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¿Qué competencia tienen las Comunidades Autónomas en materia de asistencia social?

Se ocupan de la asistencia social, tratando de proteger a los ciudadanos en sus situaciones de necesidad cuando carecen de recursos y no han cotizado a la Seguridad Social. 

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¿Qué significa asistencia social?

La asistencia social es una parte de la protección social que consiste en un conjunto de mecanismos que tratan de remediar determinados estados de necesidad de los ciudadanos. Se atiende a los individuos a través de la facilitación de bienes o servicios suficientes para cubrir su estado de necesidad.

Sus características principales son:

  1. El reconocimiento de la asistencia depende de los recursos de los beneficiarios para lo cual deberán acreditar su situación de necesidad real.
  2.  El acceso al derecho queda al margen de cualquier cotización a la seguridad social. Esto es, lo que se valora es que residan en España y que carezcan de ingresos adecuados para su subsistencia.
  3. Su ámbito es ilimitado. Depende directamente de los recursos públicos que existan en cada momento.

¿Quién tiene competencia en materia de asistencia social?

El artículo 149.1.17 de la Constitución determina que el Estado tiene competencia sobre legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, sin perjuicio de la ejecución de sus servicios por las Comunidades Autónomas.

Por otra parte, el artículo 148.1.20º señala que las Comunidades Autónomas son competentes en materia de Asistencia Social, de forma que es fundamental la limitación de sendas nociones.

Por otro lado, el artículo 41 de la Constitución señala que el ámbito de la Seguridad Social se extiende a todos los ciudadanos, y no solo a los que hayan cotizado suficientemente al sistema. Es decir, se va más allá de la idea de un sistema que solo protege a quien aporta.

De acuerdo con este precepto, se incluye la protección asistencial en el sistema de la Seguridad Social. No obstante, como se ha señalado, también las Comunidades Autónomas tienen competencia en la materia.

De esta forma, se puede diferenciar entre la “Asistencia Social Interna”, que es aquella que se incluye dentro del sistema de la Seguridad Social y la “Asistencia Social Externa”, que coincidente con la noción tradicional se encuentra fuera de ese ámbito.

¿Cuáles son las diferencias entre la asistencia social de la Seguridad Social y de las Comunidades Autónomas?

Dentro del ámbito de la Asistencia Social de la Seguridad Social, se regulan las prestaciones no contributivas. Si los ciudadanos cumplen los requisitos exigidos en la norma (residencia, carencia de recursos y discapacidad o edad superior a 65 años), pueden acceder al derecho. También se regulan en este ámbito las prestaciones familiares.

Sin embargo, la Asistencia Social prestada por las Comunidades Autónomas es discrecional. Es decir, depende del presupuesto que se destine a esta partida en cada ejercicio anual. Así, no todas ellas tienen la misma protección, ni todas ellas exigen los mismos requisitos para acceder a las ayudas.

De modo que no se crea un derecho, sino que el disfrute de las prestaciones está sujeto cada año a que existan recursos económicos para mantenerlas. En este caso, su naturaleza es cuasi benéfica.

¿Qué gestionan las Comunidades Autónomas?

En este ámbito se emplea el criterio de residualidad, lo que quiere decir que las Comunidades Autónomas complementan allí donde no llega la Seguridad Social.

Las Comunidades Autónomas se encargan generalmente de los servicios sociales y las rentas mínimas.

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