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¿Tienen todos los discapacitados derecho a una pensión no contributiva de invalidez?

La Pensión no Contributiva de Invalidez asegura a los ciudadanos en situación de discapacidad (más de un 65%) y en estado de necesidad una prestación económica, asistencia médico-farmacéutica gratuita y servicios sociales complementarios, aunque no se haya cotizado o se haya hecho de forma insuficiente para tener derecho a una Pensión Contributiva.

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¿Tienen todos los discapacitados derecho a una pensión no contributiva de invalidez?

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Requisitos para poder solicitar las pensiones no contributivas

  • Carecer de ingresos suficientes

Existe carencia cuando las rentas o ingresos de que se disponga, en cómputo anual para 2020, sean inferiores a 5.538,40 € anuales. No obstante, si son inferiores a 5.538 € anuales y se convive con familiares, únicamente se cumple el requisito cuando la suma de las rentas o ingresos anuales de todos los miembros de su Unidad Económica de Convivencia, sean inferiores a las cuantías que se recogen a continuación:

En caso de convivencia sólo con su cónyuge y/o parientes consanguíneos de segundo grado: 

Nº convivientes €/Año
2 9.415,28
3 13.292,16
4 17.169,0

 Si entre los parientes consanguíneos con los que convive se encuentra alguno de sus padres o hijos:

Nº convivientes €/Año
2 23.538,20
3 33.230,40
4 42.922,60

Existirá la denominada Unidad Económica de Convivencia en todos los casos de convivencia del beneficiario con otras personas unidas con aquel por matrimonio o por lazos de parentesco de consanguinidad o adopción hasta el segundo grado. El parentesco por consanguinidad hasta el 2º grado alcanza a: padres, abuelos, hijos, nietos y hermanos del solicitante.

  • Requisitos Específicos de la propia Pensión no Contributiva de Invalidez


  • Edad. Tener dieciocho o más años y menos de sesenta y cinco.

  • Residencia. Residir en territorio español y haberlo hecho durante un período de cinco años, de los cuales dos han de ser consecutivos e inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud.

  • Discapacidad. Grado de discapacidad igual o superior al 65%.

El derecho a Pensión no Contributiva de Invalidez no impide el ejercicio de aquellas actividades laborales, sean o no lucrativas, compatibles con la discapacidad del pensionista y que no representen un cambio en su capacidad real para el trabajo.

Cuantía

La cuantía individual de la pensión se establece en función del número de beneficiarios de pensión no contributiva integrados en la misma unidad económica de convivencia, de los ingresos personales y/o de las personas que integran la unidad económica, no pudiendo ser inferior dicha cuantía a 1.384,60 € anuales, que se corresponde con el 25 % del importe íntegro para el año 2020.

La cuantía individual establecida se incrementa con el complemento por necesidad de otra persona siempre que se acredite un grado de discapacidad igual o superior al 75 %, así como la necesidad del concurso de otra persona para realizar los actos esenciales de la vida.

El importe de este complemento para el año 2020 es de 2.769,20 € anuales.

Incompatibilidades

La Pensión No Contributiva de Invalidez es incompatible con la pensión no contributiva de Jubilación, con las Pensiones Asistenciales (PAS) y con los Subsidios de Garantía de Ingresos Mínimos, así como con la condición de causante de la Asignación Familiar por Hijo a Cargo con Discapacidad.

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Comentarios

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Pedro soto mateo 27 de octubre de 2018 | 14:59
Tengo 18 años nunca eh trabajado y tengo minusvalia de 66% estoy cobrando 360€ mensuales por la paga no contributiva de minusvalia, mi pregunta es ¿si empiezo a trabajar se me quitaría la paga?
Instituto BBVA de PENSIONES 27 de octubre de 2018 | 15:05

Estimado Pedro,

podría compatibilizar pensión y trabajo si no se exceden ciertos límites de ingresos.

Reciba un cordial saludo.

Cristy 24 de octubre de 2018 | 12:23
Muchas gracias..otra pregunta el 21 de agosto mande la solicitud de reconocimiento de dependencia y del derecho a las prestaciones del sistema..¿Cuando tardara en tener respuesta? Un cordial saludos y muchisimas gracias j
Instituto BBVA de PENSIONES 24 de octubre de 2018 | 14:13

Buenas tardes Cristy,

El plazo máximo entre la fecha de entrada de la solicitud y la de la resolución de reconocimiento de la prestación será de seis meses.

La resolución de reconocimiento de la situación de dependencia de los menores de tres años se dictará en el plazo máximo de treinta días naturales.  

Reciba un cordial saludo.

Cristy 21 de octubre de 2018 | 19:41
Hola bunas tardes,soy de las palmas de gran canarias..he solicitado el 21 de agosto la pension no contrivutiva de invalidez..me gustaria saber cuanto suele tarda en aprovarte la pension?¿En algunos sitios pone 3 meses o mas..cuanto tarda en resolverte la pension un saludo cordial j
Instituto BBVA de PENSIONES 21 de octubre de 2018 | 20:16

Buenas tardes Cristy,

el plazo maximo de resolución sería de 90 días.

Reciba un cordial saludo.

Ángeles 08 de octubre de 2018 | 17:52
Buenas tardes. Hoy mi madre ha pasado el tribunal médico y según me confirmaron le darán el grado 65% para arriba. Ella no cobra pensión ni recibe ningún tipo de ingreso y vive con mi padre que si es la cobra. En su caso, tendría derecho a solicitar pensión no contributiva o a percibir algún tipo de ayuda. Muchas gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 08 de octubre de 2018 | 18:29

Estimada Ángeles,

si le reconocen un grado de al menos el 65% y reside en España, podría optar a una pensión no contributiva de invalidez si tiene menos de 65 años. No obstante, deberá acreditar que las rentas de la unidad familiar no exceden un determinado límite. Más información:

PNC invalidez

Reciba un cordial saludo.

