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BBVA Mi jubilación - En los medios

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Fecha de publicación

  • La factura mensual en desempleo y pensiones roza los 15.000 millones

    22 de agosto de 2020

    Autor:  ABC

    El abono de los ERTE dispara hasta 20.121 millones el gasto en paro en el primer semestre, un 120% más y los perceptores están en cuatro millones. Los pagos de la Seguridad Social crecen cerca del 9%, mientras los ingresos por cuotas caen casi un 5%, lo que anticipa un déficit histórico.

    DÉFICITINGRESOS POR COTIZACIONESPAGO DE COTIZACIONES

  • UNA ESTIMACIÓN DEL RENDIMIENTO FINANCIERO DEL SISTEMA DE PENSIONES

    11 de agosto de 2020

    Autor:  MARÍA MORAGA, ROBERTO RAMOS

    Este artículo estima el rendimiento financiero que proveería el sistema de pensiones español para una muestra de altas de jubilación del año 2017, calculado a partir de la Muestra Continua de Vidas Laborales. Los resultados señalan que el rendimiento real medio anual —entendido como el factor de descuento que iguala el valor presente de las cotizaciones durante la vida laboral y el de la pensión esperada— alcanzaría el 3,5 %, siendo los percentiles 25 y 75 de la distribución de los rendimientos estimados el 2,5 % y el 4,2 %, respectivamente. Por clase de pensión, las rentabilidades más bajas estarían asociadas a las jubilaciones anticipadas. Por otro lado, las jubilaciones demoradas, si bien producirían rendimientos superiores, ofrecerían rendimientos aun inferiores a las jubilaciones ordinarias. En términos de coste por pensión unitaria, el sistema proveería más de un euro de prestación por cada euro de cotización aportado para la mayor parte de los individuos de la muestra. En media, las altas de 2017 recibirían 1,74 euros de prestación por cada euro de cotización, siendo los percentiles 25 y 75 de la distribución 1,25 y 2,03 euros, respectivamente.

    CUANTÍAPAGO DE COTIZACIONES

  • Es menos rentable retrasar la jubilación que hacerlo a los 65 años

    11 de agosto de 2020

    Autor:  LA VANGUARDIA

    El análisis, basado en una muestra con datos reales de afiliados a la Seguidad Social que se jubilaron en el 2017, señala que, con el sistema actual, “el incentivo a posponer la edad de jubilación sería muy limitado” para un trabajador con una carrera de cotización larga y reconoce que “la rentabilidad máxima se obtendría al jubilarse a la edad legal de 65 años”.

    RENTABILIDADCUANTÍAPAGO DE COTIZACIONES

  • La rentabilidad media de las pensiones en España es del 3,5%

    11 de agosto de 2020

    Autor:  CINCO DÍAS

    Una de las cuestiones que los organismos internacionales destacan del sistema de pensiones español es su mayor generosidad respecto a los sistemas de otros países. El Banco de España ha publicado hoy un informe que pone cifras a esa generosidad: los pensionistas cobran 1,74 euros por cada euro que han aportado en cotizaciones a lo largo de su vida laboral.

    RENTABILIDADCUANTÍAPAGO DE COTIZACIONES

  • STS 750/2019, de 05.11.2019 (Rec. Nº 1610/2017)

    09 de junio de 2020

    Aplicación de la doctrina de la responsabilidad proporcional en materia de incumplimientos de cotización a un supuesto de reconocimiento como antigüedad laboral del periodo de contratación a título mercantil.

    En este pronunciamiento se cuestiona cómo se deben repartir las responsabilidades entre empresa e INSS derivadas de la falta de alta y cotización de una trabajadora cuando por causa de ese hecho la misma no acredita suficientes cotizaciones para jubilarse anticipadamente con 62 años, al faltarle 728 días de cotización.

