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Si solo he cotizado 15 años, ¿a qué pensión de jubilación tengo derecho?

El periodo mínimo de cotización que se demanda para acceder a la pensión de jubilación es de 15 años. De esta forma, los pensionistas tendrán derecho solo a un 50% de su base reguladora.

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Si solo he cotizado 15 años, ¿a qué pensión de jubilación tengo derecho?

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La cuantía de mi pensión depende de los años cotizados

En primer lugar, hay que determinar la base reguladora, la cual se calcula desde las bases de cotización de los últimos años.

En 2022, se tendrán en cuenta las bases de cotización de los últimos 25 años, es decir, las 12 bases de cotización que el trabajador haya tenido a lo largo de cada uno de los años.  Se valorará la media de 300 bases de cotización, las cuales se dividirán por 350.

En estos momentos, se está aplicando una norma transitoria y para quienes se jubilen en 2020 se tendrán en cuenta los últimos 23 años (es decir, las últimas 273  bases de cotización divididas por 322).En 2021 se tendrán en cuenta los últimos 24 años (es decir, las últimas 288  bases de cotización divididas por 336).

Una vez que se establece esta media se le aplica un porcentaje que depende del tiempo que se ha cotizado. No obstante, como se exige, al menos, 15 años de cotización, se tendrá que partir de este tiempo de cotización para determinar el porcentaje aplicable

¿Qué cotizaciones se tienen en cuenta para determinar el porcentaje?

Se contabilizan todas las cotizaciones durante el tiempo que se realizado una actividad laboral, a la que se suman las realizadas en los períodos de incapacidad temporal, maternidad, paternidad y riesgo durante la lactancia/embarazo.

No se computan solo las cotizaciones realizadas a los actuales regímenes de la seguridad social, sino también a los extintos (seguros sociales antes de 1967, INP, régimen empleadas del hogar, régimen especial agrario, entre otros).

Pero también se reconocen otras cotizaciones realizadas durante el tiempo en que el beneficiario ha sido perceptor del subsidio por desempleo o al convenio especial.

Por último, se suman las denominadas cotizaciones ficticias (por empleo, períodos de suspensión del contrato en situaciones de violencia de género, reconocidas por cuidado de hijos o asimiladas al parto).

¿Qué porcentaje se aplica con 15 años de cotización?

Con 15 años de cotización, que es mínimo exigido para acceder a la pensión de jubilación, se aplica un 50% a la base reguladora. Esto es, se obtiene una cuantía igual a la mitad de la base reguladora.

¿No se garantiza una pensión mínima, aunque haya cotizado solo 15 años?

No obstante, si la cuantía determinada es inferior a la pensión mínima, tendrá que ser completada por el denominado complemento por mínimos hasta alcanzar el importe señalado cada ejercicio.

En cualquier caso, este derecho no se reconoce a todos los beneficiarios, sino solo a los que demuestren que carecen de rentas inferiores a un límite marcado cada año.

En concreto, para 2022 este límite es de 7.939 euros al año en caso de unidad unipersonal y existencia de cónyuge no a cargo, mientras que la cuantía se sitúa en 9.260 euros anuales en caso de existencia de cónyuge a cargo, sumando en este supuesto los ingresos del pensionista y su cónyuge.

¿Nunca puedo acceder a una pensión de jubilación contributiva si he cotizado menos de 15 años?

Solo había una posibilidad de acceder a la pensión de jubilación en estas circunstancias. Era posible para trabajadores a tiempo parcial, dado que se valoraban especialmente las cotizaciones realizadas a través de mecanismos correctores. Esta posibilidad ha sido corregida por la reciente Sentencia de Tribunal Supremo 91/2019.

