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¿Cómo interpretar la ficha de un plan de pensiones?

Te ayudamos a entender la información esencial de un plan de pensiones reflejada en la ficha

 

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La ficha de un plan de pensiones es el documento que recoge toda la información que necesita un potencial partícipe para analizar su conveniencia, y un partícipe para hacer un seguimiento de la evolución de su ahorro depositado en el mismo, con datos como la rentabilidad reciente, la composición actual de la cartera, las principales inversiones, o el informe de gestión explicando la coyuntura y las decisiones tomadas.

Esta información se actualiza periódicamente y se encuentra disponible en la página web de la gestora correspondiente.

En caso de duda, acude siempre a tu entidad o asesor financiero.

Comentarios

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jose antonio 02 de diciembre de 2015 | 10:24
tengo dudas con respecto a si puedo acogerme a la jubilación anticipada, mis datos son los siguientes: Mi fecha de nacimiento es el 4-12-54 Actualmente estoy suscrito a un convenio especial (situación asimilada al alta) cumplo los 61 años el 4-12-15 tengo 44 años cotizados estoy inscrito como demandante de empleo (con las demandas renovadas) con respecto a mi relacion laboral mi empresa cerro en 2007 y entre en un ERE en 2007, (hasta aquí todo parece normal para poder jubilarme) pero tuve un contrato a tiempo parcial del 12,5 % de la jornada laboral desde el 1-1-09 al 01-02-12 (fecha en que fuí despedido por la empresa) tengo dudas con respecto a que me pueda perjudicar este ultimo contrato por el hecho de haber cambiado la ley en 2013 (quizas me pueda acoger a la antigua ley) ? LES AGREDECERIA SU OPINION AL RESPECTO (MUCHAS GRACIAS)
Instituto BBVA de PENSIONES 02 de diciembre de 2015 | 11:54

Estimado José Antonio,

bienvenido al foro.

La anterior ley aplica a aquellos que cesaron involuntariamente antes de abril de 2013 y se jubilan antes de 1 de enero de 2019.

Si cesó involuntariamente antes de abril de 2013, como parece indicar, podría acceder a la jubilación desde los 61 años por la ley previa, ya que cumple los 61 años antes de 1 de enero de 2019.

Le recomendamos no obstante que consulte con el INSS.

Un cordial saludo.

agustin 05 de septiembre de 2015 | 17:40
si fui despedido en junio 2011, según el articulo 52-b y llego a los 61 años en Marzo del 2016 von 43 años de cotización, podría jubilarme con 61 años? La otra es cual es la penalización de un plan de pensiones si lo rescato en forma de renta diferida?
Instituto BBVA de PENSIONES 06 de septiembre de 2015 | 12:25

Estimado Agustín,

bienvenido al foro.

En esas circunstancias podrá acceder a la jubilación desde los 61 años.

Por otro lado, no hay penalización por rescatar el plan de pensiones en forma de renta diferida. Tampoco existe penalización en ninguna otra forma de rescate. 

Un cordial saludo.