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¿Quiénes son los beneficiarios de las pensiones no contributivas de jubilación?

En el sistema de pensiones español, además de las pensiones contributivas que se determinan según las cotizaciones de los beneficiarios, se regulan las prestaciones no contributivas que dependen de la prueba de la carencia de rentas

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¿Quiénes son los beneficiarios de las pensiones no contributivas de jubilación?

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¿Cuáles son las prestaciones no contributivas que se reconocen en el sistema de Seguridad Social?

Son prestaciones económicas que se reconocen a aquellos ciudadanos que, encontrándose en situación de necesidad protegible, carezcan de recursos suficientes para su subsistencia en los términos legalmente establecidos, aun cuando no hayan cotizado nunca o el tiempo suficiente para alcanzar las prestaciones del nivel contributivo.

Dentro de esta modalidad, se encuentran las pensiones siguientes:

  • Invalidez.
  • Jubilación.

La gestión de estas pensiones no contributivas está atribuida a los órganos competentes de cada Comunidad Autónoma y a las Direcciones provinciales del Instituto de Mayores y Servicios Sociales en las ciudades de Ceuta y Melilla.

¿A quién se le reconoce una pensión no contributiva de jubilación?

La pensión no contributiva de jubilación asegura a todos los ciudadanos mayores de 65 años y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una pensión contributiva.

Pueden ser beneficiarios de la pensión no contributiva de jubilación los ciudadanos españoles y nacionales de otros países, con residencia legal en España que cumplen los siguientes requisitos, que a continuación se analizan.

La carencia de ingresos suficientes

Se demanda la carencia de ingresos suficientes: Existe carencia cuando las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual para 2020, sean inferiores a 5.538,40 € anuales.

No obstante, si son inferiores a la cuantía límite establecida anualmente y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su unidad económica de convivencia, sean inferiores a las cuantías que se señalan por la norma.

Dichos importes, dependen de su existe convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado, variando según sean 2, 3 o 4 convivientes. Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos, dependiendo del número de convivientes (entre 2 y 4) se determinan otro límite distinto de rentas.

¿Qué se entiende por unidad de convivencia? Existirá unidad económica de convivencia en todos los casos de convivencia del beneficiario con otras personas unidas con aquel por matrimonio o por lazos de parentesco de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado. El parentesco por consanguinidad hasta el 2º grado alcanza a: padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del solicitante.

La edad y la residencia en territorio español

Los requisitos específicos de la propia pensión no contributiva de jubilación son los siguientes, dado que la carencia de rentas es idéntica a lo exigido en la pensión no contributiva de invalidez.

La edad que se pide es que el solicitante sea mayor de sesenta y cinco años. Respecto a la residencia se solicita residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de diez años, en el período que media entre la fecha de cumplimiento de los dieciséis años y la de devengo de la pensión, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

La compatibilidad de la pensión

La pensión no contributiva de jubilación es incompatible con la pensión no contributiva de invalidez, con las pensiones asistenciales, y con los subsidios de garantía de ingresos mínimos y por ayuda de tercera persona, así como con la condición de causante de la asignación familiar por hijo a cargo mayor de dieciocho años y con discapacidad igual o superior al 65%.  

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Comentarios

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Gloria Natividad Marin Masdeu 29 de diciembre de 2020 | 20:54
Tengo 66 años y una discapacidad del 42% soy cubana Residente entre Las Palmas de Gran Canaria y Sevilla hace 15 años de los que he cotizado 13 años y no comprendo porqué llevo casi un año tramitando la no contributiva sin resultado y viviendo alquilada y comiendo con la ayuda de la trabajadora social y la Iglesia.
Instituto BBVA de PENSIONES 30 de enero de 2021 | 15:48

Estimada Gloria,

Le recomendamos solicite vd. una cita ante la Seguridad Social para que le informen del estado actual de su solicitud, puede contactar por teléfono 901 16 65 65 o si lo prefiere en su página web www.seg-social.es.

Un cordial saludo. 

Teresa Gómez 25 de diciembre de 2020 | 23:03
No tengo dinero ni casa. Solamente la no contributiva y tengo que pagar un crédito. Mr tengo que ir con mi hija que está en el paro y una minusvalía del 65% para siempre. El caso es nos tenemos que desplazar a Cataluña y no sé si por esta con mi yerno que trabaja en la ONCE,perderé mi pensión no contributiva. Tengo 69 años. Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 30 de enero de 2021 | 14:42

Estimada Teresa,

Para ser beneficiario de la pensión no contributiva, deberá vd. cumplir los requisitos exigidos, en cuanto a ingresos. Para el supuesto de convivencia con familiares, se computará la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su unidad económica de convivencia, los cuales deberán ser inferiores a las cuantías legalmente establecidas. Puede vd. solicitar toda la información detallada sobre las pensiones no contributivas en la Seguridad Social, a través de la página web www.seg-social.es.

Un cordial saludo. 

Ismael 17 de diciembre de 2020 | 08:49
hola : vivo en espsña desde 2010 con mi familia ,mi mujer y mi tres hijos entre ellos un mayor ,pero yo estoy dependiendo de mi mujer y tengo 65 años y tengo solamente quatro meses de cotizacion .puedo solicitar una jubilacion no contributiva o no ?? gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 30 de enero de 2021 | 13:52

Estimado Ismael,

Puede vd. consultar información detallada sobre los requisitos de acceso a los diferentes tipos de pensiones no contributivas de la Seguridad Social, documentación necesaria y trámite de solicitud, a través de la página web www.seg-social.es.