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Comentarios

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J. I. 22 de diciembre de 2020 | 22:56
Hola, tengo cotizados 23 por cuenta ajena y 2 como autónomo (los 2 años de autónomo dentro de los últimos 15 años antes de la jubilación). Los 23 años por cuenta ajena fueron hace más de 25 años, por lo tanto casi todo el cálculo de la base reguladora sería con años de cotización cero. Mi pregunta es la siguiente: si el cálculo final de mi base reguladora me da una pensión que está por debajo de la pensión mínima, tendría derecho a esa pensión mínima? Tengo que añadir que tengo unos ingresos extras por unos alquileres de unas propiedades y no sé si este hecho me impediría cobrar la pensión contributiva. Gracias.
Instituto BBVA de PENSIONES 30 de enero de 2021 | 14:18

Estimado J.I,

El importe de su pensión, una vez revalorizada, se complementará, en su caso, en la cuantía necesaria para alcanzar las cuantías mínimas si cumple vd. con los requisitos legalmente establecidos. Puede consultar toda la información relativa a los complementos a mínimos en la página web www.seg-social.es.

Un cordial saludo. 

Miguel 07 de diciembre de 2020 | 13:39
Buenos días. Mis dudas al experto son las siguientes: 36 meses de cotización en una empresa (contrato indefinido) + 140 meses de autónomo (cotización mínima) + 9 meses de servicio militar en 1995 (he leído que puede cotizar). He alternado años de trabajo con dedicación a mis inversiones particulares en Bolsa (Trader), sin trabajar ni cotizar ni haberme apuntado al paro. Mi edad actual: 54 años. Con 176 meses me faltarían 4 meses para los 15 años. 1) ¿Puedo cotizar por mi cuenta 2 años más a la Seguridad Social, sin tener un trabajo, pagando ese importe directamente, para completar más de 15 años y cumplir los 2 años preceptivos en los últimos 15 años antes de la jubilación?. 2) ¿Da igual que dentro de esos 15 años mínimos, algunos hayan sido en una empresa con nómina, y otros como autónomo, se suman ambos sin distinción?. 3) ¿La suma de 15 años puede ser con períodos entre medias sin haber trabajado, o tienen que ser contínuos?. 4) Ya sé que sería poco, pero ¿Importe aproximado de pensión al cumplir 65_67 años dentro de 11_13 años?. Muchísimas Gracias, Un saludo muy cordial.
Instituto BBVA de PENSIONES 29 de enero de 2021 | 19:32

Estimado Miguel,

 Puede vd. suscribir un convenio especial con la Seguridad Social para completar las cotizaciones de Jubilación. Le recomendamos solicite vd. ante la Seguridad Social que le realicen de forma gratuita un estudio personalizado de su futura pensión, puede contactar por teléfono 901 16 65 65 o si lo prefiere en su página web www.seg-social.es.

Un cordial saludo. 

António Rodrigues 28 de noviembre de 2020 | 10:26
Soy Português y queria saber qual a penson a que poderia usufruir com 15 anos de cotizacion dejar de trabajar en Espanha y ir para Portugal definitivamente muchas gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 29 de enero de 2021 | 18:21

Estimado Antonio,

Le recomendamos solicite vd. ante la Seguridad Social que le realicen de forma gratuita un estudio personalizado de su futura pensión, puede contactar por teléfono 901 16 65 65 o si lo prefiere en su página web www.seg-social.esUn cordial saludo. 

Carmelo Sierra martin 02 de octubre de 2020 | 19:54
Hola e cotizado 19 años pero me faltan 180 días para agregarse los años dos últimos años, tengo derecho a pensión?
Instituto BBVA de PENSIONES 15 de noviembre de 2020 | 18:09

Estimado Carmelo,

 Le recomendamos solicite vd. ante la Seguridad Social  que le realicen de forma gratuita un estudio personalizado de su futura pensión, puede contactar por teléfono 901 16 65 65 o si lo prefiere en su página web www.seg-social.es

Un cordial saludo, 

Juan pedro 28 de septiembre de 2020 | 23:51
Buenas noches..tengo 64 años y soy autónomo y pago la cuota mínima y tengo una pensión de viudedad de 612 euros..tengo cotizados 32 años y queria saber de cuánto seria mi pensión de jubilación cuando me jubile..si me respetan la pensión de viudedad más mi pensión por los años trabajados..gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 15 de noviembre de 2020 | 18:26