    El supuesto de hecho es relativo a una trabajadora que empezó a prestar sus servicios en la empresa demandada el 15 de junio de 1979 con un contrato de arrendamiento de servicios que se novó el 15 de mayo de 1987 en otro laboral, fecha a partir de la que fue dada de alta en la Seguridad Social. Sin embargo, dos procesos judiciales en materia de despido entre ambas partes, seguidos en 2012 y 2013, reconocieron a la trabajadora una antigüedad en la prestación de servicios laborales del 15 de junio de 1979.

    El 12 de enero de 2015 con 62 años solicitó su jubilación anticipada, prestación que le fue denegada por resolución del INSS al no tener la suficiente carencia para causarla ya antes mencionada. Contra ello se presentó demanda que fue estimada reconociéndose a la trabajadora la pensión por la cuantía reglamentaria y condenó a la empleadora a pagársela hasta que cumpliera los sesenta y cinco años, fecha a partir de la que la obligación de pago recaería sobre la entidad gestora exclusivamente. Recurrida en suplicación, fue revocada parcialmente, declarándose la responsabilidad compartida de la empresa y del INSS en proporción a los descubiertos existentes y cotizaciones realizadas, tanto durante el periodo de tiempo que a la trabajadora le faltaba para cumplir sesenta y cinco años, como a partir del mismo. Finalmente, frente a ello el INSS sostiene que debe responder sólo la empresa hasta el momento en que la beneficiaria cumplió los sesenta y cinco años, siendo a partir de entonces la responsabilidad compartida.

    Finalmente, el Tribunal Supremo opta por aplicar su doctrina de la “modulación de responsabilidad” en esta materia. Según éste, la misma ha de aplicarse tanto a los supuestos de descubiertos de cotización temporales como en los que traen causa en cotización inferior a la debida, de forma que la responsabilidad empresarial por defectos de cotización ha de ser proporcional a su incidencia sobre las prestaciones, atendiendo a la parte proporcional correspondiente al periodo no cotizado sobre el total de la prestación. De esta manera, se entiende que los descubiertos reiterados -sean temporales o por cotización inferior a la debida-, se debe hacer responsable a la empresa y al INSS. No obstante, ello en proporción a la influencia que el defecto de cotización haya tenido en la cuantía de la prestación y, por tanto, que para que la falta de ingreso de las cotizaciones del empresario en plazo legalmente establecido pueda determinar la declaración de responsabilidad empresarial, ello tiene que vincularse a un incumplimiento con trascendencia suficiente en la relación jurídica de protección.

    En conclusión, fruto de las características del caso, la necesaria aplicación de esta doctrina, dado que la empresa cotizó 10.222 días de los 10.950 exigibles, hace que sea razonable el reparto de responsabilidad en el pago de la pensión durante todo el tiempo en el que se lucre la misma, máxime cuando la demora en cursar el alta en la Seguridad Social obedeció a las dudas sobre la naturaleza de la relación laboral a pesar del reconocimiento de la antigüedad a la etapa de contratación mercantil.


    RESPONSABILIDAD EMPRESARIALPAGO DE COTIZACIONES

  • Boletín 14/2020. Inicio de la comunicación de las declaraciones responsables para la exoneración de cuotas

    07 de junio de 2020

    Los Boletines de Noticias RED 11, 12 y 13/2020, publicados los pasados 14, 19 y 29 de mayo, incluían instrucciones para la presentación de las declaraciones responsables, e identificación de los trabajadores, en relación a la aplicación de las exenciones en la cotización establecidas en el artículo 4 del Real Decreto-ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo. Como complemento al contenido de los citados Boletines, se incluye a continuación la interpretación a determinados aspectos del Real Decreto-ley 18/2020 que determinan el contenido de las declaraciones responsables que deben ser comunicadas a la Tesorería General de la Seguridad Social respecto del inicio de la situación de fuerza mayor parcial, conforme a lo establecido en el apartado 3 del artículo 4 de dicho Real Decreto-ley.

    PAGO DE COTIZACIONESCORONAVIRUS