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BBVA Mi jubilación - En los medios

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Fecha de publicación

  • Orden ISM/371/2020, de 24 de abril, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

    24 de abril de 2020

    Esta orden desarrolla la moratoria en el pago de cotizaciones sociales prevista en el artículo 34 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19, determinando que resultará de aplicación a las empresas y a los trabajadores por cuenta propia cuya actividad económica, entre aquellas que no se encuentren suspendidas con ocasión del estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, esté incluida en los siguientes códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-2009): 119 (Otros cultivos no perennes), 129 (Otros cultivos perennes), 1812 (Otras actividades de impresión y artes gráficas), 2512 (Fabricación de carpintería metálica), 4322 (Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado), 4332 (Instalación de carpintería), 4711 (Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco), 4719 (Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados), 4724 (Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados), 7311 (Agencias de publicidad), 8623 (Actividades odontológicas), 9602 (Peluquería y otros tratamientos de belleza).

    MORATORIAPAGO DE COTIZACIONESCORONAVIRUS

  • Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19

    01 de abril de 2020

    Este Real Decreto - Ley constituye una auténtica batería de medidas frente a la actual crisis sanitaria en materia de vivienda, trabajo y suministros básicos. En lo relacionado a la Seguridad Social, destacan las siguientes materias: 1) subsidio extraordinario por falta de actividad para las personas integradas en el Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social; 2) subsidio de desempleo excepcional por fin de contrato temporal; 3) moratoria de las cotizaciones sociales a la Seguridad Social; 4) aplazamiento en el pago de deudas con la Seguridad Social; 5) disponibilidad de los planes de pensiones en caso de desempleo o cese de actividad derivados de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19; 6) incapacidad temporal en situación excepcional de confinamiento total; y 7) compatibilidad del subsidio por cuidado de menor y prestación por desempleo o cese de actividad durante la permanencia del estado de alarma.

    SUBSIDIO POR DESEMPLEOPRESTACIÓN POR DESEMPLEOPAGO DE COTIZACIONESAPLAZAMIENTO DE DEUDASINCAPACIDAD TEMPORALPLANES DE PENSIONESCORONAVIRUS