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Tu Seguridad Social ya permite solicitar la jubilación a través de internet

Otras nuevas funcionalidades son: solicitar prestaciones de viudedad y orfandad y, en breve, de maternidad y paternidad

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Tu Seguridad Social ya permite solicitar la jubilación a través de internet

© Alexander Kirch - www.shutterstock.com/es

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 Jubilación

Se podrá solicitar la jubilación online y adjuntar información requerida.  Se deberá proceder a completar la información requerida y adjuntar la información que en cada caso proceda, tras lo cual habrá que firmar la solicitud mediante el procedimiento que el usuario tenga autorizado (certificado digital o firma centralizada).

 Familia

 En este apartado se integram las prestaciones de viudedad y orfandad, auxilio por defunción, y nacimiento y cuidado del menor

Prestaciones de viudedad y orfandad

En la página principal de "Tu Seguridad Social" existe un acceso directo a la solicitud, denominado "Fallecimiento de tu pareja, progenitor o familiar" donde se deberán cumplimentar los datos de la persona fallecida. En este caso junto con esta información habrá que adjuntar la información que en cada caso requiera el sistema, lo que también podrá hacerse telemáticamente.

 

Prestaciones de maternidad y paternidad

Para solicitar estas prestaciones, debe tratarse del caso del nacimiento de un hijo (maternidad biológica) y los solicitantes deberán acreditar los periodos mínimos de cotización exigidos estando en alta en alguno de los siguientes regímenes de la Seguridad Social:

  • Régimen General.
  • Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
  • Régimen Especial para la Minería del Carbón.

 

 Asistencia Sanitaria

 Al clickar sobre cada opción...

 Te aparece un menú para acreditarte y acceder  o bien con clav@ o bien con certificado electronico

Una vez enviada la solicitud...

Los interesados podrán obtener, mediante impresión, un resguardo de la tramitación de la solicitud efectuada, en la que constarán todos los datos mostrados por el sistema y aquellos otros cumplimentados por los propios ciudadanos, así como el número de registro, fecha y hora, y dirección provincial que se entiende competente para la resolución de la solicitud mediante procedimiento administrativo automatizado.  

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Comentarios

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Eduardo Melo Aguilera 19 de septiembre de 2020 | 20:25
Tengo intención de solicitar la jubilación anticipada por internet (despido por artículo 52-c). He entrado en la pagina de la Tesorería y he accedido a ´´Pedir la Jubilación`` He ido introduciendo los datos que que me ha solicitado y he adjuntado la carta de despido. No debería solicitarme igualmente el DNI de mi señora y el libro de familia (mi señora no tiene ingresos)? Con Cuanto tiempo de antelación puedo solicitar la jubilación anticipada? Gracias
Instituto BBVA de PENSIONES 15 de noviembre de 2020 | 19:02

Estimado Eduardo,

 Debe vd. hacer constar a efectos fiscales que tiene a su cargo a su cónyuge y únicamente es necesario hacer consta sel DNI de su cónyuge

Un cordial saludo, 

Jose 15 de mayo de 2018 | 16:00
Acabo de solicitar la jubilación anticipada por internet tres meses antes del hecho causante, entiendo que es posible al habérmelo permitido el sistema. Dentro de lo que conozco , no se me ha solicitado el certificado de finiquito bancario del banco correspondiente al despido , el cual fue por causas organizativas y que tengo preparado para hacérselo llegar. Mi pregunta es si seria conveniente pedir una cita previa el día del hecho causante para comentarles la situación. Por otro lado saben cuando comienzan a formalizar mi expediente. Gracias y un saludo
Instituto BBVA de PENSIONES 15 de mayo de 2018 | 18:35

Estimado Jose,

le recomendamos que solicite cita en el INSS en cualquier caso. La documentación que requieran, se la van a solicitar.

La tramitación de la pensión de jubilación deberá resolverse y notificarse al interesado en un plazo máximo de 90 días (actualmente el plazo medio es de 21 días). 

Reciba un cordial saludo.