajo excluido el desempeño del mismo puesto en la empresa.

Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo

Inhabilita al trabajador  para toda profesión u oficio y la cuantía asciende al 100% de la base reguladora. El trabajador puede realizar actividades compatibles con su estado.

Gran invalidez

Se reconoce esta situación cuando el trabajador incapacitado permanente necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida. La cuantía de la prestación se obtiene aplicando a la base reguladora el porcentaje correspondiente a la incapacidad permanente total o absoluta, incrementada con un complemento.Permite al trabajador realizar actividades compatibles con su estado.

Prestación de nivel no contributivo: pensión de invalidez

La Pensión no Contributiva de Invalidez asegura a todos los ciudadanos en situación de invalidez y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una Pensión Contributiva.

Entre otros requisitos a acreditar se encuentran tener 18 años o más, acreditar carencia de rentas, residir en España y tener reconocido un grado de discapacidad del 65% o superior.

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