Las aportaciones a planes de pensiones son grandes aliados para mejorar la fiscalidad a la hora de rendir cuentas con Hacienda. ¿Cómo pueden ayudar los planes de pensiones en la declaración de la renta? Pero, además de las ventajas generales -que consisten en deducciones fiscales de las aportaciones hasta 8.000 euros-, hay ventajas fiscales adicionales para los discapacitados a la hora de aportar a planes de pensiones u otros sistemas de previsión social (como planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y los seguros de dependencia).
Este régimen especial es válido para "personas con discapacidad" con un grado de minusvalía física o sensorial igual o superior al 65%, y psíquica igual o superior al 33%, así como de personas que tengan una incapacidad declarada judicialmente con independencia de su grado. Y es necesario que el partícipe discapacitado se adhiera expresamente a este régimen. Si tienes alguna discapacidad, ahorrar para la jubilación es más fácil
Tienen la consideración de personas con discapacidad las que acrediten, mediante certificado o resolución expedido por el IMSERSO o el órgano competente de las comunidades autónomas, un grado de minusvalía igual o superior al 33%.
¿Cómo mejorar tu declaración de la renta?
Si cumples esos requisitos, debes saber que puedes mejorar en gran medida tu fiscalidad el año próximo... si aumentas las aportaciones a planes de pensiones. ¿Por qué? Pues porque puedes realizar aportaciones que te permiten reducir la base imponible en la declaración de la renta, con lo que pagarás menos impuestos. El límite financiero para las aportaciones realizadas por el partícipe con discapacidad asciende hasta 24.250 euros anuales -frente a los 8.000 euros del régimen general-.
Adicionalmente, y además del partícipe, se prevé la posibilidad de que personas ligadas al mismo, por una relación de parentesco hasta el tercer grado, cónyuge o tutoría, realicen aportaciones al plan de pensiones, y siempre que el beneficiario del plan sea el discapacitado, para todas las contingencias excepto el fallecimiento. Estas aportaciones tienen como límite financiero individual 10.000 euros al año, que computará de forman independiente al establecido a las aportaciones a sus propios planes de pensiones y que reducen la base imponible en la declaración de la persona que las realiza.
El límite conjunto deducible anual a todas las aportaciones realizadas a este tipo de planes es de 24.250 euros. Al tratarse de un límite conjunto, si la suma de ambos tipos de aportaciones excediera de 24.250 euros, se aplicaría en primer lugar la reducción el propio partícipe discapacitado y, si hubiera margen, a continuación, las de aquellas personas que hubieran realizado aportaciones a su favor. Los excesos podrían aplicarse en las declaraciones de los cinco ejercicios siguientes respetando, el mismo límite.
¿Y si rescato mi plan de pensiones?
Además de estas ventajas en las aportaciones y fiscalidad de las mismas, este régimen especial prevé especialidades en relación con las contingencias cubiertas, supuestos excepcionales de liquidez y la forma de las prestaciones. A la hora del reembolso del plan, las prestaciones constituyen rendimientos del trabajo en el momento de la percepción de las mismas por las personas discapacitadas. La misma calificación procederá en caso de disposición anticipada de los derechos consolidados.
A la hora de las prestaciones, los discapacitados también tienen ventajas fiscales. En el caso de prestaciones en forma de renta derivadas de un plan de pensiones constituida a favor de una persona con discapacidad, la renta percibida en el ejercicio estará exenta hasta la cuantía equivalente a tres veces el IPREM.
