26 de mayo de 2020
Autor:
CONFILEGAL
Cuando el trabajador solicitó la jubilación activa disponía de unas cotizaciones acreditadas de 40 años y derecho a un 100% de la pensión de jubilación, con lo que, según la sentencia, "reunía los dos requisitos determinantes para que se le reconociese esta situación sin la menor objeción".