Los planes de pensiones son el vehículo de ahorro más popular en España. Estas seis preguntas que mostramos a continuación son de recomendado conocimiento para todos los que quieran abrir un plan de pensiones:
El plan de pensiones que me conviene
Dependerá de la edad y cercanía o lejanía a la jubilación. La edad determinará el riesgo que podemos asumir y que está íntimamente ligado al plazo de ahorro. Un joven, por tanto, podrá permitirse mayor riesgo porque tiene margen de maniobra. Por el contrario, un ahorrador cercano a su jubilación debe proteger su ahorro. Para aquellos que tengan una edad intermedia se les recomienda un perfil mixto en un plan de pensiones.
Cuánto ahorrar
- Hasta 31 de diciembre de 2020 el máximo ahorro es de 8000 euros al año, el llamado límite financiero. A partir de enero de 2021, ese límite máximo de aportación a sistemas de previsión social individual, includos planes de pensiones individuales, estará fijado en 2.000 euros anuales.
- El límite fiscal hasta 31 de diciembre de 2020 asciende a 8.000 euros o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y/o actividades económicas. Se aplicará la menor de estas cantidades. A partir de enero de 2021 ese límite de deducción en el IRPF se reduce a 2.000 euros anuales.
- Las aportaciones al plan de pensiones podrán ser puntuales o periódicas.
Incentivos fiscales por aportar al plan de pensiones
- El límite es el descrito en el límite fiscal del punto anterior.
- También si el cónyuge tiene rentas inferiores a 8000 euros, hasta 31 de diciembre de 2021 se pueden realizar aportaciones a favor del cónyuge de hasta 2.500 euros anuales. A partir de 1 de enero de 2021 la aportación y deducción máxima por aportaciones a favor del cónyuge se reduce a 1.000 euros anuales.
Situaciones que permiten disponer del ahorro
- Incapacidad.
- Dependencia.
- Fallecimiento.
- Enfermedad grave.
- Desempleo.
- Desde el 1 de enero de 2025, retirar solo las participaciones con más de 10 años de antigüedad.
Formas de rescate del plan de pensiones
- En forma de capital que es un cobro único.
- En forma de renta que es temporal o vitalicia.
- Mixta como combinación de las anteriores.
- Flexible, es decir, sin una periodicidad determinada.
La fiscalidad del rescate de los planes de pensiones
- En general se consideran como rendimientos del trabajo.
- Excepcionalmente, las participaciones con antigüedad anterior a 31 de diciembre de 2006 y que rescaten en forma de capital gozarán de una deducción del 40% en el importe a consignar en la declaración de IRPF y sujeto al plazo transitorio que establece la ley.