Estimado Juan Pedro,

 Le recomendamos solicite vd. ante la Seguridad Social  que le realicen de forma gratuita un estudio personalizado de su futura pensión, puede contactar por teléfono 901 16 65 65 o si lo prefiere en su página web www.seg-social.es

Un cordial saludo, 

Sophia 14 de julio de 2020 | 11:26
Buenos días! Soy residente en España y tengo 63 años (voy a cumplir 64 en octubre); entendí que me podría jubilar a los 66. Voy a tener 13 años cotizados en España y unos 25 en otro país de Unión Europea. Tendría el derecho a cobrar una pensión mínima y si la respuesta es afirmativa, que importe tendría? Gracias anticipadamente.
Instituto BBVA de PENSIONES 12 de agosto de 2020 | 16:07

Estimada Sophia,

 Le recomendamos que solicite vd. ante la Seguridad Social  que le realicen de forma gratuita un estudio personalizado de su futura pensión, puede contactar por teléfono 901 16 65 65 o si lo prefiere en su página web www.seg-social.es

Un cordial saludo, 

Javi 29 de junio de 2020 | 08:05
Buenos días. Mi idea es estar trabajando hasta los 40 años con 15 años cotizados. Y marcharme de España. Sería posible volver con 60 años aprox. a España pagarme yo mismo dos años de cotizaciones gracias al convenio especial de la seguridad social. Y a los 67 jubilarme? Un saludo
Instituto BBVA de PENSIONES 21 de julio de 2020 | 10:20

Estimado Javi:

Entendemos que actualmente esa posibilidad existe, lo que no sabemos es cual será en futuro, la regulación de la jubilación.

Un cordial saludo. 

Francisco 25 de junio de 2020 | 17:39
Buenas tardes. Tengo 54 años y 25 años cotizados. Mi pregunta es , si cotiza la ayuda de mayor de 52 años y que porcentaje tendría. Y si se acumalas esos días para la pension . Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 20 de julio de 2020 | 10:14

Estimado Francisco:

El subsidio de mayores de 52 años es el único de los subsidios por desempleo que cotiza para la jubilación.Desde el 13 de marzo de 2019 el SEPE cotiza a la Seguridad Social por quienes reciben el subsidio de mayores de 52 años. La base de cotización es el 125 % de la base de cotización mínima vigente cada año

 Un cordial saludo

M. Mar 16 de junio de 2020 | 19:18
Hola ; trabajo en una residencia de ancianos Tengo 61 años y cotizados 19 años Podría prejubilarme y trabajar a tiempo parcial? Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 13 de julio de 2020 | 18:35

Estimada M.Mar:

Para jubilarse anticipadamente de una manera voluntaria hay que tener como mínimo 2 años menos de la edad de jubilación legal (la edad se eleva progresivamente y en 2027 será de 67 años) y se debe haber cotizado un mínimo de 35 años.

Un cordial saludo. 

 

Jose 12 de junio de 2020 | 09:12
Hola si tengo 20 años cotizados a clases pasivas y el último año de cotización fue en 1990 cumplo la edad de jubilación dentro de 3 años y voy a trabajar 2 años para cumplir los requisitos de cotizar en los últimos 15 años cotizar 2 ,mi pregunta es se me tendrían en cuenta esos 20 años cotizados a clases pasivas hace 30 años. Saludos
Instituto BBVA de PENSIONES 03 de julio de 2020 | 10:36

Estimado Jose:

 


Desgraciadamente, su concreto tema excede, por diversas razones, de nuestro ámbito de actuación. No obstante, para ayudar a solventar su duda le facilitamos el teléfono del INSS 901 16 65 65 y la página web www.seg-social.es

Un cordial saludo 

26 de mayo de 2022

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