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¿Quién regula y supervisa los planes de pensiones?

Depositamos un importante activo en estos productos: nuestro ahorro para la jubilación. ¿Quién se encarga de su normativa velar por el buen funcionamiento?

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¿Quién regula y supervisa los planes de pensiones?

© Andrey_Popov - www.shutterstock.com/es

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Según datos de la patronal de los planes de pensiones, Inverco, el 16,2% de los españoles ahorra en planes de pensiones individuales, es decir, en torno 7,5 millones de cuentas de posición de participes en planes de pensiones  individuales (hay participes con más de un plan de pensiones), con un saldo medio que a cierre de 2018 ascendía a 9.543 euros. El patrimonio total invertido en estos planes de pensiones individuales ascendía a cierre de 2019 a 79.850 millones de euros.

Estos datos ponen de manifiesto la importancia de los planes de pensiones como vehículo de ahorro para la jubilación. Se trata de productos muy populares entre los ahorradores, por razones como sus incentivos fiscales en el momento de la aportación o la amplia gama de productos existentes en el mercado, lo que facilita que cada ahorrador pueda encontrar un plan que se ajuste a sus necesidades de ahorro.

Sin embargo, muchos de estos ahorradores no conocerán mucho más acerca de estos productos que su operativa básica: realizan las aportaciones, periódicas o puntuales, en su entidad de referencia, reciben información periódica de la misma acerca de la evolución del plan y es a esta entidad de referencia a donde se dirigen en el momento que quieren recuperar su ahorro.

Pero, ¿qué hay detrás de los planes de pensiones? Estos productos están sujetos a una exhaustiva regulación y supervisión, que hace de ellos unos vehículos de ahorro seguros para el partícipe. Vamos a conocerla.

Los organismos participantes

La Comisión de Control

Aplica en el caso de los planes de pensiones de empleo y asociados, y desempeña la labor de supervisión del plan, su funcionamiento y su correcta ejecución, así como la regulación de la modificación de las normas de funcionamiento si las hubiera.

En el caso de los planes de pensiones individuales no existe la comisión de control, y es la figura del Defensor del Partícipe (y de los beneficiarios) la que se encarga de arbitrar las posibles reclamaciones contra cualquier interviniente en el plan. Las decisiones del Defensor del Partícipe serán vinculantes para la entidad y las reclamaciones deberán ser resueltas en un plazo máximo de dos meses.

La Entidad Gestora

Se encarga de tomar las decisiones de inversión respecto al patrimonio. Estas decisiones deberán estar siempre en línea con la política de inversión del plan. Por ejemplo, un plan de pensiones conservador no deberá incurrir en riesgos más allá de los estrictamente permitidos en las especificaciones del plan, teniendo limitado, por ejemplo, el porcentaje de activos de riesgo que puede mantener en cartera.

La Entidad Depositaria

Es la responsable de custodiar los títulos y activos financieros que se encuentran en la cartera del fondo. Entidad Gestora y Depositario deben ser por ley entidades independientes, pues se encargan entre otras cosas de supervisarse mutuamente.

La Entidad Comercializadora

Es la entidad que se encarga de actuar de intermediario entre la gestora y el partícipe, realizando labores de comercialización y distribución de estos productos. Entre las figuras que pueden desarrollar esta función se encuentran entidades financieras, compañías aseguradoras o sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva (SGIIC).

El supervisor y regulador

El organismo encargado de estas funciones es la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), que depende de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa, adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital. Entre otras, sus principales funciones son:

  • La preparación e impulso de proyectos normativos en las materias de competencia de la Dirección.
  • La protección administrativa a los asegurados, beneficiarios, terceros perjudicados y partícipes en planes de pensiones mediante la atención y resolución de las reclamaciones y quejas presentadas contra las entidades y sujetos sometidos a su supervisión.
  • La contestación a las consultas formuladas en materia de seguros y reaseguros privados, mediación en seguros y reaseguros privados y gestoras y planes y fondos de pensiones.
  • La supervisión financiera, mediante la comprobación de los estados financieros contables, el análisis económico financiero, la revisión del cumplimiento normativo, y la revisión y evaluación de los riegos y de la solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras y grupos de entidades aseguradoras y reaseguradoras.
  • La supervisión de las conductas y prácticas de mercado de las personas y entidades que operen en relación con los planes y fondos de pensiones, así como de las entidades gestoras de fondos de pensiones. 

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27 de agosto de 2020

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