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Requisitos de acceso y cálculo de la pensión de incapacidad permanente total

Este tipo de incapacidad inhabilita al trabajador para realizar las labores principales de su profesión habitual. Te informamos sobre los requisitos exigidos para el acceso a la misma, y sobre cómo se calcula la pensión de incapacidad permanente total.

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Requisitos de acceso y cálculo de la pensión de incapacidad permanente total

@nci - www.unsplash.com

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¿Qué es la incapacidad permanente?

Un trabajador se encuentra en situación de incapacidad permanente, cuando después de haber estado sometido al tratamiento médico prescrito, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral.

El trabajador habrá seguido el tratamiento prescrito, pero aun así le han quedado secuelas que le impiden desarrollar su trabajo como antes de la enfermedad o accidente.

Por otro lado, la pensión de incapacidad permanente es la prestación económica que trata de cubrir la pérdida de ingresos que sufre un trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral.

¿Qué es la incapacidad permanente total para la profesión habitual?

La incapacidad total para la profesión habitual inhabilita al trabajador para realizar las labores principales de dicha profesión, pero puede dedicarse a otra distinta.

Además, existen otros grados de Incapacidad permanente, como:

  • La incapacidad permanente absoluta que inhabilita al trabajador para toda profesión u oficio.
  • La Gran invalidez, que se produce cuando la persona incapacitada permanente necesita la asistencia de otra persona para los actos más esenciales de la vida.
  • La incapacidad parcial para la profesión habitual, que produce al trabajador una disminución no inferior al 33% en el rendimiento para dicha profesión.

La incapacidad permanente total puede calificarse como cualificada, cuando el beneficiario tenga más de 55 años y circunstancias profesionales, personales o sociolaborales que hagan presumir la dificultad de encontrar un nuevo empleo (reinsertarse en el mercado laboral).

Además, la incapacidad total puede llegar a calificarse como gran invalidez, cuando, además precise asistencia de otra persona para actos esenciales de la vida.

Requisitos exigidos para el acceso a la pensión de incapacidad permanente total

Para acceder a la pensión se exige afiliación y alta o situación asimilada al alta , y no haber cumplido la edad para acceder a la pensión de jubilación contributiva o no reunir los requisitos exigidos para acceder a la misma, si la incapacidad deriva de enfermedad común o accidente no laboral.

Además, se exige cumplir unos requisitos de cotización mínima, en caso de que la incapacidad derive de enfermedad común, dependiendo de la edad del interesado:

  • Menores de 31 años: se requiere al trabajador causante haber cotizado al menos durante un tercio del tiempo trascurrido entre la fecha en que cumplió 16 años y la del hecho causante.
  • Mayores de 31 años, se le requiere dos requisitos:
    • Periodo genérico de cotización: haber cotizado al menos durante una cuarta parte del tiempo trascurrido entre la fecha en que cumplió 20 años y la del hecho causante, con un mínimo en todo caso de 5 años.
    • Período específico de cotización: además, deberá acreditar que un quinto del anterior período de cotización exigible se ha cotizado en los 10 últimos años inmediatamente anteriores al hecho causante (o de la fecha en la que se terminó la obligación de cotizar, cuando se acceda desde la situación asimilada al alta).

No se tendrán en cuenta, a estos efectos, las fracciones de edad inferiores a 6 meses: si son superiores, se consideran equivalentes a medio año. Los períodos de cotización resultantes serán objeto de redondeo, no teniéndose en cuenta, en su caso, las fracciones de mes.

No hay requisitos de cotización previa en caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional

¿Cómo se calcula la pensión de incapacidad permanente total?

Cálculo de la base reguladora que determinará la pensión

El cálculo de la base reguladora es el primer paso para el cálculo de la pensión. Ese cálculo es diferente dependiendo de si la causa de la incapacidad permanente es la enfermedad común, el accidente laboral y la enfermedad profesional, o el accidente no laboral.

 1. En el supuesto de enfermedad común:

  • Regla general para mayores de 52 años
    • Se suman las bases de cotización del beneficiario de los últimos 96 meses (8 años) anteriores al hecho causante y se divide por 112.
    • Se actualizan todas las bases de cotización según el Índice de precios al consumo (IPC), excepto las últimas 24 bases.
    • Se le aplica los porcentajes que correspondan, según la escala prevista para la pensión de jubilación , en función del número de años cotizados, a los que se suman los años que se hubiesen cotizado hasta la edad de jubilación si se hubiese continuando trabajando. Es decir, si se han cotizado 15 o menos años se aplicará un 50%. Si se ha contribuido 36 años o más (en 2020 a 2022) se determinará el 100%.
  • Regla general para menores de 52 años
    • El periodo mínimo de cotización que se les exige es inferior a 96 meses
    • El número de meses cotizados que se exigen (según lo indicado más arriba) se dividirá por un número que se establecerá sumando las bases cotizadas y el número de pagas extras devengadas. Es decir, la base reguladora será el cociente que se hallará dividiendo la suma de las bases mensuales de cotización en número igual al de meses de que conste el período mínimo de cotización exigible por el número de meses a que dichas bases se refieran, multiplicando este divisor por el coeficiente 1,1666.

 2. Cálculo de la base reguladora en el supuesto de accidente de trabajo o enfermedad profesional

 En este caso, la base reguladora se calcula sobre salarios reales. Será el cociente de dividir por 12 los siguientes sumandos:

  • Salario base diario y antigüedad en la fecha del accidente o baja por enfermedad multiplicado 365
  • Pagas extraordinarias, beneficios o participación, por el importe total en el año anterior al accidente
  • Las retribuciones complementarias y horas extraordinarias en el año anterior al accidente que se dividen por el número de días efectivamente trabajados y el resultado se multiplicarán por 273
  • La cuantía obtenida se divide por 12: en estos supuestos la pensión se cobra en doce mensualidades.

La base reguladora, en el caso de accidente de trabajo o enfermedad profesional, no puede ser superior a la base de cotización máxima, ni inferior a la base mínima, vigentes al sobrevenir la incapacidad.

 3.  En el supuesto de accidente no laboral

En este caso se suman bases de cotización de 24 meses ininterrumpidos y se dividen entre 28. Esas 24 bases de cotización se eligen por el beneficiario entre las bases de los últimos 7 años, tiene que escogerlas de forma ininterrumpida. 

Porcentaje aplicable sobre base reguladora

Para calcular la pensión se aplica un 55% a la base reguladora calculada. En los supuestos de incapacidad permanente cualificada (para mayores de 55 años) se aplica un 75%.

Si tiene su origen en enfermedad común, la pensión resultante no podrá ser inferior al 55% de la base mínima de cotización para mayores de 18 años

Forma de cobro

Se cobra en forma de pensión mensual. No obstante, si el pensionista es menor de 60 años, es posible solicitar el abono de la prestación como una indemnización en un pago único, con el fin de iniciar una actividad laboral por cuenta propia que sea compatible con su estado.

Se puede sumar el complemento de gran invalidez cuando se cumplen las condiciones del supuesto de hecho.

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