Prestaciones de viudedad y orfandad
En la página principal de "Tu Seguridad Social" existe un acceso directo a la solicitud, denominado "Fallecimiento de tu pareja, progenitor o familiar" donde se deberán cumplimentar los datos de la persona fallecida. En este caso junto con esta información habrá que adjuntar la información que en cada caso requiera el sistema, lo que también podrá hacerse telemáticamente.
Prestaciones de maternidad y paternidad
Según la información publicada en el BOE en fecha 1 de marzo, esta nueva funcionalidad estará disponible desde el próximo 7 de marzo.
Para solicitar estas prestaciones, debe tratarse del caso del nacimiento de un hijo (maternidad biológica) y los solicitantes deberán acreditar los periodos mínimos de cotización exigidos estando en alta en alguno de los siguientes regímenes de la Seguridad Social:
- Régimen General.
- Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.
- Régimen Especial para la Minería del Carbón.
Una vez enviada la solicitud...
Los interesados podrán obtener, mediante impresión, un resguardo de la tramitación de la solicitud efectuada, en la que constarán todos los datos mostrados por el sistema y aquellos otros cumplimentados por los propios ciudadanos, así como el número de registro, fecha y hora, y dirección provincial que se entiende competente para la resolución de la solicitud mediante procedimiento administrativo automatizado.