Un cordial saludo. 

Angela Julia 15 de diciembre de 2020 | 11:42
Deseo saber, si con la pension no contributiva por edad de jubilación, siendo ciudadana española, me puedo ir a vivir a mi país de origen, el cual es Cuba, y cobrar la alla mensualmente. En espera de su atencion Cordialmente, Angela Julia Betancourt ajulita05@yahoo.es
Instituto BBVA de PENSIONES 29 de enero de 2021 | 20:23

Estimada Angela,

Para poder percibir la pensión no contributiva de jubilación vd. deberá estar residiendo en España obligatoriamente, pues únicamente es posible el cobro de una pensión contributiva residiendo en el extranjero. 

Un cordial saludo. 

Odalys Caridad 10 de diciembre de 2020 | 17:51
Hola, hace 5 años vivo en España, he trabajado 6 meses aproximadamente, estoy en paro, pero es una edad difícil para el empleo, soy ciudadana española y como mujer necesito una pensión, no vivir de limosnas de familia o esposo, es indigno en el tiempo que vivimos, eso creo, saludos.
Instituto BBVA de PENSIONES 29 de enero de 2021 | 19:51

Estimada Oladys,

Puede vd. consultar información detallada sobre los requisitos de acceso a los diferentes tipos de pensiones de la Seguridad Social, documentación necesaria y trámite de solicitud, a través de la página web www.seg-social.es.

Un cordial saludo. 

Esther Maria conesa 10 de diciembre de 2020 | 15:59
Hola me gustaría saber si la prejubilacion de mayores de 52 sigue igual a día de hoy o si subió a 25 años cotizados gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 29 de enero de 2021 | 19:50

Estimada Esther,

Puede vd. consultar información detallada sobre los requisitos de acceso al subsidio para mayores de 52 años, documentación necesaria y trámite de solicitud, en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) a través de página web www.sepe.es.

Un cordial saludo. 

Bruna 25 de noviembre de 2020 | 14:44
Hola, una persona que recibe la pensión no contributiva cuánto tiempo máximo puede estar fuera de España para no perderla? Y en caso de que pasara este tiempo máximo, qué tipo de consecuencias puede tener? Gracias de antemano.
Instituto BBVA de PENSIONES 27 de enero de 2021 | 13:57

Estimada Bruna,

La residencia legal en territorio español es uno de los requisitos para conservar el derecho a la pensión no contributiva. La residencia no se considerará interrumpida por las ausencias en territorio español por período inferior a noventa días a lo largo de cada año natural, así como cuando la ausencia esté motivada por causas de enfermedad debidamente justificadas.

Un cordial saludo. 

Wilmer Chirinos 19 de septiembre de 2020 | 14:57
Hola, Tengo residencia legal desde el 29 de noviembre de 2011(Comunitario), cuando renové el NIE en el año 2016 me fue denegado y después para el 5 de junio de 2017 me fue aprobado, Como puedes notar hay un vacío entre el 29 de noviembre de 2016 hasta el 5 de junio de 2017. El 19 de octubre de 2017 solicité la nacionalidad por residencia y me fue concedida el 19 de febrero de 2020, Como podrá observar el ministerio de justicia consideró residencia continuada desde el 19 de octubre de 2016 al 19 de octubre del 2017, requisito del año inmediatamente anterior a la solicitud. Ahora bien por todo lo antes expuesto, puedo solicitar mi pensión no contributiva para el 29 de noviembre de 2021 ?, considerando residencia continuada desde el 29 de noviembre de 2011. Cumplo con el requisito de los 65 años de edad
Instituto BBVA de PENSIONES 15 de noviembre de 2020 | 19:03

Estimado Wilmer Chirinos,

 Solicite vd. información en los Servicios Sociales competentes de su Comunidad Autónoma de residencia, donde le informarán sobre los requisitos para tener derecho al acceso a una pensión no contributiva.

Un cordial saludo, 

Antonio Martin 15 de septiembre de 2020 | 11:28
Tengo 67 años, resido en Andalucia y recibo una pensión por incapacidad absoluta, desearía saber si mi esposa puede solicitar una pensión por jubilación no contributiva, teniendo en cuenta que mis ingresos no tributan y no constan en la declaración por IRPF, por lo que en dicha declaración los ingresos que figuran son mínimos. Saludos y muchas gracias.
Instituto BBVA de PENSIONES 15 de noviembre de 2020 | 19:18

Estimado Antonio,

 Solicite vd. información en los Servicios Sociales competentes de su Comunidad Autónoma de residencia, donde le informarán sobre los requisitos para tener derecho al acceso a una pensión de jubilación no contributiva.

Un cordial saludo, 

Noureddine 19 de julio de 2020 | 02:25
Buenas noches, actualmente estoy trabajando, tengo un grado de discapacidad de 68%, tengo derecho cobrar alguna prestación estando trabajando? Saludos desde España
Instituto BBVA de PENSIONES 05 de agosto de 2020 | 19:48

Buenas tardes,

 Le recomendamos que contacte vd. con los servicios sociales competentes de su comunidad autónoma de residencia.

Un cordial saludo,