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Fecha de publicación

  • A propósito de la Guía "Impacto del COVID-19 en materia laboral y de Seguridad Social"

    19 de mayo de 2020

    Autor:  FORO DE LABOS

    Desde la declaración del Estado de Alarma, la actividad de los profesionales dedicados al Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social ha sido frenética, tratando de clarificar las múltiples novedades legislativas contenidas en, al menos, cinco Reales Decretos Leyes dictados por el Ejecutivo para amortiguar el impacto social y económico de la pandemia. Ahora, el "Foro de Labos" presenta la obra editada por Lefebvre: Guía Rápida “Impacto del COVID-19 en materia laboral y de Seguridad Social”.

    CORONAVIRUSERTE

  • Guía Impacto del COVID-19 en materia laboral y de Seguridad Social

    19 de mayo de 2020

    Autor:  LEFEBVRE

    En la presenta guía rápida se realiza un análisis de la reciente normativa legal y la documentación más relevante publicada por organismos oficiales debido a la crisis del COVID-19 (incluyendo el RDL 15/2020). Se ofrece una visión clara a las empresas y a sus asesores de los servicios de prevención de riesgos laborales y de cómo gestionar la actual situación respecto a sus trabajadores. Se analiza y evalúan las medidas de prevención y protección a adoptar, se tienen en cuenta tanto el riesgo de exposición profesional al virus de determinados puestos de trabajo como el ámbito en el que la empresa desarrolla su actividad. Incluye un especial análisis clarificador de los ERTE, tanto por fuerza mayor como por causas objetivas ETOP asociadas al COVID 19 y sus especialidades. Se aborda también la protección por desempleo o cese de actividad de los trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia. Se estudian otras medidas no extintivas adoptadas para paliar los daños del estado de alarma, como el “Plan MECUIDA”. Asimismo se abordan las consecuencias de la suspensión de plazos y términos en materia procesal y administrativa durante el estado de alarma. Todo ello con el rigor, claridad de la información y sentido práctico de la sistemática Memento.

    CORONAVIRUSERTEPRESTACIÓN POR DESEMPLEORÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES AUTÓNOMOSEMPLEADAS DEL HOGAR

  • Real Decreto-ley 9/2020, de 27 de marzo, por el que se adoptan medidas complementarias, en el ámbito laboral, para paliar los efectos derivados del COVID-19.

    27 de marzo de 2020

    FECHA DE EFECTOS DE LAS PRESTACIONES POR DESEMPLEO DERIVADAS DE LOS ERTE POR FUERZA MAYOR Y POR CAUSAS ECONÓMICAS, TÉCNICAS, ORGANIZATIVAS O DE PRODUCCIÓN (ETOP): 1) la fecha de efectos de la situación legal de desempleo en los supuestos de fuerza mayor será la fecha del hecho causante de la misma; 2) cuando la suspensión del contrato o reducción de jornada sea debida a la causa prevista en el artículo 23 del Real Decreto-ley 8/2020, es decir, causas ETOP, la fecha de efectos de la situación legal de desempleo habrá de ser, en todo caso, coincidente o posterior a la fecha en que la empresa comunique a la autoridad laboral la decisión adoptada; y, además, 3) La causa y fecha de efectos de la situación legal de desempleo deberán figurar, en todo caso, en el certificado de empresa, que se considerará documento válido para su acreditación. COLABORACIÓN DE LA ENTIDAD GESTORA DE LAS PRESTACIONES POR DESEMPLEO Y LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL: 1) en los supuestos en los que la entidad gestora apreciase indicios de fraude para la obtención de las prestaciones por desempleo, lo comunicará a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a los efectos oportunos; 2) La Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en colaboración con la Agencia Estatal de Administración Tributaria y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, incluirá, entre sus planes de actuación, la comprobación de la existencia de las causas alegadas en las solicitudes y comunicaciones de expedientes temporales de regulación de empleo basados en las causas de fuerza mayor o ETOP al amparo del Real Decreto-ley 8/2020.

    CORONAVIRUSEXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEOERTE

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