Beatriz S.B. 30 de septiembre de 2018 | 10:03
Buenos Dias,tengo una Pension Permanente Total cobro 350€ y una discapacidad del 65%. Mis preguntas son las siguientes: *Cuanto puedo cobrar por la discapacidad del 65% si vivo con mis padres(mi madre cobra una Pension No Contributiba y mi padre Pensionista Jubilado 900€)? *Son compatibles las dos pensiones(Pension Permanente Total y la Discapacidad del 65%?
Instituto BBVA de PENSIONES 30 de septiembre de 2018 | 17:15

Estimada Beatriz,

lo que deberá solicitar en el INSS, si no tiene otras rentas (no se tienen en cuenta las rentas de sus familiares), el complemento a mínimos de su pensión contributiva. Esta pensión, complementada, no sería compatible con una PNC de invalidez.

Reciba un cordial saludo.

manuel morales herrera 21 de septiembre de 2018 | 09:59
buenos dias son compatibles yo cobro un subsidio por desempleo durante 6 meses de 268,90 y mi madre es pensionista y cobra 636,40 vivimos los dos solos y he pedido una pension no contributiva por invalidez son compatibles y cuanto cobraria mas o menos de pension no contributiva gracias es que solo en medicamentos me gasto casi 100 er al mes
Instituto BBVA de PENSIONES 21 de septiembre de 2018 | 10:26

Estimado Manuel,

sentimos no poder concretar la cuantía. Deberá determinarlo el organismo gestor en base al resto de sus ingresos. Consulte en dicho organismo.

Reciba un cordial saludo.

manuel morales herrera 20 de septiembre de 2018 | 10:28
buenos dias yo cobro ahora mismo un subsidio de desempleo de 268,90 y vivo con mi madre los dos solos que es pensionista y cobra 636,40 yo he pedido una pension no contributiva por invalidez y he pasado el tribunal medico y tengo un 70% de discapacidad cobrare la pension no contributiva ya que aun no me ha llegado la carta como que me la pagan gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 20 de septiembre de 2018 | 11:03

Estimado Manuel,

para percibir la PNC de invalidez, es necesario residir en España y acreditar al menos un 65% de incapacidad. Respecto a las rentas, deberá declarar el subsidio que percibe. Las rentas familiares no se excederían.

Le recomendamos en cualquier caso que contacte con el organismo gestor de la pensión.

Reciba un cordial saludo.

Carlos 14 de septiembre de 2018 | 12:20
Buenos días, actualmente estoy cobrando una prestación no contributiva y es posible que la semana que viene me salga un trabajo de pocas horas por el cual cobraría 300 euros al mes, se que hasta la cantidad de 11 mil y pico euros anuales no quitan la pensión pero si he oído que a partir de una cantidad de dinero al mes por jornada parcial lo que hacen es reducir esa pensión no contributiva. Supongo que podrán empezar a reducirla a partir de cobrar 250 o 300 euros al mes? Quería saber cual es la cantidad mensual que se puede percibir por un trabajo a jornada parcial y que de esa cantidad para abajo no quiten ni siquiera una parte de la pensión no contributiva.
Instituto BBVA de PENSIONES 14 de septiembre de 2018 | 14:17

Estimado Carlos,

Las personas que con anterioridad al inicio de una actividad laboral vinieran percibiendo pensión no contributiva de invalidez podrán compatibilizar el percibo de la pensión con los ingresos derivados de la actividad, durante los cuatro años siguientes al inicio de la actividad, si la suma de la cuantía anual de la pensión que tuviera reconocida el pensionista y de los ingresos anuales que perciba o prevea vaya a percibir de la actividad laboral no superan 11.775,43 €. En caso de exceder de dicho límite, la cuantía anual de la pensión se reducirá en la cuantía necesaria para no sobrepasarlo. El límite indicado de 11.775,43 € es el resultado de sumar los importes anuales fijados en 2018 para el indicador público de renta de efectos múltiples (Iprem), que se cifra en 6.454,03 € y para la pensión de invalidez no contributiva, que es de 5.321,40 €. 

Reciba un cordial saludo.

manuel morales herrera 09 de septiembre de 2018 | 11:27
buenos dias yo ahora mismo estoy cobrando un subsidio por desempleo de 268,90 y vivo con mi madre los dos solos ella es pensionista y cobra 636,40 yo podria cobrar una pension no contribitiva por invalidez
Instituto BBVA de PENSIONES 10 de septiembre de 2018 | 14:53

Estimado Manuel,

tanto el subsidio por desempleo como la PNC de invalidez están sujetas a carencia de rentas. De hecho, la cuantía de la PNC depende de los ingresos que perciba. En principio, podría percibir la PNC minorada junto con el subsidio. Consulte no obstante en SEPE y en el organismo gestor de la pensión.

Reciba un cordial saludo.

Esteban 31 de agosto de 2018 | 23:18
Hola q tal mi consulta es la siguiente:tengo 30 años 2 hijos menores de 2 años y un hermano a cargo,no legalmente,de 10 años y no tengo trabajo seguro,soy chofer de remis. Mi madre fallecio hace casi dos años de cancer,y ella tenia una pension no contributiva por invalidez,lo q quiero saber es si esa pension q mi madr tenia le corresponde a mi unico hermano de 2 años. Si me pueden responder desde ya muchas gracias.
Instituto BBVA de PENSIONES 01 de septiembre de 2018 | 18:05

Estimado Esteban,

desde Mi Jubilación solo abarcamos la legislación española. Sentimos por tanto no poder ayudarle.

Reciba un cordial saludo.