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Los autores jubilados se quedan con sus derechos y pensiones

El País.

Se ha aprobado la compatibilidad de la pensión de jubilación con el cobro de los derechos de autor. Se podrá mantener el 100% de la prestación y compatibilizarla con dichos derechos. Se ha reconocido como una renta de una actividad y no como actividad. De esta froma, no solo se podrán cobrar los derechos de autor de obras realizadas antes de la jubilación, sino también de las que se hagan con posterioridad.

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Categoría Noticia

Autor:RIAÑO, P./MOLINA, M.

28 de abril de 2019

JUBILACIÓN ACTIVAJUBILACIÓNCOMPATIBILIDAD

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